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MINISTERIO DEL INTERIOR




MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 657/2005

Dase por designado Secretario General Ejecutivo del Instituto Federal de Asuntos Municipales.

Bs. As., 15/6/2005

VISTO el Expediente N° EXP-S02:0006248/2005 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley N° 25.967, los Decretos N° 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), N° 2295 del 8 de noviembre de 1993 y N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 25.967 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directa de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR se encuentra vacante el cargo, de carácter extraescalafonario, de SECRETARIO GENERAL EJECUTIVO, del INSTITUTO FEDERAL DE ASUNTOS MUNICIPALES y resulta indispensable cubrirlo con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento del área.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo de origen.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado a partir del 22 de marzo de 2005, como Secretario General Ejecutivo del INSTITUTO FEDERAL DE ASUNTOS MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR, en los términos del artículo 4° del Decreto N° 2295/93, al Dr. D. Guido Martín LORENZINO MATTA (D.N.I. N° 18.367.259).

Art. 2° — Instrúyese al señor Jefe de Gabinete de Ministros a proceder al descongelamiento del cargo consignado en el artículo precedente.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 — MINISTERIO DEL INTERIOR.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

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