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Resolución 1727/97 del 22/9/97





Ministerio de Cultura y Educación

CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Resolución 1727/97

Designación de miembros integrantes del mencionado Consejo
en representación de diferentes sectores.


Bs. As., 22/9/97

B.O: 24/9/97

VISTO la Ley Nº 13.047, la Resolución Ministerial
Nº 1050 del 3 de mayo de 1994 y su complementaria Nº
1435 de fecha 24 de octubre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por las resoluciones ministeriales citadas, fueron nombrados
los integrantes del CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA
por un lapso de TRES (3) años, período finalizado
el 5 de mayo de 1997.

Que operada la caducidad de los mandatos en la fecha mencionada
y no afectos de no generar un vacío operativo, el cuerpo
continuo ejercitando la competencia que le es propia, interviniendo
en acuerdos conciliatorios, rubrica de libros, respuesta a oficios
judiciales y disposiciones en general, actos que deben ser ratificados
con el objeto de preservar la seguridad jurídica de las
relaciones intersectoriales respecto de las que tomará
intervención.

Que por las razones expuestas corresponde designar a quienes integrarán
el mencionado Consejo por un nuevo período de ley.

Que se han recibido las distintas propuestas de las entidades
privadas y dependencias oficiales para el nombramiento de los
representantes de cada sector, de conformidad con lo dispuesto
por la Ley Nº 13.047.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha emitido el dictamen
de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido
por la Ley Nº 13.047 y atento las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y el Decreto Nº 101/85.

Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA Y EDUCACION

RESUELVE:

Artículo 1º-Designar miembros integrantes del
CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA (Ley Nº 13.047)
por un período de TRES (3) años a partir de la presente
resolución, a las siguientes personas:

Representantes del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION (artículo27,
inciso e) de la Ley Nº 13.047):

Profesor Héctor Jorge CALVI (DNI Nº 4.893.793)

Profesor Carlos Alberto DIB (DNI Nº 4.307.865)

Doctor Alberto Luis FANESI (DNI Nº 6.074.621)

Profesor Alfredo TAGLIABUE (L.E. Nº 4.219.202).

Representantes patronales por los establecimientos incorporados
a la enseñanza oficial (establecimientos religiosos y laicos
- artículo 27, inciso c) de la Ley Nº 13.047):

Doctor Norberto BALOIRA (DNI Nº 7.612.667)

Doctor Armando YAÑEZ MARTINEZ (DNI Nº 16.777.030)

Representante patronal por los establecimientos comprendidos en
los incisos b) y c) del artículo 2º de la Ley Nº
13.047.

Doctor Horacio Eduardo Marcos Ferrari (L.E. Nº 0.270.889)

Representantes del personal (artículo 27, inciso e) de
la Ley Nº 13.047):

Señor Pedro Marcelo SCHIUMA (DNI Nº 14.929.825)

Señora Alejandra Mónica LOPEZ (DNI Nº 17.144.929)

Señor Juan Carlos MENDEZ (L.E. Nº 4. 372.851)

Art. 2º-Incorporar en representación del MINISTERIO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL al CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA
PRIVADA, por un período de ley - artículo 27, inciso
b) de la Ley Nº 13.047, a las siguientes personas:

Doctora Ana Edith AGUIRRE (DNI. Nº 5.413.987)

Doctora Susana CORRADETTI (DNI Nº 6.405.945)

Art. 3º-Designar Presidente del órgano que
se integra por el presente acto, a la señorita Profesora
doña Matilde KEEGAN (L.C. Nº 2.624.834). El cargo
de Vicepresidente, establecido por el artículo 26 del Reglamento
del CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA, aprobado por
el Decreto Nº 24.658 del 17 de diciembre de 1953, será
desempeñado por el Representante por la Enseñanza
Técnica, Profesor Alfredo TAGLIABUE (LE. Nº 4.219.202).

Art. 4º-Convalidar lo actuado en el CONSEJO GREMIAL
DE ENSEÑANZA PRIVADA desde el 5 de mayo de 1997 y hasta
la fecha de constitución del cuerpo que por este acto se
integra.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Susana
B. Decibe.

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