Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Ministerio de Economía y Producción




Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 137/2005

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de la Corporación Argentina de Productores de Carnes (en liquidación), la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos S.A. (en liquidación); del "Patrimonio en Liquidación - Banco Nacional de Desarrollo"; Argentina Televisora Color S.A. (en liquidación), Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación) y Telam Sociedad Anónima Informativa y Publicitaria.

Bs. As., 11/3/2005

VISTO el Expediente N° S01:0001727/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de entes en liquidación dependientes de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que el Artículo 60 de la Ley N° 24.938, actualmente incorporado como Artículo 62 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), faculta al señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a establecer prórrogas al plazo referido en el Artículo 64 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997) modificado por el Artículo 25 de la Ley N° 24.764.

Que se encuentran incluidos en el cumplimiento de las previsiones de la normativa citada en el párrafo anterior los entes CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación), CORPORACION ARGENTINA DE PRODUCTORES DE CARNES (en disolución), "Patrimonio en Liquidación – BANCO NACIONAL DE DESARROLLO", ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), TELAM SOCIEDAD ANONIMA INFORMATIVA Y PUBLICITARIA (en liquidación) y la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), todos ellos dependientes de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial.

Que el Artículo 58 de la Ley N° 25.967 da por prorrogado todo plazo establecido por la Jefatura de Gabinete de Ministros en el marco del Artículo 62 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), para la liquidación o disolución definitiva de todo Ente, Organismo, Instituto, Sociedad o Empresa del Estado que se encuentre en proceso de liquidación de acuerdo con los Decretos Nros. 2148 de fecha 19 de octubre de 1993 y 1836 del 14 de octubre de 1994, estableciendo como fecha límite para la liquidación de los mismos el 31 de diciembre de 2005.

Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo de los entes en liquidación citados precedentemente, considerando el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2005 de los mismos.

Que ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación), y TELAM SOCIEDAD ANONIMA, INFORMATIVA Y PUBLICITARIA (en liquidación), no cuentan con los fondos suficientes para afrontar los gastos que correspondan hasta la finalización de su proceso liquidatorio, resultando necesario transferir recursos a dichos entes residuales para tal fin.

Que a esos efectos, cabe considerar que atento el saldo real de disponibilidades del "Patrimonio en Liquidación - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO", se estima conveniente reasignar los recursos genuinos disponibles de dicho ente residual, a efectos de no mantener fondos ociosos, con el consecuente perjuicio financiero para el ESTADO NACIONAL que de ello se derive.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario considerar el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2005 correspondiente a la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación), asignándole una transferencia por parte del "Patrimonio en Liquidación - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO", para afrontar los gastos inherentes a su proceso liquidatorio.

Que obra en el expediente del Visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DEHACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Artículo 49 de la Ley N° 24.156 y el Decreto N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1°
— Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de la CORPORACION ARGENTINA DE PRODUCTORES DE CARNES (en disolución), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2°
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS ($ 103.822.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS ($103.822.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3°
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS ($ 103.822.-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS ($ 103.822.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo a la presente resolución.

Art. 4°
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2005 en PESOS CIENTO TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS ($ 103.822.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5°
— Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto correspondiente al Ejercicio 2005 de la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos III y IV a la presente resolución.

Art. 6°
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 1.733.848.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 1.733.848.-), de acuerdo al detalle que figura en la planilla del Anexo IV a la presente resolución.

Art. 7°
— Estímanse en la suma de PESOS SETECIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 706.796.-) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 1.733.848.-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS UN MILLON VEINTISIETE MIL CINCUENTA Y DOS ($ 1.027.052.-), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo IV a la presente resolución.

Art. 8°
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 7° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2005 en PESOS UN MILLON VEINTISIETE MIL CINCUENTA Y DOS ($ 1.027.052.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo IV a la presente resolución.

Art. 9°
— Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 del "Patrimonio en Liquidación - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO" dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos V y VI a la presente resolución.

Art. 10.
— Estímanse en la suma de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($ 5.618.447.-) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS OCHO MILLONES QUINCE MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO ($ 8.015.425.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO ($ 2.396.978.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo VI a la presente resolución.

Art. 11.
— Estímanse en la suma de PESOS SEIS MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL CINCUENTA Y OCHO ($ 6.171.058.-) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS DOCE MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA ($ 12.418.270.-) los gastos corrientes, incluyendo una transferencia a la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 4.402.845.-), y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DOCE ($ 6.247.212.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo VI a la presente resolución.

Art. 12.
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 11 de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2005 en PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DOCE ($ 6.247.212.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo VI a la presente resolución.

Art. 13.
— Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto correspondiente al Ejercicio 2005 de ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos VII y VIII a la presente resolución.

Art. 14. — Estímanse en la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000.-) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y OCHO ($ 351.078.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETENTA Y OCHO ($ 345.078.-), de acuerdo al detalle que figura en la planilla del Anexo VIII a la presente resolución.

Art. 15.
— Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($ 356.000.-) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y OCHO ($ 351.078.-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS ($ 4.922.-), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo VIII a la presente resolución.

Art. 16.
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0,-) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 15 de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2005 en PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS ($ 4.922.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo VIII a la presente resolución.

Art. 17.
— Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos IX y X a la presente resolución, respectivamente.

Art. 18.
— Estímanse en la suma de PESOS CIENTO DOCE MIL OCHENTA Y TRES ($ 112.083.-) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y SEIS ($ 4.295.046.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES ($ 4.182.963.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo X a la presente resolución.

Art. 19.
— Estímanse en la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 4.564.248.-) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CATORCE ($ 5.127.414.-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS ($ 563.166.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo X a la presente resolución.

Art. 20.
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 19 de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2005 en PESOS QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS ($ 563.166.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo X a la presente resolución.

Art. 21.
— Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto correspondiente al Ejercicio 2005 de TELAM SOCIEDAD ANONIMA INFORMATIVA Y PUBLICITARIA (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos XI y XII a la presente resolución.

Art. 22.
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS ($ 389.772.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS ($ 389.772.-), de acuerdo al detalle que figura en la planilla del Anexo XII a la presente resolución.

Art. 23.
— Estímanse en la suma de PESOS SETECIENTOS DOCE MIL ($ 712.000.-) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS ($ 389.772.-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO ($ 322.228.-), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo XII a la presente resolución.

Art. 24.
— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 23 de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2005 en PESOS TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO ($ 322.228.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo XII a la presente resolución.

Art. 25.
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

——————
NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Ministerio de Economía y Producción