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Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca




Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
SANIDAD VEGETAL
Resolución 358/2004
Modifícase la Resolución N° 626/2003, mediante la cual se creó en el ámbito del SENASA el Registro Nacional de Centros de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera, en relación con los establecimientos habilitados con el fin de aplicar el tratamiento cuarentenario a embalajes de madera y maderas de uso en el comercio internacional de mercaderías.
Bs. As., 18/3/2004
VISTO el Expediente N° 11.600/2003 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Resolución N° 626 del 12 de diciembre de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución citada en el Visto, se creó en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Registro Nacional de Centros de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera (CATEM); entendiéndose por Centro de Aplicación de Tratamientos de Embalajes de Madera (CATEM), al establecimiento habilitado con el fin de aplicar el tratamiento cuarentenario a embalajes de maderas y maderas de uso en el comercio internacional de mercaderías.
Que es competencia del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad vegetal y propender a mejorar la condición sanitaria de los productos de origen forestal.
Que a fin de ordenar el control sanitario de los embalajes de madera se hizo necesario crear el citado Registro Nacional.
Que el Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996, en su Anexo II expresa como una de las atribuciones de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, la de crear, organizar, reglamentar y administrar los registros de competencia del área.
Que habiéndose deslizado un error material involuntario, en virtud de una omisión en la Resolución N° 626 del 12 de diciembre de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, corresponde proceder en consecuencia e incorporar a la mencionada resolución el Artículo 3°, en virtud de lo prescrito por el Artículo 101 del Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972, t.o. 1991, reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en función de lo dispuesto en el Artículo 8°, inciso e) del Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por el Artículo 3° de su similar N° 680 del 1 de septiembre de 2003 y por el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Incorpórese como Artículo 3° de la Resolución N° 626 de fecha 12 de diciembre de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, el siguiente: "ARTICULO 3°. – Facúltase al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) a organizar, reglamentar y administrar el Registro Nacional de Centros de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera (CATEM)".
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel S. Campos.

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