Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución Nº 1360/2010




MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL



SECRETARIA DE TRABAJO



Resolución Nº 1360/2010



Registro Nº 1326/2010



Bs. As., 13/9/2010



VISTO el Expediente Nº 1.395.908/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y



CONSIDERANDO:



Que a foja 2 del expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).



Que en dicho Acuerdo las partes convienen nuevas condiciones laborales, para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 567/03 "E".



Que corresponde hacer saber a las partes que el listado obrante a fojas 3/4 identificado como Anexo I, no se encuentra comprendido en la homologación que por el presente acto se dispone por ser ajeno al ámbito colectivo.



Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.



Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.



Que no obstante ello, corresponde proceder a la homologación del mismo como Acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.



Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.



Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.



Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.



Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.



Por ello,


LA SECRETARIA DE TRABAJO


RESUELVE:



ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.395.908/10, celebrado entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).



ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.395.908/10.



ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.



ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 567/03 "E".



ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).



ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.



Expediente Nº 1.395.908/10



Buenos Aires, 15 de septiembre de 2010



De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1360/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1326/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.



En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los MM días del mes de octubre de 2009, se reúnen por una parte, los Sres. Osvaldo ladarola, Claudio Marín y Alejandro Tagliacozzo, en representación de FOETRA Sindicato Buenos Aires, y por la otra, los Sres. Marcelo Villegas, Roberto Traficante y Mariano Muñoz, en representación de TELECOM ARGENTINA S.A., quienes manifiestan lo siguiente:



Que con motivo del análisis llevado a cabo por la Comisión Especial que se creara en virtud de lo establecido en el pto. QUINTO del Acuerdo al que arribaran las partes con fecha 9 de junio del corriente, las mismas acuerdan:



1- Reemplazar el pto. mencionado por el siguiente texto:



"Como complemento al nuevo sistema de promociones y grupos profesionales que se definirán de acuerdo a la cláusula anterior, la Empresa se compromete a promocionar a empleados representados por el gremio, entre el presente ejercicio 2009 y el 30 de junio de 2010, de acuerdo al siguiente cronograma:



El 01/11/2009, 66 promociones de categoría 3 a 4, por orden de antigüedad.



El 01/01/2010, 66 promociones de categoría 3 a 4, por orden de antigüedad.



El 01/06/2010, 65 promociones de categoría 3 a 4, por orden de antigüedad.



Lo expresado se producirá, con excepción de lo establecido por las partes en el pto. 3 del presente acuerdo.



El 01/01/2010, 25 promociones de categoría 4 a 5, por concurso.



El 01/05/2010, 15 promociones de categoría 4 a 5, por concurso.



El 01/06/2010, 10 promociones de categoría 4 a 5, por concurso.



Los concursos se realizarán conforme lo estipula el CCT 567/03 E, y en proporción a la población de cada de las especialidades de los Grupos Laborales Ingeniería y Equipos".



2 - Las partes acompañan al presente, el Anexo I, en el que se detalla la nómina de empleados que promocionarán a partir del próximo 1 de noviembre.



3 - En virtud de las necesidades operativas de la Empresa, los vuelcos de categoría 3 a 4 que correspondieran a empleados del Servicio de Informaciones 110, se realizarán para aquéllos que se postulen para participar de la prueba piloto sobre Tareas Diversas, conforme al acta firmada oportunamente entre las partes. La no postulación implicará que dicho vuelco será asignado a quien continúe en la lista por orden de antigüedad.



Las partes convienen en solicitar a la Autoridad de Aplicación, la pertinente homologación del presente acuerdo.



En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del presente, de un mismo tenor y a un solo efecto.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución Nº 1360/2010