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ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA

Resolución 1/2003

Establécese la fecha en la que los funcionarios obligados deben presentar la actualización de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes al año 2002.

Bs. As., 17/1/2003

VISTO la Ley N° 25.188 —de Etica en el Ejercicio de la Función Pública— y el Decreto N° 164 del 28 de diciembre de 1999, modificado por el Decreto N° 808 del 20 de diciembre de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4°, segundo párrafo, de la Ley citada en el Visto se establece la obligación de actualizar anualmente la información contenida en la Declaración Jurada Patrimonial Integral de los funcionarios obligados a la presentación.

Que corresponde a la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS establecer el período de presentación de la actualización correspondiente al año 2002.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto N° 164 del 28 de diciembre de 1999.

Por ello,

EL DIRECTOR DE INVESTIGACIONES EN EJERCICIO DEL CARGO DE FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO
RESUELVE:

Artículo 1° — Los funcionarios obligados deben presentar la actualización de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes al año 2002 entre el 1° de abril y el 30 de mayo de 2003.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Carlos M. Garrido.

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