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Resolución 42/99 del 26/1/99




Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA
Resolución 42/99
Establécese la corrección de la partida arancelaria de un producto a exportar en el Programa de Reconversión y Especialización Industrial, otorgado a la firma Industrias Metalúrgicas Pescarmona Sociedad Anónima, Industrial, Comercial y Financiera.
Bs. As., 26/01/99
B.O: 02/02/99
VISTO el Expediente Nº 602.375/94 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y FINANCIERA con domicilio en la calle Carril Rodríguez Peña 2515, Godoy Cruz, Provincia de Mendoza, tiene aprobado un Programa de Especialización Industrial bajo la Resolución ex-S.I. N° 149 del 22 de junio de 1994.
Que habiéndose observado un error formal en la posición arancelaria de un producto a exportar incluido en el anexo de la resolución mencionada en el considerando anterior, procede subsanar el mismo.
Que dicho error consiste en haber consignado la partida N.C.E. 8231 en lugar de la correcta N.C.E. 8431 (actual N.C.M. 8431).
Que la corrección propuesta no vulnera la suspensión del Régimen de Especialización Industrial establecida por el Decreto N° 977 del 20 de Agosto de 1996.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7° de la Resolución ex-S.I.C. N° 14 del 18 de enero de 1993.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en función de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Nº 2.641/92 y del artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Corríjase la partida arancelaria del producto a exportar en el Programa de Reconversión y Especialización Industrial, otorgado a la firma INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y FINANCIERA, con domicilio en la calle Carril Rodríguez Peña 2515, Godoy Cruz, Provincia de Mendoza, que fuera aprobado por Resolución ex-S.I. Nº 149/94, de acuerdo con lo que se indica en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º.- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 2.641/92, por la Resolución ex-S.I.C. N° l4/93, modificada por la Resolución ex-S.I.C. N° 80/93, por la Resolución ex-S.I.C. N° 148/93 y por la presente, así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el Expediente N° 602.375/94 y agregados.
Art. 3º.- Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y FINANCIERA constituye domicilio especial en Avda. Eduardo Madero 942, Piso 19, Capital Federal, en donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4º.- La presente resolución comenzará a regir a partir el día siguiente de su notificación.
Art. 5º.- Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6º.- Notifíquese a la interesada.
Art. 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Alieto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION Nº 42
Expediente M.E. y O. y S. P. N º 602.375/94
Empresa: INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y FINANCIERA.
Productos a Exportar:








Posición N.C.M.

Descripción

8431 (Todas las posiciones)

Partes, piezas y componentes de grúas.


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