Foro: Noticias
24/06/11, 06:59:39
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Respuestas: 13
Visitas: 2.686 |
Foro: Derecho Civil
24/06/11, 06:43:20
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Respuestas: 6
Visitas: 1.893 Re: Urgente!!! Tenencia...
Mira, lo mejor es siempre tratar de conciliar a las partes. En caso de que no sea posible, no te preocupes que la otra parte no tiene ninguna posibilidad de ganar.
Iniciale una demanda por alimentos;...
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Foro: Derecho Procesal
10/06/11, 13:43:58
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Respuestas: 6
Visitas: 2.256 Re: TP Procesal!
El artículo 239 del Código Procesal Civil y Comercial de la Prov de Buenos Aires, establece que cuando la resolución se dictare en una audiencia, la revocatoria tiene que interponerse verbalmente en...
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