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SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO




SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
Decreto 1456/2004
Desígnase Director Nacional de Planificación y Control del Tráfico Ilícito de Drogas y Precursores Químicos, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827.
Bs. As., 20/10/2004
VISTO el Expediente Nº 199/03 del registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, los Decretos Nros. 993/91 (T.O. 1995), 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 602 del 14 de marzo de 2003, la Resolución Conjunta S.S.G.P Nº 31 y SE.DRO.NAR. Nº 223 del 3 de abril de 2003 y la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 122 del 1 de septiembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por el primero de los decretos mencionados, se aprobó el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.
Que por Resolución ex-S.F.P. Nº 481/94 se sancionó el Manual de Normas que regula el Sistema de Selección de Personal para cargos simples del SI.NA.PA.
Que por Resolución Conjunta S.S.G.P. Nº 31 y SE.DRO.NAR. Nº 223 del 3 de abril de 2003 se designaron los integrantes del Comité de Selección para la cobertura del cargo de Director Nacional de Planificación y Control del Tráfico Ilícito de Drogas y Precursores Químicos con Función Ejecutiva, Nivel I- de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que dicho Organo de Selección, mediante Acta Nº 7 de fecha 7 de octubre de 2003, eleva al titular del citado Organismo el Orden de Mérito Provisorio de los candidatos preseleccionados.
Que a su vez el titular del Organismo en cuestión ha elegido, mediante Resolución Nº 122 del 1 de septiembre de 2004, a quien reúne acabadamente, los requisitos de idoneidad necesarios para cubrir el cargo concursado, recayendo la elección en la persona de Gabriel Yusef ABBOUD.
Que, en consecuencia, corresponde acoger favorablemente la propuesta elevada y proceder a su designación a partir de la fecha del presente.
Que el agente mencionado desempeña dicho cargo en forma transitoria e ininterrumpida, desde su designación dispuesta por el Decreto Nº 602/03.
Que, en la presente instancia, dado que el plazo de la designación transitoria se encuentra vencido, resulta necesario, a fin de sanear la situación planteada, dar por prorrogada dicha designación desde su vencimiento hasta la fecha del presente decreto, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley 25.827 y a lo dispuesto en el Título III, Capítulo III y Título VI, artículo 71º primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).
Que el Decreto Nº 491/02 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el Ambito de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99º inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7º y 14º de la Ley 25.827 y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por prorrogado, desde su vencimiento y hasta la fecha del presente decreto, el término de la designación transitoria dispuesta por el Decreto Nº 602/03 del Doctor Gabriel Yusef ABBOUD (D.N.I. Nº 16.829.959), en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE PLANIFICACION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE DROGAS Y PRECURSORES QUIMICOS, FE I, Nivel A, Grado 0, —Agrupamiento General Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995)—, de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley 25.827 y a lo dispuesto en el Título III, Capítulo III y Título VI, artículo 71º, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).
Art. 2º — Desígnase, a partir de la fecha de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE PLANIFICACION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE DROGAS Y PRECURSORES QUIMICOS, FE I, Nivel A, Grado 0, —Agrupamiento General Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995)—, de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, al Doctor Gabriel Yusef ABBOUD (D.N.I. Nº 16.829.959), con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley 25.827.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto para el presente ejercicio.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

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