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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS




[b] MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Resolución Nº 1705/2006

Bs. As., 17/10/2006

VISTO el Expediente Nº 4472/2004 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado que funciona en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, del, MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº 23.696, el Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 248 de fecha 8 de marzo de 2006 se declaró de interés público, en el marco del Régimen Nacional de Iniciativa Privada establecido en el Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005, el objeto de la propuesta presentada por las empresas CORPORACION AMERICA SOCIEDAD ANONIMA Y HELPORT SOCIEDAD ANONIMA consistente en la construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual Ruta Nacional Nº 8, comprendido entre las ciudades de PILAR y PERGAMINO, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES, denominada AUTOPISTA PILAR-PERGAMINO.

Que por Resolución Nº 591 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 17 de marzo de 2006 se determinó como modalidad de contratación la Licitación Pública, instándose al llamado a licitación en el plazo de SESENTA (60) días a partir de su publicación, y a la organización a través del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, de la Comisión de Adjudicación.

Que consecuentemente, a través de la Resolución Nº 158 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de fecha 4 de abril de 2006 se organizó la Comisión de Adjudicación y se aprobó el Reglamento Interno de la misma.

Que en fecha 29 de junio de 2006 por medio de la Resolución Nº 1182 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se llama a Licitación Pública Nacional, aprobándose el texto del Pliego de Bases y Condiciones y del Contrato con sus Anexos.

Que en la fecha determinada en el cronograma del proceso licitatorio modificado por Resolución Nº 424 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, de fecha 8 de agosto de 2006, se han efectuado la presentación de antecedentes — Sobre A— conforme al Pliego de Bases y Condiciones, por parte de las empresas: BENITO ROGGIO E HIJOS S.A., ESUCO S.A., JOSE CHEDIACK S.A.I.C.A. y JCR S.A. (UTE); CORPORACION AMERICA S.A. — HELPORT S.A. (UTE); y CCI CONSTRUCCIONES S.A. — PETERSEN THIELE Y CRUZ S.A. DE CONSTRUCCIONES Y MANDATOS (UTE).

Que dando cumplimiento al procedimiento y recaudos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones, y subsanadas por los postulantes las observaciones efectuadas por la Comisión de Adjudicación, la misma procedió a elaborar el Acta Nº 19 de fecha 13 de setiembre de 2006 por la que se concluye que todos los postulantes han completado su presentación de antecedentes y reúnen los requisitos para necesario para calificar.

Que no habiendo recibido impugnaciones el acto de calificación dentro del plazo legal establecido en el, Pliego de Bases y Condiciones, y dentro del plazo indicado en el cronograma del proceso licitatorio, se dicta el la Resolución Nº 498 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de fecha 25 de setiembre de 2006, por medio de la cual se aprueba el listado de postulantes calificados en condiciones de efectuar oferta, enunciándose en el ANEXO de la misma a las empresas: BENITO ROGGIO E HIJOS S.A., ESUCO S.A., JOSE CHEDIACK S.A.I.C.A. y JCR S.A. (UTE); CORPORACION AMERICA S.A. — HELPORT S.A. (UTE); y CCI CONSTRUCCIONES S.A. — PETERSEN THIELE Y CRUZ S.A. DE CONSTRUCCIONES Y MANDATOS (UTE).

Que en la fecha determinada en el cronograma del proceso licitatorio modificado por Resolución Nº 424 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, de fecha 8 de agosto de 2006, los postulantes calificados han efectuado la presentación de las ofertas —Sobre B— conforme al Pliego de Bases y Condiciones.

Que verificado el contenido por la Comisión de Adjudicación, la misma declara inadmisible la oferta presentada por BENITO ROGGIO E HIJOS S.A., ESUCO S.A., JOSE CHEDIACK S.A.I.C.A. y JCR S.A. (UTE), por encontrarse supeditada a acondicionamientos conforme al punto 9.3 del Artículo 9º del Pliego de Bases y Condiciones, y aconseja la adjudicación de la Licitación Pública Nacional denominada AUTOPISTA PILAR-PERGAMINO, al iniciador CORPORACION AMERICA- S.A. HELPORT S.A. (UTE), en su oferta de tarifa de PESOS ONCE CON SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA DIEZMILESIMOS ($ 11,7340), por existir una diferencia de MENOS CERO COMA NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA POR CIENTO 0,9880%) con la oferta presentada por CCI CONSTRUCCIONES S.A. — PETERSEN THIELE Y CRUZ S.A. DE CONSTRUCCIONES Y MANDATOS (UTE) que cotizó la tarifa mas baja, conforme lo establece el punto 9-5 del Artículo 5º del Pliego de Bases y Condiciones.

Que por todo lo expuesto, y en atención al estado del procedimiento licitatorio, corresponde la preadjudicación de la Licitación Pública Nacional denominada AUTOPISTA PILAR-PERGAMINO, a la empresa CORPORACION AMERICA S.A. HELPORT S.A. (UTE), en su oferta de tarifa de PESOS ONCE CON SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA DIEZMILESIMOS ($ 11,7340), suscribiendo el Contrato de Concesión respectivo "ad referéndum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9_ del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente se dicta en ejercicio de lo dispuesto por la Ley Nº 17.520 modificada por la Ley Nº 23.696 y el Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase todo lo actuado por la Comisión de Adjudicación creada por la Resolución Nº 158 del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES de fecha 4 de abril de 2006, en la tramitación y selección de los oferentes seleccionados de la Licitación Pública Nacional para otorgar la concesión por peaje de la construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual Ruta Nacional Nº 8, comprendido entre las ciudades de PILAR y PERGAMINO, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES, denominada AUTOPISTA PILAR-PERGAMINO.

ARTICULO 2º — Declárase como oferente seleccionado y preadjudicatario de la Licitación Pública Nacional que se refiere el artículo precedente a CORPORACION AMERICA- HELPORT S.A. (UTE), con su propuesta de tarifa de PESOS ONCE CON SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA DIEZMILESIMOS ($ 11,7340), por existir una diferencia de MENOS CERO COMA NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA POR CIENTO (-0,9880%) con la oferta propuesta mas baja, quedando encuadrado en e(supuesto previsto por el artículo 8º del "Anexo I" del Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005.

ARTICULO 3º — Aclárase que el contrato con el oferente seleccionado y preadjudicatario mencionados en el artículo 2º precedente, se suscriben "ad referéndum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

ARTICULO 4º — Dése cuenta a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la Comisión Bicameral del Congreso Nacional creada por el artículo 14 de la Ley Nº 23.696 y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, a sus efectos.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios.
e. 6/11 Nº 529.237 v. 6/11/2006

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