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Resolución N º 1011/98 del 19/08/98




MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Resolución N º 1011/98


Bs. As., 19/08/98


B.O: 28/08/98


VISTO el Expediente Nº 080-006088/96 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del Visto la firma QUEIROZ SOCIEDAD ANONIMA,
COMERCIAL, AGRICOLA E INMOBILIARIA ha solicitado su inclusión
en el régimen de capitalización de deudas en el
marco dispuesto por el Decreto Nº 585 de fecha 22 de abril
de 1994.

Que en virtud del pedido formulado por la empresa en cuestión,
se dictó la Resolución Nº 1471 del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 23 de diciembre
de 1997 por la que se dispone la capitalización de los
créditos del ESTADO NACIONAL respecto de la firma QUEIROZ
SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, AGRICOLA E INMOBILIARIA, así
como la venta simultánea de las acciones que se reciban
en consecuencia.

Que la misma Resolución estableció que para que
la capitalización se produjera debían verificarse
una serie de condiciones, entre las que es posible mencionar la
obligación de la firma peticionante de realizar una Asamblea
General de Accionistas en la que se aceptaran los términos
de dicha Resolución, que la firma no fuera declarada en
quiebra y que los restantes acreedores de la sociedad capitalizaran,
en conjunto, sus respectivos créditos en proporción
y condiciones similares al ESTADO NACIONAL.

Que con relación a este último requisito, la empresa
presentante ha acompañado un número significativo
de compromisos de capitalización de acreedores en el marco
de lo requerido por la Resolución Nº 1471/97 del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que entre los acreedores que deben prestar su conformidad a la
capitalización de sus créditos se encuentran organismos
públicos provinciales y municipales.

Que la PROVINCIA DE MISIONES, oportunamente apoyó la solicitud
de la firma QUEIROZ SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, AGRICOLA E INMOBILIARIA
de ser incluída en el régimen de capitalización
de deudas.

Que dicha provincia ha resuelto capitalizar sus acreencias de
acuerdo con lo dispuesto por el decreto provincial Nº 547
del 24 de abril de 1998.

Que aún se encuentra pendiente el acuerdo de capitalización
de algunos acreedores, pudiendo mencionarse entre ellos organismos
públicos municipales de la provincia de MISIONES, cuyos
trámites se hallan en curso en las dependencias administrativas
correspondientes.

Que en vista de la situación planteada y los esfuerzos
realizados, la empresa QUEIROZ SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, AGRICOLA
E INMOBILIARIA ha solicitado se otorgue una prórroga al
plazo previsto para la capitalización.

Que el señor Ministro de Economía y Obras Públicas
de la provincia de MISIONES ha solicitado dar curso favorable
al pedido de prórroga mencionado en el considerando anterior.


Que de acuerdo con lo expuesto y las razones manifestadas por
la presentante, resulta procedente prorrogar el plazo para la
capitalización, permitiendo de esa manera que se formalicen
las expresiones de voluntad de los acreedores respecto de la capitalización
que se encuentran pendientes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio
ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 13 del Decreto Nº 585/94.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Prorrógase por SESENTA (60) días
a partir de su vencimiento, el plazo establecido en el artículo
4º de la Resolución Nº 1471/97 del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

ARTICULO 2°- Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.- Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ, Ministro de
Economía y Obras y Servicios Públicos.

e. 28/8 Nº 241.725 v. 28/08/98.

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