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Resolución Conjunta 22/99 y 852/99 del 29/3/99




Ministerio del Interior y Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto

ASILO POLITICO

Resolución Conjunta 22/99 y 852/99

Concédese el asilo político territorial a un ciudadano paraguayo.

Bs. As., 29/3/99

B.O: 30/03/99

VISTO la solicitud de asilo político formulada por señor Lino César OVIEDO SILVA, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentran reunidas las condiciones previstas en el Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889 y demás normas de derecho público internacional aplicable.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de la Ley de Ministerios -t. o. 1992- y su modificatoria, de la Ley N° 22.439 y sus modificatorias y del Decreto N° 1023/94.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR
y
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
RESUELVEN:

Artículo 1° - Concédese el asilo político territorial al señor Lino César OVIEDO SILVA (C.I. REP. DEL PARAGUAY N° 234.039), en los términos previstos en la Ley N° 22.439 y sus modificatorias.

Art. 2° - Por la Dirección Nacional de Migraciones se dará cumplimiento a lo dispuesto por el Título XII artículos 160 y siguientes del Reglamento de Migración aprobado por Decreto N° 1023/94.

Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Carlos V. Corach. - Roque B. Fernández.

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