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Res 426-00




PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE TURISMO
ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES LEY Nº 22.351.
Resolución Nº 426/2000
Bs. As., 6/12/2000
VISTO la Resolución Nº 294 de fecha 1º de setiembre de 2000 dictada por esta Intervención, por la cual se unificó la normativa sobre guías de excursiones terrestres en los Parques Nacionales de la Patagonia, cuyas actuaciones han recaído en el Expediente Nº 42/99 y
CONSIDERANDO:
Que la Intendencia del Parque Nacional Tierra del Fuego, así como la Comisión Asesora Local de dicha área protegida, solicitan se exceptúe de la aplicación de la referida normativa a esa Unidad de Conservación, en razón de que su aplicación derivaría en un perjuicio económico para los operadores de turismo locales, dado el costo adicional que implica la exigencia de guías habilitados en todas las excursiones, costo que no se encontraba previsto al planificar la presente temporada.
Que igual planteo efectúa la Intendencia del Parque Nacional Los Glaciares en relación a las agencias de turismo que operan en su jurisdicción.
Que las Direcciones de Aprovechamiento de Recursos y Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 175 de fecha 22 de febrero de 2000.
Por ello,




EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:



ARTICULO 1º — Suspender hasta el 30 de abril de 2001 la aplicación de la Resolución Nº 294/2000 de esta Intervención en los Parques Nacionales de Tierra del Fuego y Los Glaciares, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2º — Regístrese; dése al Boletín Informativo. Tomen conocimiento la Dirección Nacional de Interior, la Dirección General de Coordinación Administrativa y las Direcciones de Asuntos Jurídicos y de Aprovechamiento de Recursos. Comuníquese a la Delegación Regional Patagonia y a las intendencias de los Parques Nacionales Tierra del Fuego y Los Glaciares. Por intermedio del Departamento de Mesa General de Entrada, Salidas y Notificaciones publíquese la presente Resolución por UN (1) día en el BOLETIN OFICIAL DE LA NACION y en los Boletines Oficiales de las Provincias de Tierra del Fuego y Santa Cruz. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la Dirección de Aprovechamiento de Recursos para la prosecución del trámite. — Ing. HERNAN S. LOMBARDI, Interventor, Administrador de Parques Nacionales, Decreto 175/2000.
e.18/12 Nº 338.400 v. 18/12/2000

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