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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO




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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Resolución N° 195/2005
Bs. As., 10/2/2005
VISTO lo establecido en los artículos 80 al 84 de la Ley N° 20.957 del Servicio Exterior de la Nación, atinente a las funciones específicas que desarrolla el INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION (ISEN) como organismo único de selección, formación e incorporación de personal al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario dictar las normas para establecer la modalidad del Concurso Público de Ingreso destinado a seleccionar a los aspirantes que se incorporarán al Instituto en el año 2006.
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Disponer la realización de un Concurso Público de Ingreso para VEINTICINCO (25) aspirantes becarios que se incorporarán en el año 2006 al INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION. Las fechas y los lugares de realización del Concurso Público de Ingreso se determinarán oportunamente.
ARTICULO 2° — Para inscribirse en el Concurso a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución es indispensable reunir los siguientes requisitos:
a) Ser argentino, nativo o por opción.
b) Poseer título universitario de validez nacional en disciplinas afines a la carrera diplomática. Los títulos universitarios, en los grados de licenciatura, profesorado, maestría y doctorado, serán habilitantes en cuanto sus planes de estudio no sean inferiores a CUATRO (4) años de duración. En caso de duda respecto a la afinidad con la carrera diplomática de algún título universitario al momento de procederse a efectuar la inscripción, la misma se realizará de modo provisional y ad referéndum de la decisión de la Dirección del ISEN.
Los candidatos que presenten títulos universitarios expedidos por universidades extranjeras, deberán —al mismo tiempo— presentar la certificación de su validez equivalente en la República, emitida por la autoridad educativa nacional competente.
c) Tener pleno goce de los derechos civiles y políticos.
d) Tener entre 21 y 35 años de edad al 15 de noviembre de 2005.
e) Presentar un certificado de conocimiento de idioma inglés. "ALEX" (Acreditación en Lenguas Extranjeras) expedido por el "Instituto de Enseñanza Superior en Lenguas Vivas", nivel 4 b como mínimo; o "First Certificate", "Advance" o "Proficiency" del sistema "Cambridge"; o TOEFL - puntaje 550 como mínimo (o su equivalente de 213 puntos en el sistema informatizado). El certificado no podrá tener una antigüedad mayor a TRES (3) años contados desde la fecha de su expedición al momento de la inscripción, a excepción del certificado "Proficiency".
ARTICULO 3° — El Concurso de Ingreso constará de las siguientes etapas:
a) En primer lugar, una evaluación psicológica de carácter eliminatoria que se llevará a cabo en la sede del INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION.
b) Una segunda etapa de selección en las que se llevarán a cabo evaluaciones escritas de las siguientes materias:
Derecho Internacional Público
Economía
Teoría Política y Constitución
Historia Política y Económica Argentina
Historia de las Relaciones Políticas y Económicas Internacionales.
Los exámenes arriba mencionados serán implementados simultáneamente en la sede del INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION, así como en Universidades Nacionales del interior del país, elegidas por el Instituto procurando asegurar una adecuada distribución geográfica. Las referidas Universidades son, Universidad Nacional de Córdoba, Universidad Nacional de Cuyo, Universidad Nacional de la Patagonia Austral, Universidad Nacional del Nordeste, Universidad Nacional de Rosario y Universidad Nacional de Tucumán.
c) Finalmente, una última etapa a desarrollarse exclusivamente en la sede del Instituto, que constará de los siguientes exámenes:
- Cultura General
- Ensayo escrito sobre un tema de política y/o economía internacional de actualidad.
- Coloquio de Aptitud Diplomática
ARTICULO 4° — Quedarán automáticamente separados del Concurso de Ingreso los concursantes que fueren reprobados en alguna de las asignaturas o evaluaciones mencionadas en el artículo 3°, con una calificación inferior a CUATRO (4) puntos.
ARTICULO 5° — La calificación final será el promedio de las notas obtenidas por cada candidato, aplicando el coeficiente CUATRO (4) al Coloquio de Aptitud Diplomática y el coeficiente DOS (2) al Ensayo escrito sobre Política y Economía Internacional.
ARTICULO 6° — Sólo podrán ingresar al INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION los concursantes que hayan obtenido un promedio igual o superior a SIETE (7) puntos.
ARTICULO 7° — El INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION establecerá el orden de mérito correspondiente teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el artículo 5°. En caso de haber obtenido DOS (2) o más candidatos igual promedio final, el orden de mérito quedará establecido por el mayor puntaje del promedio del Coloquio de Aptitud Diplomática y del Ensayo Escrito. Si ello no resolviera la cuestión, se acordará preferencia al candidato de mayor edad.
ARTICULO 8° — Los concursantes, de acuerdo al orden de mérito, serán incorporados al INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION hasta completar la cantidad de VEINTICINCO (25) vacantes, siempre que cumplan el requisito establecido en el artículo 7° de la presente Resolución.
ARTICULO 9° — Quienes ingresen al INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION como aspirantes becarios de la Carrera Diplomática deberán cursar los estudios que allí se dicten y no podrán ejercer otras actividades que interfieran con dichos estudios. Al término de los mismos y una vez aprobadas todas las asignaturas y demás pruebas que el plan de estudios del INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION determine, los aspirantes serán incorporados al Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación como Secretarios de Embajada y Cónsules de Tercera Clase.
ARTICULO 10. — Es competencia exclusiva del INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION adoptar todas las medidas necesarias para la organización y realización del Concurso.
ARTICULO 11. — Comuníquese, tómese razón y archívese.— RAFAEL A. BIELSA, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
e. 21/3 N° 474.600 v. 21/3/2005

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