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PRESUPUESTO






[b] PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 795/2006

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, en la parte correspondiente al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 2/11/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0250471/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por Ley Nº 26.078, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 6610 de fecha 12 de abril de 1956 se define como servicio extraordinario requerido a aquel servicio relacionado con las tareas vinculadas con la fiscalización para certificar calidad o estado sanitario, a solicitud de particulares, brindado fuera del horario oficial establecido o en días no laborables para la Administración Nacional.

Que a partir de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 6610/56, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION debe liquidar mensualmente las sumas devengadas en concepto de servicios extraordinarios que brinda a terceros.

Que a los efectos de afrontar dichas erogaciones correspondientes al inciso 1 – Gastos en Personal, originadas en la retribución al personal por los citados servicios extraordinarios requeridos por particulares, resulta imprescindible modificar el Presupuesto vigente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que la modificación propiciada será atendida con un incremento de los recursos propios del Organismo mencionado en los considerandos precedentes, generados como consecuencia del aumento sustancial suscitado en la recaudación de la venta de servicios por las prestaciones a terceros aludidas.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 9º de la Ley Nº 26.078.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
[b]
Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

[b] Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.

–––––––––––
NOTA: Las planillas Anexas no se publican. Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

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