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Resolución 1499/97 del 09/10/97





Comisión Nacional de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución 1499/97

Mantiénese la inscripción de la firma Ingeniería
Construcciones y Servicios Sudamericana S.A. en el Registro Nacional
de Prestadores de Servicios Postales.


Bs. As., 9/10/97

B.O: 16/10/97

VISTO el expediente Nº 160 del Registro de la Ex-COMISION
NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones la firma denominada INGENIERIA
CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SUDAMERICANA S.A. (antes ROMAN INGENIERIA
S.A.) ha solicitado que se mantenga su inscripción en el
Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que la misma fue Inscripta en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales el 18 de febrero de 1994, con el número
CIENTO SETENTA Y CUATRO (174).

Que en relación a lo peticionado, en la actualidad han
sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el
artículo 11 del Decreto Nº 1187/93 (t. o. 1997).

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes
forman parte de los órganos de administración o
control de la persona ideal de marras no han sido condenados por
los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156,
157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.

Que ha sido presentada la declaración Jurada prevista por
el artículo 14 del decreto ya referido.

Que mediante escritura del 5 de diciembre de 1996, inscripta por
ante la Inspección General de Justicia el 30 de enero de
1997, ROMAN INGENIERIA S.A. produjo el cambio de su denominación
por la de INGENIERIA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SUDAMERICANA S.A.,
obrando copia de la referida documentación a fs. 54/58.

Que asimismo se efectúo el formas cumplimiento de la totalidad
de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º
inciso d) del Decreto Nº 115 del 5de febrero de 1997.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 92/93
y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada
INGENIERIA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SUDAMERICANA S.A.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el artículo 6º inciso d) del Decreto Nº 1185/90
y normas concordantes y complementarias.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º-Declárase que la firma denominada
INGENIERIA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SUDAMERICANA S.A. (antes
ROMAN INGENIERIA S. A.) mantiene el cumplimiento de la totalidad
de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93 (t.
o. 1997) que justificaron oportunamente su inscripción
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Art. 2º-Mantiénese inscripta a la empresa referida
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo
el número CIENTO SETENTA Y CUATRO (174).

Art. 3º-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese.-Roberto C. Catalán.-Roberto E. Uanini.-Hugo
Zothner.-Patricio Feune de Colombi.-Antonio S. Name.-Federico
N. A. Luján de la Fuente.-Alberto J. Gabrielli.

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