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Procesal Civil - Incidente de nulidad


Hola gente, queria hacerles una consulta de un caso que me está quemando la cabeza!
Situación de hecho: Un muchacho "X" esperando el semaforo con el auto del padre, lo chocan de atrás y con el envión atropella a un peatón.
Dos años después le entablan la demanda al padre del muchacho "X" (dueño del auto).
Pero fue mal notificacada (en un domicilio que no era el de ellos), a raiz de eso, se lo declaró en REBELDÍA, y el juicio está ahora en Etapa Probatoria.

El padre (y por lo tanto el muchacho "x") tomó conocimiento de la demanda (contra él es la demanda), cuando le embargan la cosecha de un campo que tiene en Las Varillas.

La demanda está radicada en la Ciudad de Villa Maria (ahi ocurrió el hecho). Y el padre del muchacho "X" vive en la ciudad de Córdoba.

Bien...
Lo que propuse es plantear un incidente de nulidad por la errónea notificación... Hasta ahi bien.
Pero resulta que tengo que plantear la INCOMPETENCIA, LA PRESCRIPCIÓN, y la RECUSACION SIN CAUSA, y la CITACIÓN DE LA ASEGURADORA Y DEL TERCERO (el que chocó de atrás al muchacho "x")... y el juicio está en etapa probatoria, y con el INCIDENTE DE NULIDAD esto no lo puedo plantear conjuntamente...


Espero sus respuestas, mientras tanto sigo investigando a ver cómo hagooo

Saludos!!!!

pochoclos Universidad de Blas Pascal

Respuestas
Universidad de Blas Pascal
pochoclos Premium I Creado: 30/04/10
Lo único que se me puede ocurrir es plantear ahora, un recurso de Reposición interpuesto con el recurso de apelación en subsidio, para el caso de que el de reposición no prosperare (art. 360 Código de Córdoba).

UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 30/04/10
Entiendo que por un lado tenes que plantear el incidente de nulidad para la notificacion y por el otro presentarte en el expediente para que cese la rebeldia, y asistir a las audiencias probatorias para ejercer la defensa en las pruebas que halla de producirse.

Mientras no se resuelva el incidente de nulidad, entiendo que tu actividad va a ser meramente de contralor y defensa, puesto que no es posible a esta altura plantear incompetencia, recusacion, etc.

Ahora cuando se resuelva el incidente de nulidad, si te es favorable y cae todo el proceso, vas a poder oponer todo esto da la manera ordinaria, pero mientra el incidente no se resuelva, la preclusion te comio todas estas facultades que queres hacer valer.

Aclaro que hablo desde lo que regula el codigo procesal de Bs As...no creo que el Cordobes difiera tanto

"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"

Universidad de Blas Pascal
pochoclos Premium I Creado: 01/05/10
Excelente! todo me cierra ahora, mas que nada porque estabamos con el temario de plazos procesales en este parcial. Muchisimas gracias por la clarisima respuesta!
Abrazo!!

Universidad Catolica Argentina
paula_simonovich21 Ingresante Creado: 31/08/10
De lo qe tengo entendido cuando se plantea el incidente de nulidad, en el petitorio debe pedirse que se vuelva a proveer la notificacion y se suspende el proceso mientras no sea resuelto el incidente. Cuyo efecto será volver las cosas al estado anterior (es decir caera todo lo realizado); o caso contrario segun el gravamen, podra en segunda instancia apelarse.

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