Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación






Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación


 

PESCA

 

Resolución 66/2000

 

Asígnase una Captura Máxima Permisible de merluza común
para buques de pesca costera que tienen puerto base permanente en Rawson,
provincia del Chubut.


 

Bs. As., 15/2/2000

 

VISTO el Expediente Nº 800-000221/2000 del Registro de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, el Decreto Nº 189
de fecha 30 de diciembre de 1999, y la Resolución Nº 24 de fecha 30 de
diciembre de 1999 del Registro de esta SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTACION, y


 

CONSIDERANDO:

 

Que el Gobierno de la Provincia del CHUBUT ha solicitado
se contemple la situación de la flota de pesca costera con puerto base
permanente en la ciudad de Rawson.


 

Que las disposiciones del artículo 9º de la resolución
referida en el VISTO no son de aplicación a dicha flota por el tipo de especies
ictícolas que se capturan en esa área.


 

Que por lo tanto corresponde que a la misma se le aplique
lo establecido, en el artículo 5º de la Resolución referida en el VISTO.


 

Que, asimismo, puede reducirse la Captura Máxima
Permisible establecida en el artículo 7º de la referida resolución.


 

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA.
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado intervención.


 

Que la presente se dicta en virtud de las facultades del
suscripto establecidas en el artículo 2º del Decreto Nº 189 del 30 de diciembre
de 1999.


 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION,


RESUELVE:

 

Artículo 1º — Los buques de pesca costera
individualizados en el Anexo I de la presente resolución que operan al Sur del
Paralelo 42º Sur y que tienen puerto base permanente en la ciudad de Rawson
(Provincia del CHUBUT) podrán pescar libremente merluza común (merluccius
hubbsi) en los términos del artículo 5º de la Resolución Nº 24 de la SECRETARIA
DE AGRICULTURA. GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de fecha 30 de diciembre de
1999.


 

Art. 2º — A los efectos del artículo 1º
se asigna una Captura Máxima Permisible de UN MIL QUINIENTAS (1.500) toneladas
de (merluccius hubbsi).


 

Art. 3º — Fíjase en TRES MIL QUINIENTAS
(3.500) toneladas la Captura Máxima Permisible de (merluccius hubbsi)
establecida en el artículo 7º de la Resolución Nº 24 de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de fecha 30 de diciembre de 1999.


 

Art. 4º — La presente resolución
comenzará a regir a partir de la fecha de su dictado.


 

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Antonio T.
Berhongaray.


 

ANEXO I

 

LlSTADO DE EMBARCACIONES AUTORIZADAS A OPERAR EN LA
ZONA DE ESFUERZO PESQUERO RESTRINGIDO


 



























































































































EMBARCACION

  >


MATRICULA


>25 DE
MAYO


0709


>ADELANTE
BOCA JUNIORS


0705


>ANA
MARIA NICHILO


0640


>CALABRIA


0567


>DESEADO


6005


>DON
FRANCISCO


0140


>DON
PABLO


0691


>DON
VICTOR


0700


LA NORMA


>0558


>LA
PALOMA


0702


>LA
PALOMA DE MAR


0698


>NEPTUNIA


0621


>NUEVA
NEPTUNIA


0701


>NUEVO
GAUCHO


0708


>PICA I


0692


>PRIMAVERA


0559


>QUEQUEN
SALADO


5066


>RAYO
DE SOL


0690


>SAN
GIUSEPPE


0704


>SANTA
LUCIA


0361


>TIBURON


0693


>SIEMPRE
CATALINA MADRE


1070


>SIEMPRE
VIRGEN DE LOURDES


0699


>STELLA
MARIS


0703


>VIRGEN
DE POMPEYA


0706


lang=EN-US >FENIX


0562


lang=EN-US >CONAVAL I


0563


>COSTAMAR


4459


DOMINGO CASSIA II


>4114



> 



Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación