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Ministerio de Infraestructura y Vivienda






Ministerio de Infraestructura y Vivienda



 

OBRAS PUBLICAS

 

Resolución 1/00

 

Establécese que el Subsecretario de Obras Públicas
actuará como Presidente de la Comisión Transitoria para la supervisión de la
ejecución de las obras de conexión física entre las ciudades de Rosario,
provincia de Santa Fe, y Victoria, provincia de Entre Ríos.


 

Bs. As., 6/1/00

 

VISTO el Expediente Nº 025-000013/99 del Registro
del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, Ley de Ministerio (texto ordenado
por Decreto Nº 438/92) modificada por la Ley Nº 24.190 y la Ley Nº 25.233, el
Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, el Decreto Nº 517 de fecha 13
de mayo de 1998 y la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS Nº 930 de fecha 31 de julio de 1998, y


 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Nº 517/98 aprobó el Marco
Regulatorio de las Prestaciones, Fiscalización, Control, Protección de los
Bienes del Concedente y de los Usuarios, correspondiente a la Concesión para la
construcción, conservación, mantenimiento, administración y explotación de la
obra de la Conexión Física entre las ciudades de ROSARIO, Provincia de SANTA FE
y VICTORIA, Provincia de ENTRE RIOS.


 

Que el Artículo 3º del Decreto mencionado en el
considerando precedente facultó al ex-MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
a crear la Comisión Transitorio para la Supervisión de la ejecución de las
obras y del cumplimiento del Contrato de Concesión, que tendrá las mismas
funciones del Organo de Control previstas en el Marco Regulatorio y que durará
como máximo hasta UN (1) año después del inicio del cobro de peaje.


 

Que consecuentemente la SUBSECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del ex-MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS elaboró la Estructura Orgánica de la
Comisión Transitoria mencionada en el considerando precedente.


 

Que ha tomado la intervención que le compete el
Servicio Jurídico permanente de este Ministerio.


 

Que la referida Ley de Ministerios ha creado el
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA anexando dentro de sus competencias
facultades correspondientes al ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, resultando por ende necesario el dictado de la presente medida a los
fines de ratificar en sus partes pertinentes la Resolución ex-MEYOSP Nº 930/98.


 

Que la presente medida se dicta en uso de las
atribuciones conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 517 de fecha 13 de
mayo de 1998.


 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Ratifícanse los artículos 1º,
2º, 3º y 5º de la Resolución del ex-MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
930 de fecha 31 de julio de 1998.


 

Art. 2º — Establécese que el funcionario
designado en el cargo de Subsecretario de Obras Públicas actuará siempre como
Presidente de la Comisión Transitoria, con las facultades descriptas en el
Artículo 19 del Marco Regulatorio.


 

Art. 3º — El Señor Subsecretario de
Obras Públicas en su calidad de Presidente de la ya citada Comisión Transitoria
tendrá a su cargo la designación de sus integrantes.


 

Art. 4º — Déjase sin efecto la
designación del Coordinador General de la Comisión Transitoria, Ingeniero
Alfredo Eduardo Villaggi (D.N.I. Nº 11.624.249).


 

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nicolás V. Gallo.
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