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Resolución Conjunta Nº 402/97 S. A. G. P. y A. y 17/97 D. G. I. del 23/06/97





SISCRITARIA DE: AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
Y DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA


Resolución Conjunta Nº 402/97 S. A. G. P. y A.
y 17/97 D. G. I.


Bs. As., 23/6/97

B.O.: 08/07/97

VISTO el expediente Nº 800-000214/97 del registro de la SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que es una función indelegable y prioritaria del Estado
Nacional asegurar que no existan distorsiones que puedan afectar
la libre competencia de los mercados.

Que se hace necesario erradicar prácticas desleales en
la cadena de comercialización interna de los recursos yesqueros,
por cuanto ellas traen aparejado un fuerte debilitamiento de los
niveles de transparencia y competitividad que deben prevalecer
en el mercado, produciendo además secuelas de informalidad
generadoras de procesos colaterales de evasión tributaria.

Que las citadas operatorias plantean una competencia inequitativa
entre quienes cumplen puntualmente sus obligaciones y quienes,
desnaturalizando el proceso de formación de los precios
en el mercado interno, afectan el libre juego de la oferta y la
demanda

Que como consecuencia de ello, se hace necesario profundizar los
mecanismos de control tendientes a lograr un estricto cumplimiento
de las normas de comercialización y tributarias vigentes,
coordinando el accionar con los distintos organismos con competencia
en la materia.

Que, en tal sentido, en el ámbito de competencia de la
DIRECCION GENEFAL IMPOSITIVA, la intervención coordinada
en tales problemas permitirá armonizar procedimientos tendientes
al control de operatorias irregulares, a fin de lograr una adecuada
fiscalización de los tributos a su cargo.

Que tanto la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA como la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBIICOS, a través de la SUBSECRETARIA
DE PESCA han decidido encarar una tarea conjunta que conduzca
a una mejor gestión en el ejercicio de sus respectivas
atribuciones y responsabilidades.

Que en mérito a ello resulta indispensable coordinar sus
respectivos recursos articulando un marco de cooperación
adecuado a estos fines.

Que la DIRECCION DE NORMAS ECONOMICAS de la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTARIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presencia se dicta en ejercicio de las facultades que les
confieren el Decreto N5 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996
y la Ley Nº 11.683 (t. o. 1978) y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRUCULTURA, GANADERIA PESCA Y ALIMENTACION Y
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERA IMPOSITIVA

RESUELVEN:

ARTICULO 1º-Créase un GRUPO DE COORDINACION
DE FUNCIONES entre la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA, a través
de la Subdirección General de Coordinación Regional
y la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTACION
ambos organismos del MINISIERIO DE ECONOMIAY OBRAS SERVICIOS PUBLICOS,
a través de la SUBSECRETARIA DE PESCA.

ARTICULO 2º - El GRUPO DE COORDINACION DE FUNCIONES
creado por el artículo precedente, deberá proponer
los procedimientos de fiscalización pertinentes, a fin
de lograr un adecuado seguimiento de las operatorias vigentes
en el sector pesquero y su oportuno control impositivo, teniendo
como objetivo primordial lograr el efectivo acatamiento de las
normas de comercialización y tributarias pertinentes.

ARTICULO 3º-La SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTACION y la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA, en el
ejercicio de sus respectivas funciones y atribuciones, establecerán
los mecanismos pertinentes para hacer efectiva la aplicación
de la presente resolución.

ARTICULO 4º - Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.- CARLOS A. SILVANI. Director General.- Ing.
FELIPE C. SOLA. Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Alimentación.

e. 8/7 N. 191.696 v. 8/7/97

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