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Resolución 1198/97 del 12/11/97




Secretaría de Industria, Comercio y Minería



EXPORTACIONES



Resolución 1198/97



Inscríbese a operaciones efectuadas por la firma Ruy
Díaz S.A.E.I.C. en el Registro de Exportaciones, amparadas
en el artículo 6° de la Resolución MEyOSP N°
32/96.



Bs. As., 12/11/97



B.O. 17/11/97



VISTO el Expediente N° 061-000791/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N°
32 del 16 de agosto de 1996 y la Resolución de la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA N° 49 del 24 de enero de
1997, y


CONSIDERANDO:


Que la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS N° 32/96, modificada por la Resolución MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 13 del 2 de
enero de 1997, instituyó la creación de un Registro
para la inscripción de las operaciones de exportación
celebradas en firme con anterioridad a la fecha de entrada en
vigencia de la mencionada Resolución, siempre que se cumpla
lo dispuesto en el Artículo 6° de la misma.


Que la Resolución SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO y MINERIA
N° 49/97 habilitó en el ámbito de la SUBSECRETARIA
DE COMERCIO EXTERIOR el REGISTRO DE EXPORTACIÓNES amparadas
en el Artículo 6° de la Resolución MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96.


Que la firma RUY DIAZ S.A.E.I.C. ha solicitado la inscripción
de una operación de exportación en el REGISTRO
DE EXPORTACIONES amparadas por el Artículo 6° de la
Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS N° 32/96 y su modificatoria.


Que la misma se encuentra comprendida en los alcances de los incs.
a), b) y d) del Artículo 6° de la Resolución
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96
y su modificatoria, por cuanto se trata de una compra gubernamental
instrumentada mediante licitación internacional y esta
amparada por carta de crédito irrevocable, habiéndose
realizado ya la exportación.


Que la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES ha examinado
el cumplimiento de los requisitos necesarios a fin de que dicha
operación quede exceptuada de la rebaja de reintegros a
la exportación establecida por la Resolución MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96.


Que por lo tanto a la misma le corresponde el reintegro vigente
antes del 29 de agosto de 1996.


Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención
que le compete.


Que la presente Resolución se dicta en función de
lo previsto en la Ley N° 22.415, en la Ley de Ministerios
(-T.O. en 1992-), el Decreto N° 1450 del 12 de diciembre
de 1996, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32
del 16 de agosto de 1996 y su modificatoria.


Por ello,


EL SECRETARIO DE INDUSTRIA. COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:


Artículo 1°-Inscríbase en el REGISTRO
DE EXPORTACIONES amparadas en el Artículo 6° de la
Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
N° 32/96 a la operación correspondiente a exportaciones
efectuadas por la firma RUY DIAZ S.A.E.I.C., la que fuera documentada
mediante el Permiso de Embarque consignado en el Anexo de la presente
resolución.


Art. 2°-La ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS, dependiente
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, deberá
liquidar el reintegro vigente al 28 de agosto de 1996, a la empresa
que figura en el Anexo de la presente resolución, una vez
verificado el cumplimiento de la exportación amparada por
el Permiso de Embarque que se detalla en el Anexo.


Art. 3°-La presente Resolución tendrá
vigencia a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial.


Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.


ANEXO A LA RESOLUCION N° 1198





REGISTRO N°EMPRESA
ADUANAPERMISO DE EMBARQUE N°
013RUY DIAZ S.A.E.I.C
BS. AIRES170350-6/96






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