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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Resolución 46/2005 Fíjase un derecho del cuarenta por ciento a la exportación para consumo de determinadas mercaderías comprendidas en posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur




MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Resolución 46/2005

Fíjase un derecho del cuarenta por ciento a la exportación para consumo de determinadas mercaderías comprendidas en posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur. Vigencia.

Bs. As., 29/12/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0348138/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 4 de fecha 7 de enero de 2003 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA estableció un derecho transitorio, por el término de NOVENTA (90) días, del CUARENTA POR CIENTO (40%) a la exportación para consumo de desperdicios y desechos de diversos metales, el cual fue prorrogado por la Resolución Nº 256 de fecha 9 de abril de 2003 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA por el término de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que habiendo vencido el plazo fijado por la Resolución Nº 256/03 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Nº 579 de fecha 12 de diciembre de 2003 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION volvió a establecer un derecho transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, del CUARENTA POR CIENTO (40%) a la exportación para consumo de desperdicios y desechos de diversos metales.

Que las Resoluciones Nros. 389 de fecha 11 de junio de 2004 y 788 de fecha 7 de diciembre de 2004, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, prorrogaron la vigencia de dicho derecho por el término de CIENTO OCHENTA (180) días y TRESCIENTOS SESENTA (360) días respectivamente.

Que manteniéndose vigentes las condiciones tenidas en cuenta para el dictado de las resoluciones citadas en los considerandos anteriores resulta aconsejable dictar nuevamente una medida por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días, que fije en un CUARENTA POR CIENTO (40%) el derecho a la exportación para consumo de desperdicios y desechos de diversos metales.

Que para la resolución que se propicia ha tomado intervención la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero), en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 2752 de fecha 26 de diciembre de 1991 y 1283 de fecha 24 de mayo de 2003.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjase un derecho del CUARENTA POR CIENTO (40%) a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — La presente medida tendrá vigencia por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.

ANEXO






















































N.C.M.

N.C.M.

7204.10.00

8104.20.00

7204.21.00

8105.30.00

7204.29.00

8106.00.90 (2)

7204.30.00

8107.30.00

7204.41.00

8108.30.00

7204.49.00

8109.30.00

7204.50.00

8110.20.00

7404.00.00

8111.00.90 (2)

7503.00.00

8112.13.00

7602.00.00(1)

8112.22.00

7802.00.00

8112.30.00 (2)

7902.00.00

8112.40.00 (2)

8002.00.00

8112.52.00

8101.97.00

8112.92.00 (2)

8102.97.00

8113.00.90 (2)

8103.30.00
 



 
(1) Manufacturas definidas en la Nota 8 a) de la Sección XV de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).

(2) Unicamente desperdicios y desechos.

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