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Resolución 1346/98 del 5/11/98




Secretaría General
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 1346/98
Declárase de interés nacional a las "Primeras Jornadas Argentinas del Ministerio Público Fiscal en Materia Penal", a desarrollarse en la ciudad de La Plata.
Bs. As., 5/11/98
B.O: 11/11/98
VISTO el Expediente N° 119118/98 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA por medio del cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional a las "Primeras Jornadas Argentinas del Ministerio Público Fiscal en Materia Penal", y
CONSIDERANDO:
Que las mismas son organizadas por el Instituto de Derecho Procesal Penal del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de La Plata y auspiciadas por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Que en la actualidad el Ministerio Público Fiscal es el centro de la actividad penal en las modernas leyes procesales, tanto nacional como provinciales.
Que un debate profundo sobre su historia, su perfil y sus características principales contribuirá decisivamente al mejoramiento de esa institución y a una determinación precisa y concreta de su poder de acción.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA propicia el dictado del presente pronunciamiento.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención correspondiente dictaminando favorablemente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º-Declárase de interés nacional a las "Primeras Jornadas Argentinas del Ministerio Público Fiscal en Materia Penal", a desarrollarse los días 17 y 18 de noviembre de 1998, en la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires.
Art. 2º-La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º-Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alberto A. Kohan.

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