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Resolución 1880/97 del 30/12/97




Comisión Nacional de Comunicaciones



SERVICIOS POSTALES



Resolución 1880/97



Dispónese la baja de la empresa Servilar S.R.L. del
Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.



Bs. As., 30/12/97



B.O: 8/01/98



VISTO el Expediente Nº 295 del Registro de la ex-COMISION
NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y


CONSIDERANDO:


Que la firma denominada SERVILAR S.R.L. fue inscripta en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales en fecha 13 de septiembre
de 1996, con el número CUATROCIENTOS VEINTISIETE (427).



Que la entidad antes referida, en la actualidad no ha acreditado
el cumplimiento de los requisitos previstos en el Decreto Nº
1187/93, modificado por Decreto Nº 115/ 97, para mantener
su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de
Servicios Postales.


Que en consecuencia, procede disponer la inmediata baja del Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la firma denominada
SERVILAR S.R.L.


Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 108
y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.



Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el artículo 6º inciso d) del Decreto Nº 1185/90
y normas concordantes y complementarias.


Por ello,


EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:


Artículo 1º-Dispónese la baja de la
empresa SERVILAR S.R.L. del Registro Nacional de Prestadores de
Servicios Postales, a partir del 1 de octubre de 1997, en razón
de que la misma no ha acreditado el cumplimiento de los requisitos
previstos en el artículo 11 del Decreto Nº 1187/93
y sus modificatorios, para mantener su inscripción.


Art. 2º-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese.-Roberto C. Catalán.-Roberto E. Uanini.-Hugo
Zothner.-Antonio S. Name.-Patricio Feune de Colombi.-Federico
N. A. Luján de la Fuente.-Alberto J. Gabrielli.

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