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SECRETARIA DE DEPORTE Resolución 439/2004 Modifícanse los aranceles por el uso de bienes y servicios del Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (Ce




SECRETARIA DE DEPORTE
Resolución 439/2004
Modifícanse los aranceles por el uso de bienes y servicios del Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (Ce.N.A.R.D.) y del Centro Recreativo Nacional Ezeiza.
Bs. As., 6/7/2004
VISTO la Resolución Nº 282 del 1 de junio de 1998 confirmada por la Resolución Nº 467 del 24 de agosto de 1998 y modificada por la Resolución Nº 377 del 7 de junio de 1999, de la ex SECRETARIA DE DEPORTES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1º de la Resolución S.D. Nº 282/98 y su modificatoria, se aprobaron los aranceles para la utilización de instalaciones, bienes y prestaciones médico asistenciales del CENTRO NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (Ce.N.A.R.D.) y del CENTRO RECREATIVO NACIONAL EZEIZA, dependientes de esta Secretaría.
Que, la principal motivación que llevó a instituir la medida pre invocada, fue la de habilitar las instalaciones y bienes de los mencionados establecimientos, para su utilización por parte de usuarios particulares no necesariamente vinculados al deporte federado o de representación nacional, mediante el pago de aranceles, con el objeto de aplicar el producido de tales ingresos, a la ampliación y el adecuado mantenimiento de la infraestructura deportiva de aquellos centros.
Que, durante el tiempo transcurrido desde la aprobación de la medida precedentemente enunciada, no se produjo el ingreso de montos significativos, derivados de la aplicación de los aranceles estipulados, que permitieran cumplir con la finalidad para la que fueron previstos.
Que, se aprecia conveniente destinar las instalaciones del CENTRO NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (Ce.N.A.R.D.), al uso prioritario de deportistas federados y de representación nacional, máxíme cuando la oferta de otras instalaciones deportivas dentro de la órbita pública, que les pudieren servir de alternativa, es muy limitada.
Que, en virtud de las razones expuestas en el presente acto, se estima conveniente dejar sin efecto el régimen de utilización de instalaciones y bienes del CENTRO NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (Ce.N.A.R.D.) y el CENTRO RECREATIVO NACIONAL EZEIZA, por parte de usuarios particulares no comprendidos en los casos consignados en el considerando que antecede, conservando la aplicación de aranceles y precios de referencia, solamente para la prestación de servicios técnicos especiales por parte de la SECRETARIA DE DEPORTE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, al respecto el artículo 12, inciso h), de la Ley Nº 20.655 establece que el "Fondo nacional del deporte" se integra, entre otros recursos, con cualquier contribución que surja de disposiciones creadas o a crearse, por lo que los aranceles que se perciban por la prestación de los servicios enunciados en el considerando que antecede, se encuentran comprendidos dentro de la pre invocada disposición legal.
Que, el área de asesoramiento de asuntos jurídicos del deporte de esta Secretaría, ha tomado la intervención de su competencia.
Que, el presente acto se dicta en virtud del artículo 51 del Decreto Ley Nº 23.354 del 31 de diciembre de 1956, ratificado por la Ley Nº 14.467, vigente en función de lo establecido por el artículo 137, inciso a) de la Ley Nº 24.156; de los objetivos contenidos en el Apartado XII correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del Anexo II, al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por el Decreto Nº 686 del 1 de septiembre de 2003 y del artículo 12, inciso h) de la Ley Nº 20.655,
Por ello,
EL SECRETARIO DE DEPORTE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese los aranceles por el uso de bienes y servicios del CENTRO NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (Ce.N.A.R.D.) y del CENTRO RECREATIVO NACIONAL EZEIZA, contemplados en el Anexo I al artículo 1º de la Resolución Nº 282/98 de la ex SECRETARIA DE DEPORTES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, confirmada por la Resolución Nº 467/98 y modificada por la Resolución Nº 377/99, ambas de esa misma Secretaría, por los que se consignan en el Anexo I que forma parte integrante del presente acto.
Art. 2º — Sustitúyese el artículo 3º de la Resolución S.D. Nº 282/98, confirmada por la Resolución Nº 467/98 y modificada por la Resolución Nº 377/99, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTICULO 3º — Las disposiciones contenidas en el presente acto, serán de aplicación a las personas físicas y jurídicas que requieran la prestación de los servicios contemplados en el artículo 1º, con excepción de los deportistas federados y de representación nacional debidamente acreditados por la Entidad Representativa Nacional (E.N.) competente en sus deportes".
Art. 3º — Déjase sin efecto la Resolución Nº 239 del 30 de diciembre de 2003.
Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto A. Perfumo.
Anexo I
Aranceles y precios de referencia por la prestación de servicios técnicos especiales de la SECRETARIA DE DEPORTE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
a) Análisis de control de doping
Precios de referencia del análisis, por cada muestra.

















1. Estimulantes

PESOS CINCUENTA ($ 50).

2. Narcóticos analgésicos

PESOS CINCUENTA ($ 50).

3. Esteroides anabolizantes

PESOS OCHENTA ($ 80).

4. Beta bloqueantes

PESOS CINCUENTA ($ 50).

5. Diuréticos

PESOS CINCUENTA ($ 50).


b) Evaluaciones biomecánicas














































































































1. Determinación de las curvas cinemáticas de un corredor:

PESOS SESENTA ($ 60).

2. Determinación de las velocidades horizontales en el despegue para saltadores en longitud y altura:

PESOS SESENTA ($ 60).

3. Determinación de las velocidades verticales en el despegue para saltadores y estimación de la trayectoria del centro de gravedad:

PESOS CINCUENTA Y CINCO ($ 55)

4. Determinación de la altura óptima para entrenamiento pliométrico y corrección del ángulo de despegue:

PESOS CUARENTA Y CINCO ($ 45).

5. Determinación de la trayectoria y curvas cinemáticas de un implemento deportivo en DOS (2) dimensiones:

PESOS CUARENTA Y CINCO ($ 45).

6. Filmación en cámara lenta:

PESOS TREINTA ($ 30).

7. Determinación de tiempos de pisada, vuelo longitud de los últimos pasos y distancia real en saltos de longitud:

PESOS CINCUENTA ($ 50)

8. Evaluación de pitcher de Beisbol a TRES (3) dimensiones:

PESOS NOVENTA ($ 90)

9. Determinación de la precisión —ángulo de salida— y velocidad de una bocha o tejo:

PESOS TREINTA Y CINCO ($ 35).

10. Determinación tiempos de reacción, ángulos y otros parámetros de la partida en velocidad:

PESOS CUARENTA Y CINCO ($ 45).

11. Determinación de tiempos de pisada y vuelo, ángulos de implante y otros parámetros del despegue en salto en altura:

PESOS SESENTA Y CINCO ($ 65).

12. Determinación cinemática de los saltos standard:

PESOS VEINTE ($ 20).

13.Evaluación de los tiros de ejecución de los córners cortos en hockey sobre césped:

PESOS CUARENTA ($ 40).

14. Determinación de las ángulos de excursión para articulaciones en condiciones de carga y sin ella:

PESOS TREINTA ($ 30).

15. Determinación de punto de suelta y velocidad económica en la "gran vuelta":

PESOS TREINTA ($ 30).

16. Análisis por fases del salto con garrocha en el plano sagital:

PESOS SESENTA ($ 60).

17. Análisis por fases del lanzamiento del disco en TRES (3) dimensiones:

PESOS SETENTA ($ 70).

18. Determinación cinemática de los CIENTO DIEZ METROS (110 M) con vallas:

PESOS CINCUENTA ($ 50).

19. Análisis dinamométrico de la marcha y carrera a diferentes velocidades:

PESOS SESENTA Y CINCO ($ 65).

20. Análisis dinamométrico de la estabilidad:

PESOS TREINTA Y CINCO ($ 35).

21. Análisis dinamométrico de pliometría:

PESOS CUARENTA ($ 40).

22. Análisis técnico y cinemático de pasaje de vallas:

PESOS CUARENTA ($ 40).

23. Análisis técnico del saque de tenis:

PESOS CUARENTA ($ 40).

24.Evaluación cinemática del lanzamiento de sóftbol:

PESOS TREINTA ($ 30).

25. Análisis cinemático de remo y canotaje:

PESOS OCHENTA ($ 80).

26. Análisis de la postura en ciclismo:

PESOS CUARENTA ($ 40).

27.Evaluación postural kinésica:

PESOS TREINTA ($ 30).

28. Cinemática de la natación:

PESOS CINCUENTA ($ 50).

29.Evaluación cinemática de la partida de natación:

PESOS CINCUENTA ($ 50).

30.Evaluación del golpe de hockey:

PESOS TREINTA ($ 30).

31.Curvas carga, velocidad en ejercicios de sobrecarga:

PESOS SETENTA ($ 70).

32.Evaluación dinámica de una pisada de trote o carrera:

PESOS TREINTA ($ 30).

33. Determinación de tiempos de reacción para deportes de combate:

PESOS TREINTA ($ 30).

34. Determinación dinámica de los saltos standard:

PESOS TREINTA ($ 30).

35. Análisis cinemático de la pliometría:

PESOS CUARENTA ($ 40).

36. Area expuesta en ciclismo:

PESOS TREINTA Y CINCO ($ 35).


c) Evaluaciones Medicina Deportiva


























1. Consulta traumatológica especializada:

PESOS TREINTA ($ 30).

2. Consulta psicológica especializada:

PESOS TREINTA ($ 30).

3. Consulta clínica deportiva:

PESOS TREINTA ($ 30).

4. Tratamientos kinésicos, por sesión:

PESOS DIEZ ($ 10).

5. Par radiológico simple:

PESOS DIEZ ($ 10).

6. Consulta podológica:

PESOS VEINTE ($ 20).

7. Consulta odontológica:

PESOS VEINTE ($ 20).

8. Confección de protectores bucales a medida:

PESOS VEINTE ($ 20).


d) Evaluaciones fisiología























1. Evaluación antropométrica de determinación del porcentaje de adiposidad, somatotipo, fraccionamiento perfil corporal:

PESOS CINCUENTA ($ 50).

2. Electrocardiograma de reposo:

PESOS CINCUENTA ($ 50).

3. Ergoespirometría con determinación de parámetros funcionales:

PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150).

4. Determinación del umbral anaeróbico por medición del ácido láctico:

PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150).

5. Evaluación nutricional:

PESOS CINCUENTA ($ 50).

6. Evaluación de capacidad y potencia anaeróbica:

PESOS CIEN ($ 100).

7. Evaluación completa de aptitud física:

PESOS CUATROCIENTOS ($ 400).


e) Credenciales





1. Duplicado credencial completa, con tarjeta de proximidad:

PESOS DOCE ($ 12).


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