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PRESUPUESTO Decreto 812/2003 Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003, con la finalidad de incorporar parcialmente, en la jurisdicción 70, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, sumas correspondientes al




PRESUPUESTO

Decreto 812/2003

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003, con la finalidad de incorporar parcialmente, en la jurisdicción 70, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, sumas correspondientes al Ejercicio 2002 para permitir la continuidad de compromisos asumidos en relación con el Fondo Nacional de Incentivo Docente, y aumentar los créditos de la Jurisdicción 85, Ministerio de Desarrollo Social, a efectos de atender necesidades nutricionales de la población en situación de indigencia mediante la compra de alimentos en forma centralizada.

Bs. As., 30/9/2003

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2003, aprobado por la Ley N° 25.725 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 7 de fecha 24 de enero de 2003, la Ley N° 25.053 de creación del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE y la Ley N° 25.733, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1° de la Ley N° 25.733 establece las sumas a distribuir por el FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE para los Ejercicios 2002 y 2003.

Que en ese sentido resulta necesario incrementar los créditos vigentes de la JURISDICCION 70 - MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO 330 - MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA a efectos de incorporar parcialmente las sumas correspondientes al Ejercicio 2002, que permitan dar continuidad a los compromisos asumidos por el ESTADO NACIONAL con relación al citado Fondo.

Que asimismo debe continuarse con la atención de las necesidades nutricionales de la población en situación de indigencia, mediante la compra de alimentos en forma centralizada y su distribución a través de diversas organizaciones a nivel local.

Que para ello es necesario aumentar los créditos vigentes de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO 311 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que las ampliaciones de créditos expuestas anteriormente pueden ser financiadas con la rebaja de las previsiones destinadas a atender los intereses externos en moneda extranjera, los cuales fueron calculados a un tipo de cambio mayor al que resulta de las nuevas estimaciones realizadas a la fecha.

Que la rebaja mencionada en el considerando anterior, implica reducir los créditos vigentes de la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA, para lo cual el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS no se encuentra facultado.

Que atento a la urgencia en resolver las situaciones descriptas resulta imperioso adoptar las medidas proyectadas, configurando una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCION NACIONAL para la sanción de las leyes.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 3, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2003, de acuerdo con el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández. — Daniel F. Filmus. — Roberto Lavagna. — Alicia M. Kirchner. — Gustavo O. Beliz. — Rafael A. Bielsa. — Ginés M. González García. — Julio M. De Vido. — José J. B. Pampuro. — Carlos A. Tomada.

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NOTA: Este decreto se publica sin las planillas anexas al artículo 1°. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Administracionius UNLP

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