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Ministerio de Economia y Produccion




[b] Ministerio de Economía y Producción

EXPORTACIONES

Resolución 113/2006

Increméntase el derecho de exportación asignado a mercaderías comprendidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

Bs. As., 8/3/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0082048/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 11 de fecha 4 de marzo de 2002 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA se fijaron los derechos de exportación a diversas mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).

Que mediante la Resolución Nº 653 de fecha 18 de noviembre de 2005 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se incrementaron los derechos de exportación en DIEZ (10) puntos porcentuales a la carne bovina deshuesada fresca, refrigerada y congelada, establecidos por la resolución mencionada en el considerando anterior.

Que resulta razonable extender el incremento de los derechos de exportación a los cortes de carne bovina con hueso, a las carnes bovinas procesadas y a las conservas de carne bovina.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo previsto en la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero), en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y en el Decreto Nº 2752 de fecha 26 de diciembre de 1991.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
[b]
Artículo 1º — Increméntase en DIEZ (10) puntos porcentuales el derecho de exportación asignado a las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

[b] Art. 2º — La presente medida comenzará a regir a partir del siguiente día al de su publicación en el Boletín Oficial.

[b] Art. 3 — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.

ANEXO

0201.10.00
0201.20.10
0201.20.20
0201.20.90
0202.10.00
0202.20.10
0202.20.20
0202.20.90
1602.50.00
1602.90.00 (1)
1603.00.00 (1)

––––––––––
(1) De carne bovina.

Administracionius UNLP

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