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Resolución 509/98 del 4/11/98




Secretaría de Hacienda
TABACO
Resolución 509/98
Prorrógase plazos establecidos en la Resolución Nº 515/97, mediante la cual se autorizó la sustitución de los instrumentos de control fiscal, que conforme a lo prescripto por el artículo 3º de la Ley Nº 24.674 y su modificatoria, deben llevar adheridos los productos a que se refiere el artículo 15 de dicha norma, por un precinto particular.
Bs. As., 04/11/98
B.O: 09/11/98
VISTO el Expediente Nº 001-003814/98 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 515 de fecha 9 de diciembre de 1997 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS autorizó la sustitución de los instrumentos de control fiscal, que conforme a lo prescripto por el artículo 3° de la Ley N° 24.674 y su modificatoria, deben llevar adheridos los productos a que se refiere el artículo 15 de dicho texto legal, por un precinto particular.
Que tal decisión ha quedado firme a partir de lo resuelto por Resolución N° 1254 del 1° de octubre de 1998 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, que rechazó el reclamo administrativo interpuesto por la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL TABACO contra la Resolución N° 515 de fecha 9 de diciembre de 1997 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, considera la conveniencia de una prórroga de los plazos establecidos en el artículo 1° de la Resolución N° 515 del 9 de diciembre de 1997 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, fundamentada en que la única empresa que ha cotizado en la licitación pública a ser adjudicada es la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA, la que ha hecho saber de su imposibilidad de cumplir a corto plazo con la provisión mencionada.
Que además la referida Administración destaca las ventajas económicas que para la misma significaría la adopción del nuevo sistema.
Que diversos factores externos al Estado Nacional han influido para no permitir hasta el presente la puesta en marcha del sistema alternativo previsto, como ser la eventual indisponibilidad de las maquinarias requeridas para que las empresas puedan operar con el nuevo régimen.
Que las razones señaladas y el proceso de licitación pública en curso para la provisión de precintos particulares para cigarrillos en bobinas, aconsejan acceder a la prórroga solicitada.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley N° 24.674 sustitutivo de la Ley de Impuestos Internos, texto ordenado en 1979 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1°- Prorrógase por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos, los plazos establecidos en los artículos 1° y 6° de la Resolución N° 515 del 9 de diciembre de 1997 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Pablo E. Guidotti.

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