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Resolución Nº 1513/2010




MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL



SECRETARIA DE TRABAJO



Resolución Nº 1513/2010



Registro Nº 1489/2010



Bs. As., 7/10/2010



VISTO el Expediente Nº 1.381.207/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y



CONSIDERANDO:



Que a foja 2 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFONICOS DE TUCUMAN, por la parte gremial y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).



Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convienen hacer extensivo el pago de la suma extraordinaria no remunerativa pactada en el Acta de fecha 9 de junio de 2009 al personal femenino que se encontraba en situación de excedencia.



Que el presente resultará aplicable al personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 917/07 "E", cuyas partes firmantes coinciden con las celebrantes de marras.



Que los actores intervinientes han ratificado el contenido y firmas insertas en el texto convencional traído a estudio, acreditando la personería invocada con las constancias obrantes en autos.



Que el ámbito de aplicación del presente, se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.



Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".



Que los Delegados de Personal han ejercido la representación prevista por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.



Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.



Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.



Por ello,


LA SECRETARIA DE TRABAJO


RESUELVE:



ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFONICOS DE TUCUMAN y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 2 del Expediente Nº 1.381.207/10, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.381.207/10.



ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.



ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 917/07 "E".



ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.



Expediente Nº 1.381.207/10



Buenos Aires, 12 de octubre de 2010



De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1513/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1489/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.



En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 8 días del mes de Noviembre de 2009, se reúnen, en representación del SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFONICOS DE TUCUMAN (S.O.E.T.T.U.C.), el Sr. Carlos SIy, y por la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. los Sres. Marcelo Villegas, Roberto Traficante, Mariano Oscar Muñoz y Jorge Locatelli, quienes manifiestan lo siguiente: Conforme el pago de la suma extraordinaria y no remunerativa por única vez de $ 900 (pesos novecientos), acordado en el punto Octavo, del Acta Acuerdo suscripta por las partes, el día 9 de Junio de 2009, aplicable al personal representado por el CCT 917-07 E, las mismas acuerdan:



PRIMERO: Hacer extensivo el pago de dicha suma, y en similar carácter; al personal femenino que se encontraba en situación de excedencia, al momento de la efectiva liquidación del mismo (24 de junio de 2009).



SEGUNDO: El pago de este monto se hará efectivo, a partir de la fecha en que cada una de las involucradas retorne a sus tareas habituales, conjuntamente con los haberes del mes subsiguiente al de la toma de servicio.



Las partes acuerdan asimismo, solicitar a la Autoridad de Aplicación la pertinente homologación del presente acuerdo.



En prueba de conformidad se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

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