Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

MINISTERIO DE ECONOMIA




MINISTERIO DE ECONOMIA
Decreto 67/2003
Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo de la citada Jurisdicción.
Bs. As., 10/1/2003
VISTO el Expediente S01:0278585/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, los Decretos Nº 355 y Nº 357, ambos de fecha 21 de febrero de 2002; Nº 473 y Nº 475, ambos de fecha 8 de marzo de 2002, el Decreto N° 1293 de fecha 19 de julio de 2002, sus modificatorios y complementarios, lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 355 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se procedió a modificar la Ley de Ministerios.
Que mediante el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, entre otras consideraciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación en la Administración Nacional, estableciéndose las competencias de los niveles políticos de la misma.
Que la norma citada precedentemente, en su Artículo 19, estableció la obligación de presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las propuestas de estructuras organizativas de los niveles operativos de las Jurisdicciones Ministeriales y organismos descentralizados, operando una reducción en relación a la estructura vigente en lo que hace al total de cargos de conducción, según criterios de racionalidad y eficiencia.
Que en ese orden de ideas, es procedente la aprobación de la estructura organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA, la que incluye la presentación de las unidades de primer nivel operativo estrictamente indispensables para llevar adelante sus cometidos.
Que asimismo, es menester adoptar disposiciones complementarias para la inmediata puesta en marcha de la estructura organizativa propiciada.
Que resulta necesario incluir la nómina de agentes que deban ser transferidos, del MINISTERIO DE ECONOMIA al MINISTERIO DE LA PRODUCCION, definiendo los mecanismos para su efectiva implementación.
Que en el marco de la modificación de la Ley de Ministerios, operada por el Decreto Nº 355 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se incorporó, en la atención del despacho de los negocios de la Nación, al MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
Que de conformidad con las competencias asignadas a dicho Ministerio y con el objeto de asegurar la coherencia entre sus cometidos específicos y su ámbito de acción, corresponde incorporar al citado Departamento a la COMISION NACIONAL DE CONTROL DE EXPORTACIONES SENSITIVAS Y MATERIAL BELICO, cuya constitución fuera establecida por el Artículo 4º del Decreto Nº 603 de fecha 9 de abril de 1992 y sus modificaciones.
Que resulta necesario determinar ciertas medidas de excepción, con el objeto de dotar, a la conformación organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA, de las herramientas mínimas indispensables, que permitan su desarrollo en condiciones de eficacia y eficiencia, optimizando la utilización de los recursos asignados a éste.
Que independientemente de lo expuesto, corresponde establecer la transferencia del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) y de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (CNRT), del MINISTERIO DE ECONOMIA al MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, han tomado la intervención que les compete.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 19 y 58 de la Ley Nº 25.565.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, modificado entre otros, por los Decretos Nº 475 de fecha 8 de marzo de 2002 y Nº 1293 de fecha 19 de julio de 2002, sus modificatorios y complementarios - Objetivos - el Apartado XVI, correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA, los que quedarán redactados de conformidad con las planillas anexas a este artículo y que forman parte integrante de la presente medida.
Art. 2º — Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMIA, de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidades Primarias y Acciones, y Dotación, que como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, Ig, Ih, II, IIIa y IIIb, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 3º — En un plazo de SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente decreto, el señor Ministro de Economía deberá aprobar las aperturas inferiores de las unidades organizativas que se aprueban por la presente medida.
Hasta tanto ello ocurra, mantiénese la vigencia de las aperturas inferiores existentes vigentes a la fecha de la publicación del presente decreto, con suy el personal,sus niveles y grados de revista correspondientes así comoasí como los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas, excepto aquellos alcanzados por las disposiciones del artículo precedente.
Art. 4º — Transfiérese de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, al personal con sus cargos, niveles y grados de revista vigentes, así como también los correspondientes niveles de Funciones Ejecutivas, de conformidad con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo.
Art. 5º — La transferencia a la que se refiere el artículo precedente, se hará efectiva a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la estructura organizativa del MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
Art. 6º — El INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA, mantendrá la organización aprobada por el Decreto Nº 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996, sus normas modificatorias y complementarias, hasta tanto apruebe su estructura organizativa, en los términos del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002.
Art. 7º — Establécese que la coordinación de la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO - INDER - (EN LIQUIDACION) será ejercida por intermedio de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Art. 8º — Exceptúase, al MINISTERIO DE ECONOMIA, de las limitaciones dispuestas por el Artículo 19 de la Ley Nº 25.565, respecto de los cargos del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas, que sean previstos para dicha jurisdicción, en el marco de la adecuación organizacional que se inicia por el presente decreto .
Art. 9º — Sustitúyese el primer párrafo del Artículo 4º del Decreto Nº 603 de fecha 9 de abril de 1992, sus modificaciones, por el siguiente texto :
"La COMISION NACIONAL DE CONTROL DE EXPORTACIONES SENSITIVAS Y MATERIAL BELICO estará constituida en todos los casos por los Ministros de Defensa, de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y de la Producción, o por el funcionario que cada uno de ellos designe en su reemplazo."
Art. 10. — Transfiérese al ámbito del MINISTERIO DE LA PRODUCCION la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (CNRT) y el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), comprendiendo las unidades organizativas con sus respectivas competencias, cargos, dotaciones, créditos presupuestarios y bienes.
Art. 11. — Facúltase a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA, a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para perfeccionar el cumplimiento de las disposiciones del presente decreto.
Art. 12. — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, las erogaciones a que dé lugar el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto, serán atendidas con los créditos asignados a la Jurisdicción 50.00 - MINISTERIO DE ECONOMIA.
Art. 13. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna. — Aníbal D. Fernández.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
SECRETARIA DE FINANZAS
OBJETIVOS
1.- Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros.
2.- Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A. y el BANCO HIPOTECARIO S.A. con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
3.- Coordinar la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales, extranjeros, multilaterales, públicos y privados y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones financieras en el exterior.
4.- Coordinar la administración de la deuda pública y elaborar las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público con la SECRETARIA DE HACIENDA.
5.- Establecer las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL.
6.- Participar en los aspectos financieros de los Fondos Fiduciarios en los que el ESTADO NACIONAL sea parte.
7.- Supervisar las acciones para coordinar la venta de los paquetes accionarios y otros activos financieros en poder del ESTADO NACIONAL.
8.- Coordinar y ejecutar las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el ESTADO NACIONAL sea socio minoritario y estén en proceso total de privatización e instruir a los representantes del ESTADO NACIONAL en las citadas empresas.
9.- Dirigir y supervisar el sistema de crédito público y ejercer con la SECRETARIA DE HACIENDA las funciones de órgano responsable de la coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
10.- Preservar el crédito público.
11.- Intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
12.- Coordinar las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
OBJETIVOS
1.- Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios financieros, en particular los referidos a: seguros, sistema integrado de jubilaciones y pensiones, mercado de valores y sistemas de liquidación de operaciones públicos y privados en función de las políticas de apertura externa y desregulación.
2.- Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A. y el BANCO HIPOTECARIO S.A. con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
3.- Asistir en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones y en las cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el ESTADO NACIONAL sea socio minoritario y estén en proceso total de privatización e instruir a los representantes del ESTADO NACIONAL en las citadas empresas.
4.- Asistir en las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
OBJETIVOS
1.- Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.
2. - Ejecutar las políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, multilaterales, públicos y privados y asistir en la coordinación de las representaciones financieras en el exterior.
3.- Asistir al Secretario de Finanzas en la dirección y supervisión del sistema de crédito público y en la ejecución de las funciones de órgano responsable de los sistemas de administración financiera.
4.- Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.
5.- Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales y el registro del endeudamiento público. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.
6.- Ejecutar las acciones necesarias para coordinar la venta de los paquetes accionarios y otros activos financieros en poder del ESTADO NACIONAL.
7.- Asistir al Secretario de Finanzas en las acciones orientadas a preservar el crédito público.
SECRETARIA DE HACIENDA
OBJETIVOS
1.- Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad, y ejercer con la SECRETARIA DE FINANZAS, las funciones de Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
2.- Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.
3.- Entender en la definición de las necesidades de financiamiento del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
4.- Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Nacional.
5.- Proponer la política salarial del Sector Público Nacional.
6.- Coordinar los aspectos contables entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
7.- Intervenir en los procesos de Reforma y Transformación del Estado.
8.- Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
9.- Conducir todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales, en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
10.- Coordinar la asistencia a las provincias en lo que es materia de su competencia.
11.- Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía regional.
12.- Entender en el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social.
13.- Entender en el diseño de regímenes de promoción económica con responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que se persigan a través de los mismos.
14.- Supervisar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.
15.- Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados del ámbito de su competencia.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
OBJETIVOS
1.- Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.
2.- Coordinar el desarrollo y aplicación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.
3.- Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.
4.- Coordinar la política salarial del Sector Público Nacional y la participación en el desarrollo de las negociaciones colectivas de trabajo del mismo.
5.- Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Física y Financiera.
6.- Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
7.- Asistir a la SECRETARIA DE HACIENDA en los procesos de Reforma y Transformación del Estado.
8.- Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
9.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS
OBJETIVOS
1.- Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA y de otros Ministerios, todos los aspectos relacionados con la programación económica regional.
2.- Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para el apoyo del desarrollo regional.
3.- Coordinar la instrumentación de un banco único de datos económicos y sociales sobre provincias y economías regionales.
4.- Realizar estudios sobre economías regionales.
5.- Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo regional.
6.- Coordinar los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales en la relación entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión financiera de las Provincias y Municipios que permita su integración a las cuentas nacionales.
7.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.
8.- Coordinar todo lo atinente a opciones de cooperación y asistencia nacional e internacional, bilaterales y multilaterales, disponibles para las provincias y municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y financieras.
9.- Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.
10.- Ofrecer asistencia técnica a las provincias, en la formulación de programas de desarrollo regional.
11.- Participar con los organismos correspondientes en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal.
12.- Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
OBJETIVOS
1.- Coordinar el diseño de un sistema impositivo aduanero, y de los recursos de la seguridad social, adecuado a las circunstancias de orden económico y social. Asegurar la correcta interpretación de las normas tributarias.
2.- Asistir en el diseño de regímenes de promoción económica con responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que se persigan a través de los mismos, actuando como autoridad de control en la utilización de beneficios promocionales a partir de la información suministrada por los organismos de aplicación y fiscalización competentes en la materia y de aplicación cuando las normas respectivas así lo establezcan.
3.- Coordinar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera con el fin de armonizar la aplicación de las normas nacionales con las vigentes internacionalmente, e intervenir en aquellos que traten recursos de la seguridad social. Asimismo coordinar los aspectos impositivos y aduaneros referidos a la armonización tributaria en procesos de integración regional.
4.- Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
OBJETIVOS
1.- Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la planificación de la política económica.
2.- Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos institucionales que aseguren la sistematicidad, coherencia, unidad y organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la jurisdicción ministerial.
3.- Efectuar el seguimiento global del cumplimiento de las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de la jurisdicción ministerial, desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.
4.- En su carácter de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, creado por la Ley Nº 24.354, dictar las normas de instrumentación complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación del mismo.
5.- Dirigir la actualización del Banco de Proyectos de Inversión Pública y ordenar los estudios que permitan definir las prioridades en cuanto a la asignación de recursos, en forma compatible con los requerimientos estratégicos.
6.- Articular las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, a los fines de asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos estratégicos de la política económica.
7.- Entender en la determinación de los objetivos de política económica y elaborar las pautas que den sentido orientador al esquema de reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA.
8.- Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y participar en el diseño de las políticas de coordinación macroeconómica con otros espacios económicos integrados.
9.- Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.
10.- Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida y de pobreza de la población. Asimismo a partir del procesamiento de encuestas y estadísticas, realizar diagnósticos sobre el empleo y la distribución del ingreso.
11.- Evaluar el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.
12.- Conducir a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS el Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales. Elaborar las estadísticas socioeconómicas, secundarias, las cuentas nacionales e internacionales y los análisis y estudios que deriven de ellos.
13.- Entender en la formulación y ejecución de la política arancelaria.
14.- Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación.
15.- Intervenir en la definición de las políticas de comercio exterior de la Nación y en las funciones inherentes a las negociaciones económicas y comerciales internacionales, ya sean bilaterales, regionales o multilaterales en particular en los aspectos comerciales e industriales de la integración regional y/o convenios especiales con otros países.
16.- Intervenir en la elaboración de las normas e instrumentos vinculados al comercio exterior.
17.- Intervenir en los regímenes de precios índices y mecanismos antidumping y otros instrumentos de regulación del comercio exterior.
18.- Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y no bilaterales, asegurando el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.
19.- Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena administración de los préstamos con los organismos internacionales de crédito.
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA
OBJETIVOS
1.- Proponer y coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de la jurisdicción.
2.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la jurisdicción ministerial y proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos.
3.- Elaborar y proponer los instrumentos que permitan elevar los niveles de coherencia y complementariedad de los fines, así como también la coordinación y mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en el ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto a nivel central como descentralizado.
4.- Asistir al Secretario de Política Económica en la articulación de las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA, se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, a los fines de asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos estratégicos de la política económica.
5.- Coordinar los estudios sobre la caracterización e implicancias del gasto social y evaluarlos en términos de eficiencia y eficacia.
6.- Dirigir la consolidación de estadísticas de gasto social público, a nivel nacional, provincial y municipal.
7.- Evaluar el desarrollo de programas sociales.
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
OBJETIVOS
1.- Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la economía global y sectorial.
2.- Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica y efectuar el análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas.
3.- Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.
4.- Coordinar la elaboración de estrategias de Inversión Pública de mediano y largo plazo compatibles con las metas de crecimiento y desarrollo económico y social.
5.- Representar a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en los grupos de trabajo y comisiones en el marco del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), en los temas vinculados con su competencia específica.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1.- Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción Ministerial y fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus organismos descentralizados.
2.- Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas del área de su competencia.
3.- Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la jurisdicción.
4.- Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y sumarios administrativos disciplinarios.
5.- Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del área de su competencia, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.
6.- Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del Sector Público Nacional.
7.- Entender en la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
8.- Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público.
9.- Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.
10.- Coordinar las relaciones entre la CASA DE MONEDA S.E. y la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
OBJETIVOS
1.- Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
3.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos.
4.- Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.
5.- Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.
6.- Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
7.- Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción ministerial.
8.- Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del Tesoro Nacional.
9.- Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
10.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.
11.- Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.
12.- Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.
13.- Asistir en la coordinación de las relaciones entre la CASA DE MONEDA S.E. y la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA LEGAL
OBJETIVOS
1.- Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.
2.- Ordenar la instrucción de los sumarios administrativo-disciplinarios.
SECRETARIA DE ENERGIA OBJETIVOS 1.- Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de energía, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución.
2.- Intervenir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuando éstos tengan una vinculación funcional con la Secretaría, y en la supervisión del cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.
3.- Atender, cuando corresponda, los recursos de carácter administrativo que se interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades específicas.
4.- Conducir las acciones tendientes a aplicar la política sectorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos operadores al interés general respetando la explotación racional de los recursos y la preservación del ambiente.
5.- Promover y participar en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos crediticios internacionales.
6.- Efectuar la propuesta y control de la ejecución de la política nacional de hidrocarburos, carbón mineral y otros combustibles, en lo que hace a la promoción y regulación de sus etapas de exploración, explotación, transporte y distribución, en coordinación con las demás áreas competentes.
7.- Estudiar y analizar el comportamiento del mercado desregulado de hidrocarburos y carbón mineral, promoviendo políticas de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos.
8.- Promover y supervisar la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas de la industria petrolera.
9.- Entender en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos crediticios internacionales.
SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA
OBJETIVOS
1.- Efectuar las propuestas y control de ejecución de las políticas sectoriales.
2.- Monitorear las relaciones con y entre los diferentes operadores del sistema eléctrico, asegurando la adecuada información acerca de las condiciones de demanda y oferta en el corto, mediano y largo plazo.
3.- Evaluar recursos naturales disponibles para el aprovechamiento energético, asistir en la elaboración de las propuestas relativas a las normativas específicas para las distintas etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental en coordinación con las áreas competentes y promocionar programas conducentes al uso racional de la energía y al desarrollo de las fuentes nuevas y renovables.
4.- Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuando éstos tengan una vinculación funcional con el área.
5.- Asistir en la resolución de los recursos de carácter administrativo que se interpongan en contra del accionar de las actividades específicas de los Entes Reguladores, cuando éstos tengan una vinculación funcional con el área.
6.- Conducir, en el ámbito de su competencia, las acciones tendientes a aplicar la política sectorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos operadores al interés general respetando la explotación racional de los recursos y la preservación del ambiente.
7.- Asistir, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos crediticios internacionales.
SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
OBJETIVOS
1.- Asistir en la propuesta y control de la ejecución de la política nacional de hidrocarburos, carbón mineral y otros combustibles, en lo que hace a la promoción y regulación de sus etapas de exploración, explotación, transporte y distribución, en coordinación con las demás áreas competentes.
2.- Asistir en el estudio y análisis del comportamiento del mercado desregulado de hidrocarburos y carbón mineral, promoviendo políticas de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos.
3.- Asistir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, así como también entender en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su finalización.
4.- Asistir en la promoción y supervisión de la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas de la industria petrolera y ejecutar las demás acciones de control y fiscalización, previstas para la autoridad de aplicación de la Ley Nº 17.319 y el Decreto Nº 44 de fecha 7 de enero de 1991 y ejercer el poder de policía en materia de gas envasado.
5.- Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuando éstos tengan una vinculación funcional con el área.
6.- Asistir en la resolución de los recursos de carácter administrativo que se interpongan en contra del accionar de las actividades específicas de los Entes Reguladores, cuando éstos tengan una vinculación funcional con el área.
7.- Conducir, en el ámbito de su competencia, las acciones tendientes a aplicar la política sectorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos operadores al interés general respetando la explotación racional de los recursos y la preservación del ambiente.
8.- Asistir, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos crediticios internacionales.
SECRETARIA DE COMUNICACIONES
OBJETIVOS
1.- Asistir al Ministro de Economía en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas a aplicar en el ámbito de las comunicaciones y actividades postales de la Nación, tendientes a lograr la actualización tecnológica de dichos servicios.
2.- Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de su competencia, y en la supervisión del cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.
3.- Coordinar y asistir en la supervisión de la ejecución por parte del ente de control correspondiente de las políticas que en materia de comunicaciones o postal se fijen.
4.- Coordinar y generar propuestas sobre el desarrollo de mecanismos y sistemas, para la protección de los derechos de los clientes y usuarios, en materia de comunicaciones y postal.
5.- Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.
6.- Asistir en lo vinculado con regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría.
7.- Elaborar los proyectos de reglamentos generales para la prestación de los servicios de comunicaciones y postales previstos en los respectivos marcos regulatorios.
8.- Entender en el otorgamiento y declaración de la caducidad de las licencias de servicios de telecomunicaciones, a las que no corresponda régimen de exclusividad; otorgar las previstas por el punto 8.10 del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto Nº 62 de fecha 5 de enero de 1990 y sus modificatorios y otorgar y declarar la caducidad de las autorizaciones o permisos, pudiendo delegar facultades en las autoridades superiores de los entes de su dependencia.
9.- Aprobar el «Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico de la REPUBLICA ARGENTINA».
10.- Ejercer la representación de la REPUBLICA ARGENTINA ante los organismos y entidades internacionales de telecomunicaciones y postales, coordinar la participación del sector privado en los mismos, si así correspondiera, y ejercer las atribuciones de signatario y parte de INTELSAR e INMARSAT.
11.- Aprobar y administrar los planes técnicos fundamentales y las normas de interconexión a los que se refiere el Artículo 6º, incisos c) y n), del Decreto Nº 1185 de fecha 22 de junio de 1990 y sus modificatorios.
12.- Atraer a su órbita de competencia la promoción y control de las actividades de experimentación de los particulares, entre ellas la de los radioaficionados.
13.- Asistir al Ministro de Economía en la supervisión del accionar de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
 








 
ANEXO II
UNIDAD MINISTRO
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.
ACCIONES
1.- Establecer la planificación de la auditoría interna de la jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y Auditoría Interna.
2.- Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.
3.- Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.
4.- Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.
5.- Tomar conocimiento integralmente de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.
6.- Verificar si en las erogaciones e ingresos de la jurisdicción, se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.
7.- Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
8.- Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
9.- Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
10.- Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.
11.- Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.
12.- Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
13.- Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
UNIDAD MINISTRO
UNIDAD DE COORDINACION DE FIDEICOMISOS DE INFRAESTRUCTURA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al señor Ministro de Economía en la aplicación y afectación eficiente de los recursos de los fideicomisos creados para promover la participación privada en el desarrollo de infraestructura, a cuyo fin ejercerá la coordinación y supervisión del accionar de los distintos entes intervinientes.
ACCIONES
1.- Asistir al señor Ministro de Economía en su carácter de Autoridad de Aplicación de los Decretos Nº 1377 de fecha 1 de noviembre de 2001 y Nº 1381 de fecha 1 de noviembre de 2001 y sus respectivas modificaciones, reglamentaciones y demás normas complementarias.
2.- Realizar la planificación financiera del sistema e informar al señor Ministro de Economía acerca de los cupos de contratación en función de la disponibilidad de fondos.
3.- Proponer al señor Ministro de Economía la incorporación de nuevos beneficiarios a los fideicomisos bajo su gestión.
4.- Proponer al señor Ministro de Economía la contratación de servicios, tareas de asesoramiento, consultorías, auditorías, mediciones de riesgo y demás contratos que sean necesarios o convenientes para la gestión de la Unidad de Coordinación de Fideicomisos de Infraestructura y de los fideicomisos destinados al financiamiento de infraestructura creados o a crearse.
5.- Verificar el cumplimiento de las contraprestaciones y de la constitución y mantenimiento de la reserva de liquidez dispuestas para los fideicomisos creados.
6.- Intervenir en la programación de las licitaciones con financiamiento de los fideicomisos.
7.- Proponer y asistir al señor Ministro de Economía en la gestión, negociación y diseño de operaciones de crédito y líneas de garantías o contingentes, con destino a las contrataciones de obras y/o servicios vinculados al objeto de cada fideicomiso y/o de los fideicomisos creados o a crearse.
8.- Proponer modificaciones al señor Ministro de Economía de los respectivos contratos de fideicomiso.
9.- Informar al señor Ministro de Economía, con periodicidad, acerca de los pagos realizados en el período y los recursos disponibles.
10.- Proponer al señor Ministro de Economía las acciones necesarias para la realización y concreción de eventuales capitalizaciones de los fideicomisos.
11.- Requerir informes, evaluaciones y dictámenes de los distintos entes contratantes.
12.- Responder las consultas que formulen los organismos del ESTADO NACIONAL, Provincial o Municipal respecto del funcionamiento de los fideicomisos.
13.- Mantener actualizado el soporte documental de las actividades de la Unidad de Coordinación de Fideicomisos de Infraestructura y publicar en forma continua en Internet la información relevante sobre las actividades de la Unidad de Coordinación de Fideicomisos de Infraestructura.
14.- Proponer al señor Ministro de Economía modificaciones tendientes a la normalización de los instrumentos legales que intervienen en los procesos de selección y contratación de proyectos.
UNIDAD MINISTRO
SECRETARIA PRIVADA Y CEREMONIAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al señor Ministro en lo relativo a los trámites administrativos originados en la correspondencia dirigida a su nombre.
Asistir al señor Ministro en todo lo concerniente a ceremonial y protocolo, requiriendo de las dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA, o en su caso de otros organismos, la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
Organizar y mantener un sistema de información que permita el seguimiento de los trámites que se desarrollen dentro de la Secretaría Privada.
ACCIONES
1.- Coordinar y mantener actualizada la agenda del señor Ministro.
2.- Asistir al señor Ministro en lo relativo a los trámites administrativos originados en la correspondencia dirigida a su nombre.
3.- Organizar y mantener un sistema de información que permita el seguimiento de los trámites que se desarrollen dentro de la Secretaría Privada.
4.- Organizar y mantener un sistema de información y archivo de documentación relativa a las solicitudes de audiencias recibidas y trámites administrativos que se originen en la correspondencia enviada al señor Ministro.
5.- Monitorear el desarrollo y conclusión de los trámites originados por el área o que estén relacionados con cuestiones relativas a la Unidad Ministro.
6.- Efectuar el análisis y derivación a los organismos competentes de aquellas solicitudes cuyos temas no hicieran necesario la intervención directa del señor Ministro.
7.- Intervenir en la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o reunión a la que asista el señor Ministro.
8.- Entender en temas propios a las actividades protocolares de concertación, preparación y atención que involucre la recepción de visitas extranjeras, ya sea delegaciones oficiales o privadas.
9.- Coordinar con las distintas áreas con competencia en la materia, la participación del señor Ministro de Economía en actos y ceremonias oficiales o públicas.
10.- Efectuar lo vinculado a los aspectos de su competencia en los viajes que realice el señor Ministro al interior o exterior del país.
11.- Asistir, en los casos que le sea requerido, a los funcionarios del MINISTERIO DE ECONOMIA, en temas relativos al ceremonial y protocolo.
12.- Intervenir, según lo determine la superioridad, en toda reunión, simposio, congreso o acontecimiento internacional, nacional o provincial, al cual asista el señor Ministro o delegue su representación.
UNIDAD MINISTRO
OFICINA DE PRENSA Y DIFUSION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar la centralización y dirigir la difusión de la información del área económica del MINISTERIO DE ECONOMIA.
ACCIONES
1.- Coordinar la centralización y suministrar a todos los medios de difusión nacionales y extranjeros la información producida por el Ministerio y demás organismos que lo integran.
2.- Participar en la organización de las reuniones de prensa y actos de difusión.
3.- Efectuar la organización editorial en todas las etapas requeridas para la producción de las publicaciones del MINISTERIO DE ECONOMIA que, por su naturaleza y contenido, resulte de interés nacional difundir en el país y en el exterior.
4.- Organizar y mantener en funcionamiento regular las estructuras que sirvan al objetivo de difusión informativa del Ministerio, así como también, la Sala de Periodistas.
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Programar, ejecutar y controlar las Operaciones de Crédito Público del Sector Público Nacional.
ACCIONES
1.- Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera que, para el Sector Público Nacional, elabore el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera.
2.- Entender en la formulación y mantenimiento de un sistema de información a los mercados financieros internos y externos, manteniendo las relaciones con los participantes de los mismos, los organismos de control y las agencias de calificación de riesgo crediticio.
3.- Asesorar y sugerir mecanismos para el fortalecimiento del Crédito Público.
4.- Coordinar las operaciones de financiamiento del Sector Público Nacional.
5.- Normalizar los procedimientos de emisión, colocación y rescate de empréstitos, así como los de negociación, contratación y amortización de préstamos, en todo el ámbito del Sector Público Nacional.
6.- Apoyar y orientar las negociaciones que se realicen para emitir empréstitos o contratar préstamos e intervenir en las mismas.
7.- Intervenir, en los aspectos vinculados al crédito público, en la formulación del proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional.
8.- Intervenir en las operaciones de Crédito Público del Tesoro Nacional.
9.- Preparar los proyectos de contratos de la Administración Pública Centralizada y organismos descentralizados a excepción de aquéllos con los organismos multilaterales de crédito.
10.- Realizar la negociación de contratos de crédito público, incluyendo la colocación de empréstitos, tanto internos como externos.
11.- Requerir de los organismos que gestionan operaciones de crédito público, información completa sobre los objetivos perseguidos, destino específico de los recursos, viabilidad de la operación y mecanismos que aseguren el repago.
12.- Dictaminar sobre los proyectos de contratos de crédito público de las Empresas y Sociedades del Estado.
13.- Participar en la negociación de contratos de crédito público interno y externo de las Empresas y Sociedades del Estado.
14.- Analizar la composición por moneda y tipo de interés de la Deuda Pública, así como posibilidades de arbitraje que hagan a un adecuado manejo de la misma.
15.- Ejecutar las operaciones de manejo de pasivos.
16.- Desarrollar un sistema de medición de riesgos financieros de los pasivos del Gobierno Nacional.
17.- Monitorear el comportamiento del mercado secundario de los instrumentos de crédito público, tanto en el país como en el exterior.
18.- Mantener un registro actualizado sobre el endeudamiento público debidamente integrado al sistema de contabilidad gubernamental.
19.- Llevar el registro de la emisión y seguimiento de los avales otorgados por el Tesoro Nacional, así como el estado de vigencia de los mismos.
20.- Ejercer el control y supervisión del destino de los fondos provenientes de la utilización del crédito interno y externo, cuando la operación determine una utilización específica. Controlar que los recursos provenientes de las operaciones de crédito público cumplan el destino y las condiciones estipuladas en los distintos contratos.
21.- Atender todo lo relativo a la consolidación de la Deuda Pública dispuesta por la Ley Nº 23.982 y sus modificatorias y complementarias, originada en las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional.
SECRETARIA DE HACIENDA
DIRECCION OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Programar, ejecutar, registrar y controlar la ejecución de las partidas presupuestarias asignadas a la jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro y ejercer las funciones de coordinación de los programas presupuestarios de la SECRETARIA DE HACIENDA, en sus fases de elaboración, ejecución y control, todo ello de acuerdo con lo puntualmente determinado por la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y en el contexto de la normativa general.
ACCIONES
1.- Aplicar y controlar los procedimientos administrativos-contables a la ejecución presupuestaria de la jurisdicción 91, siendo responsable del estado de compromisos y fondos disponibles conforme el Presupuesto de Gastos y Recursos correspondiente.
2.- Elaborar los estados contables mensuales y la Cuenta de Inversión Anual de la jurisdicción.
3.- Cumplimentar lo dispuesto en el Decreto Nº 1929 de fecha 15 de setiembre de 1993.
4.- Asistir en la elaboración, y consolidar la información para el anteproyecto de Presupuesto de los Programas correspondientes a la SECRETARIA DE HACIENDA.
5.- Controlar y evaluar la ejecución presupuestaria de los Programas de la SECRETARIA DE HACIENDA.
6.- Ejercer las funciones de enlace permanente con la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL en lo vinculado con los recursos humanos, financieros y patrimoniales asignados a la SECRETARIA DE HACIENDA, tomando la pertinente intervención en las tramitaciones y actos administrativos a que hubiere lugar en cumplimiento de la reglamentación vigente.
7.- Asesorar, en materia de su competencia, al señor Secretario de Hacienda.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
UNIDAD DE INFORMATICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en todo lo relacionado con la planificación, integración y administración de la plataforma informática y de comunicaciones, el desarrollo de sistemas, la capacitación, apoyo a usuarios y asesoría informática para la SECRETARIA DE HACIENDA y unidades organizacionales vinculadas al Sistema de Administración Financiera, con vistas a lograr eficacia y eficiencia en el procesamiento de la información.
ACCIONES
1.- Entender en la formulación de la estrategia y planes informáticos a corto y mediano plazo.
2.- Dar soporte y asesoramiento informático a las autoridades, administradores de sistemas de los distintos sectores y usuarios finales.
3.- Ejecutar las acciones destinadas a asegurar el correcto funcionamiento del equipamiento informático central y su vinculación con los de las unidades del Sector Público Nacional que participan del Sistema de Administración Financiera.
4.- Entender en la definición y/o adaptación de metodologías y normas de desarrollo de sistemas y su documentación, así como en la selección de la plataforma informática y el ambiente de desarrollo y ejecución de los sistemas.
5.- Intervenir en la definición de la plataforma de comunicaciones que permita la vinculación a nivel sistemas con los Servicios Administrativos Financieros del Sector Público Nacional.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Planificar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento del sistema presupuestario del Sector Público Nacional.
ACCIONES
1.- Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el Sector Público Nacional, elabore la SECRETARIA DE HACIENDA.
2.- Elaborar y proponer al Subsecretario de Presupuesto la política presupuestaria del Sector Público Nacional.
3.- Preparar el proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional y fundamentar su contenido.
4.- Dictar las normas técnicas para la formulación, modificación y evaluación de los presupuestos de la Administración Nacional y las Empresas Públicas.
5.- Aprobar, juntamente con la Tesorería General de la Nación, la programación de la ejecución del presupuesto de la Administración Nacional preparada por las jurisdicciones y entidades que la conforman.
6.- Coordinar los procesos de ejecución presupuestaria.
7.- Presentar a consideración del Subsecretario de Presupuesto o aprobar, según lo determinen las reglamentaciones, las solicitudes de modificaciones presupuestarias presentadas por las jurisdicciones y entidades ejecutoras de los respectivos presupuestos.
8.- Normatizar y evaluar la ejecución de los presupuestos.
9.- Elaborar y elevar el presupuesto consolidado del Sector Público Nacional y efectuar proyecciones financieras del Sector Público Nacional y de sus subsectores integrantes.
10.- Informar los proyectos de presupuesto de las Empresas Públicas y elevarlos para su aprobación por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
11.- Asesorar en materia presupuestaria a todos los organismos del Sector Público Nacional.
12.- Preparar la información presupuestaria prevista por la Ley Nº 24.629 (Normas para la ejecución del Presupuesto y la Reorganización Administrativa).
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
DIRECCION NACIONAL DE OCUPACION Y SALARIOS DEL SECTOR PUBLICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Analizar, coordinar y fiscalizar la elaboración de niveles salariales y sistemas de remuneraciones del Sector Público Nacional, en el marco de la política salarial establecida por el Gobierno Nacional.
Participar en el desarrollo, coordinación y ejecución del Sistema Integrado de Información Física y Financiera en la parte correspondiente a los recursos humanos y salariales.
Atender las tareas de apoyo técnico y administrativo necesarias para el funcionamiento de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.
ACCIONES
1.- Analizar las propuestas sobre modificaciones salariales o retributivas en el Sector Público Nacional, determinando sus costos e incidencias presupuestarias, proponiendo alternativas para su financiamiento.
2.- Intervenir en las negociaciones salariales del Sector Público en representación del Estado con el alcance establecido en las Leyes Nros. 14.250, 24.185 y la normativa reglamentaria.
3.- Implementar y administrar la Plataforma Mínima de Información Salarial Presupuestaria en los términos del Decreto Nº 645 del 4 de mayo de 1995 y el Artículo 72 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) y desarrollar a partir de la misma el Sistema Integrado de Recursos Humanos.
4.- Coordinar con la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la definición e implementación de sistemas de procesamiento integral de Recursos Humanos del Sector Público.
5- Administrar el Sistema de Formulación de Presupuesto de Gastos en Personal (PROA).
6.- Mantener información actualizada de ocupación y salarios del Sector Público.
7.- Elaborar estadísticas relacionadas con los temas de su competencia.
8.- Mantener las relaciones que correspondan con el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, en el marco del Sistema Estadístico Nacional (Decreto Nº 1831 de fecha 1 de setiembre de 1993 y sus modificatorias, Anexo I, punto 14).
9.- Asistir y asesorar técnicamente en el análisis de los temarios de las reuniones con organismos nacionales o internacionales en los que traten asuntos que se refieran o afecten temas de su competencia.
10.- Entender en las funciones de la Secretaría de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
TESORERIA GENERAL DE LA NACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Planificar, dirigir, coordinar y evaluar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional No Financiero.
ACCIONES
1.- Participar en la formulación de los aspectos monetarios de la política financiera que elabore la SECRETARIA DE HACIENDA para el Sector Público Nacional.
2.- Elaborar juntamente con la Oficina Nacional de Presupuesto la programación de la ejecución del presupuesto de la Administración Nacional y programar el flujo de fondos de la Administración Central.
3.- Centralizar la recaudación de los recursos del Tesoro Nacional y disponer los pagos de las obligaciones que se generen.
4.- Administrar el fondo unificado de la Administración Nacional y la Cuenta Unica del Tesoro.
5.- Elaborar anualmente y por períodos, el presupuesto de caja del Sector Público Nacional no financiero y realizar el seguimiento de evaluación de su ejecución.
6.- Emitir opinión previa sobre las inversiones temporales de fondos que realicen las entidades del Sector Público Nacional no financiero en instituciones financieras del país o del extranjero.
7.- Custodiar los títulos y valores de propiedad de la Administración Central o de terceros, que se pongan a su cargo.
8.- Proponer la colocación de instrumentos de financiamiento de corto plazo.
9.- Ejercer la supervisión técnica de todas las tesorerías que operen en el ámbito del Sector Público Nacional No Financiero.
10.- Incorporar el registro del movimiento diario de fondos operado en la Caja y Cuentas Bancarias administradas por el Tesoro Nacional al Sistema Integrado de Información Financiera.
11.- Efectuar el recupero de créditos y la gestión de cobranzas de las contribuciones y otros recursos no tributarios que deban ingresar al Tesoro Nacional.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
CONTADURIA GENERAL DE LA NACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Prescribir, dirigir, coordinar, sustentar y evaluar el desarrollo y aplicación del Sistema de Contabilidad Gubernamental en el ámbito del Sector Público Nacional.
ACCIONES
1.- Establecer las normas de contabilidad gubernamental para el Sector Público Nacional, determinando la metodología contable a aplicar y la periodicidad, estructura y características de los estados contables y financieros a producir por los entes alcanzados.
2.- Prescribir sistemas contables a ser desarrollados e implantados por los entes públicos, de acuerdo a su naturaleza jurídica, características operativas y requerimientos de información y evaluar su funcionamiento.
3.- Asesorar y asistir técnicamente a las entidades públicas en la aplicación del sistema de contabilidad gubernamental.
4.- Coordinar los procedimientos necesarios que posibiliten el registro contable primario de las actividades desarrolladas por los entes que conforman el Sector Público Nacional.
5.- Llevar la contabilidad general de la Administración Central, consolidando datos de los servicios jurisdiccionales, a efectos de producir estados contables y financieros.
6.- Administrar un sistema de información financiera que permita conocer permanentemente la gestión presupuestaria, de caja y patrimonial, y los resultados operativo, económico y financiero de la Administración Central, de cada entidad descentralizada y del Sector Público Nacional en su conjunto.
7.- Elaborar las cuentas económicas del Sector Público Nacional de acuerdo con el sistema de cuentas nacionales.
8.- Preparar anualmente la Cuenta de Inversión, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 75, Inciso 8° de la CONSTITUCION NACIONAL.
9.- Mantener el archivo general de documentación financiera de la administración nacional.
10.- Coordinar con las provincias y con el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES los aspectos inherentes a los sistemas de información financiera que permitan consolidar la información contable de todo el Sector Público Argentino.
11.- Organizar y mantener un sistema permanente de compensación de deudas de los entes del Sector Público Nacional.
12.- Elaborar trabajos de investigación contable sobre la base de relevamientos de la legislación comparada a nivel nacional e internacional a los fines de perfeccionar la gestión del Sector Público Nacional.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS
DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar la coordinación de todo lo referente a los aspectos fiscales y financieros de la relación entre la Nación y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales, a fin de asegurar la integración y compatibilización con las Cuentas Públicas Nacionales.
Realizar el seguimiento y proyección de las Cuentas Públicas Locales, a través de la instrumentación de un Sistema de Información de Gestión Financiera.
Coordinar el relevamiento del endeudamiento provincial y municipal, y evaluar su impacto en las finanzas públicas.
ACCIONES
1.- Coordinar los aspectos fiscales y financieros de la relación entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y su compatibilización con las Cuentas Fiscales Nacionales.
2.- Intervenir en la puesta en marcha del sistema de información de Gestión Financiera Provincial y Municipal, compatible con los sistemas de información financiera provinciales que se diseñen en el marco de la Ley Nº 24.156, a efectos de compilar, sistematizar y analizar la información fiscal y financiera vinculada con los Sectores Públicos Provinciales y Municipales.
3.- Efectuar la coordinación y compatibilización de las políticas fiscales nacionales y provinciales elaborando propuestas de Regímenes de Coparticipación de Impuestos Nacionales, transferencias de la Administración Nacional, reformas tributarias nacionales, refinanciación de pasivos, seguimiento de las metas fiscales y financieras acordadas con las Jurisdicciones Provinciales.
4.- Intervenir en el diseño y seguimiento de los acuerdos celebrados y a celebrarse entre el ESTADO NACIONAL y los Gobiernos Provinciales, en lo que respecta a los aspectos financieros y fiscales que involucran a cada nivel de Gobierno.
5.- Analizar e implementar los aspectos financieros de la transferencia de los Sistemas Provinciales de Previsión Social al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) y realizar el estudio de alternativas para su financiamiento.
6.- Intervenir en el diseño, elaboración y seguimiento de los programas financiados por Organismos Multilaterales de Crédito en relación a los aspectos fiscales y financieros de las provincias, a efectos de homogeneizar las políticas públicas nacionales.
7.- Participar en Comisiones, Consejos y/u Organismos de carácter federal con intervención del Gobierno Nacional, que traten temas relativos a las relaciones fiscales y financieras entre el ESTADO NACIONAL y los Estados Provinciales y Municipales.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS
DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar el análisis sistemático de la situación regional, a fin de formular propuestas y cursos de acción que permitan la programación económica y faciliten las gestiones y negociaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos de la política económica global.
ACCIONES
1.- Coordinar la elaboración de propuestas y proponer alternativas para la fijación de políticas y medidas de carácter regional en el marco de la política económica nacional.
2.- Coordinar la elaboración de estudios e instrumentos destinados a la programación económica regional y participar en las gestiones y negociaciones con instituciones cuyas propuestas de alcance regional requieran ser armonizadas con el programa económico.
3.- Coordinar las tareas que se efectúen en materia de estudios y formulación de políticas sectoriales y regionales.
4.- Asistir al señor Subsecretario en la coordinación de políticas y medidas globales con organismos nacionales, provinciales y regionales referidos a la programación económica regional.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACIONES Y ANALISIS FISCAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Efectuar estudios y proyecciones de los recursos tributarios del Sector Público, analizar su impacto sobre las cuentas fiscales y su interrelación con las variables macroeconómicas fundamentales y con las demás políticas públicas.
ACCIONES
1.- Supervisar la elaboración del cálculo de recursos tributarios para el presupuesto nacional y todos aquellos requeridos por las autoridades.
2.- Coordinar estudios e investigaciones sobre la incidencia de la política fiscal en la economía nacional; así como también la evaluación de los efectos de cambios en las condiciones económicas locales e internacionales sobre los recursos tributarios.
3.- Coordinar los estudios tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los objetivos en materia de recursos tributarios y proponer las medidas para subsanar los desvíos que se produzcan.
4.- Intervenir en la evaluación del costo fiscal de los regímenes de promoción de actividades económicas y del comercio exterior y proponer las modificaciones necesarias para compatibilizar los objetivos fiscales con los objetivos sectoriales y regionales. Asesorar a la comisión creada por la Ley Nº 23.658.
5.- Intervenir en la evaluación de la política tributaria sobre los servicios públicos.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION NACIONAL DE IMPUESTOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar la elaboración y propuesta de la normativa relacionada con la materia tributaria; asesorar en la interpretación de los sistemas impositivos, aduaneros y de los recursos de la seguridad social y en los aspectos referidos a estímulos, franquicias, desgravaciones, exenciones impositivas y aduaneras, ya sean específicos o contenidos en regímenes especiales; asesorar en los aspectos relacionados con la supervisión que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA, a través de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, ejerce sobre el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, participar en las negociaciones de acuerdos impositivos y aduaneros internacionales y asesorar en la interpretación de los mismos; intervenir en las sesiones que lleven a cabo organismos nacionales o internacionales cuando se traten aspectos relacionados con las materias impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
ACCIONES
1.- Asesorar en todo lo relacionado con los sistemas nacionales impositivos, aduanero y de los recursos de la seguridad social; proponer las reformas que se introduzcan a los mismos y coordinar la participación en la elaboración de proyectos de normas legales sobre dichas materias. Asesorar en todo lo relacionado con los instrumentos de estímulo y promoción contenidos en los sistemas nacionales impositivo y aduanero y en las leyes de creación de regímenes especiales y sus normas complementarias. Participar en la elaboración de proyectos de creación, otorgamiento, fijación y modificación de cada uno de los regímenes especiales de estímulo y de promoción económica, en los aspectos con incidencia en materia impositiva y aduanera, y en la interpretación de las leyes de creación de dichos regímenes en los aspectos antes citados.
2.- Asesorar en lo concerniente a la superintendencia de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA sobre el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION y sobre aspectos relacionados con las acciones de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, en la resolución de los recursos y apelaciones interpuestas contra actuaciones de dichos organismos, intervenir en el trámite de oficios y recursos que guarden relación con temas vinculados a aspectos impositivos, aduaneros y de los recursos de la seguridad social.
3.- Asesorar en las presentaciones de carácter general o particular relacionadas con las normas legales vigentes en materia impositiva, aduanera, de los recursos de la seguridad social, de estímulos, de regímenes especiales y de acuerdos tributarios internacionales, como asimismo asesorar en el dictado de actos administrativos particulares relacionados con dichas materias y en la elevación de propuestas de otorgamiento de cualquier tipo de estímulo, franquicias, desgravación o exención fiscal, asistir a la Comisión Asesora creada por el Artículo 18 de la Ley Nº 23.658.
4.- Participar en las negociaciones sobre acuerdos tributarios internacionales para evitar la doble imposición y asesorar en la interpretación de las cláusulas convencionales, a través de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, de acuerdo con la competencia que le atribuyen específicamente los tratados a la SECRETARIA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA; el análisis del funcionamiento de los convenios amplios suscriptos con otros países; y la realización de estudios sobre legislación tributaria interna en vigor.
5.- Participar por medio de sus representantes en la Comisión Federal de Impuestos, en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, en los distintos comités de la Organización Mundial de las Aduanas (ex-Consejo de Cooperación Aduanera) y de la Organización Mundial del Comercio (ex- GATT), de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), de la ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS (OEA) y en las sesiones de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter técnico relacionados con los temas de su competencia en materia aduanera, impositiva y de recursos de la seguridad social; asesorar en los aspectos vinculados con los temas involucrados en dicha participación.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION NACIONAL DE INCENTIVOS PROMOCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar y proponer planes y programas de control de utilización de beneficios promocionales que sean requeridos, para complementar los que desarrollen los organismos con competencia en dicho control, analizando los resultados obtenidos y asesorando sobre las distintas alternativas a seguir.
Intervenir en la evaluación de la concesión de beneficios y asesorar en todos los aspectos — excepto técnico tributarios— relacionados con los regímenes de promoción económica cuando la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA actúe como Autoridad de Aplicación.
ACCIONES
1.- Coordinar la elaboración y proponer planes y recomendaciones sobre el control de la utilización de beneficios promocionales para ser aplicados por organismos que por su competencia, originaria o delegada, actúen en el control de los proyectos promovidos, coordinando el accionar de dichos planes; asesorar sobre las propuestas de aplicación de sanciones por infracciones a los regímenes de promoción económica e intervenir en la tramitación de las denuncias que realice la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA u otros organismos o particulares.
2.- Asesorar en todos los aspectos —excepto técnico tributarios— relativos a la normativa y correcta utilización de la promoción económica, elaborar y proponer la modificación a la normativa promocional y sus criterios y metodologías de uso, participar en sesiones de organismos o grupos de trabajo, nacionales, o internacionales, de carácter técnico vinculadas a la materia promocional económica.
3.- Coordinar el análisis y asesorar sobre el dictado de actos administrativos particulares, que prevean o no el otorgamiento de incentivos promocionales, pudiendo proponer modificaciones a dichos actos aun cuando la propuesta provenga de organismos en los que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA hubiera delegado ciertas funciones y en las presentaciones de carácter general o particular relacionadas con la normativa promocional.
4.- Diseñar, proyectar y coordinar el relevamiento de datos de regímenes de promoción económica que contengan incentivos, así como también su evaluación a fin de proponer modificaciones o sustitución a la modalidad de los mismos por otro sistema.
5.- Coordinar la asistencia a la Comisión Asesora a que se refiere el Artículo 18 de la Ley Nº 23.658, en materia de su competencia.
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
DIRECCION NACIONAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS
INTERNACIONALES DE CREDITO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Programar con los organismos financieros internacionales de crédito los préstamos que se formulen en el corto y mediano plazo, conforme a las prioridades fijadas por el Gobierno Nacional.
Supervisar la administración de programas de préstamos en el ámbito del Sector Público y efectuar su seguimiento, control y evaluación.
ACCIONES
1.- Programar con los organismos internacionales de crédito los préstamos que se formulen en el corto y mediano plazo.
2.- Coordinar la negociación de los programas y las relaciones institucionales con organismos internacionales de crédito.
3.- Supervisar, controlar y evaluar la ejecución de dichos programas de créditos.
4.- Participar en la programación presupuestaria de los programas con financiamiento de organismos internacionales de crédito.
5.- Coordinar con la SECRETARIA DE HACIENDA y las jurisdicciones que correspondan, los aspectos vinculados con la presupuestación y contabilización de los desembolsos, de los recursos de crédito y las contrapartidas de los programas con organismos internacionales de crédito.
6.- Analizar los informes de auditoría financiera y de gestión, sobre la ejecución de préstamos con organismos internacionales de crédito.
7.- Informar a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA las desviaciones detectadas en la ejecución de los proyectos. Proponer medidas correctivas o de mejoramiento a la ejecución de los mismos.
8.- Revisar anualmente con cada organismo internacional la cartera de préstamos y su evolución.
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS MACROECONOMICAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la coyuntura, a la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica y al análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas.
ACCIONES
1.- Coordinar la elaboración, el análisis y la publicación de indicadores mensuales y trimestrales de coyuntura.
2.- Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica.
3.- Efectuar proyecciones y análisis macroeconómicos de mediano y largo plazo y coordinar la realización de los estudios básicos que lo posibiliten.
4.- Supervisar la realización de informes anuales sobre las perspectivas de la economía, que cubran como mínimo un período trienal.
5.- Brindar apoyo a la SECRETARIA DE HACIENDA para la elaboración del Presupuesto Nacional, a fin de compatibilizar la política fiscal con los objetivos macroeconómicos.
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar estrategias de inversión pública de mediano y largo plazo, para alcanzar las metas de crecimiento macroeconómicas, sectoriales y regionales.
Evaluar, proponer prioridades y seleccionar los proyectos de inversión pública y elaborar el Plan Nacional de Inversiones Públicas.
ACCIONES
1.- Realizar los estudios y análisis que permitan elaborar la estrategia de inversión pública nacional.
2.- Examinar la formulación y evaluación de los proyectos de inversión pública nacional que requieren dictamen de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA.
3.- Asesorar en la definición de prioridades de inversión pública a nivel nacional, necesarias para la confección anual del proyecto de Presupuesto de la Administración Nacional.
4.- Elaborar el Plan Nacional de Inversión Pública.
5.- Crear y mantener una base de datos sobre programas y proyectos de inversión pública nacionales y, cuando correspondiere, los originados a nivel provincial y municipal.
6.- Proponer y difundir los lineamientos metodológicos a utilizar en la formulación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública.
7.- Diseñar y ejecutar programas de capacitación para la formulación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública para organismos del sector público nacional, y asistir a provincias y municipios, a su requerimiento.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar la coordinación de las actividades tendientes a la normalización y saneamiento de los activos y pasivos del ESTADO NACIONAL, incluyendo las vinculadas a los procesos de saneamiento encarados en el marco de la Ley Nº 24.522, y realizar, también, la coordinación de las acciones relacionadas con los procesos de reconversión empresaria.
ACCIONES
1.- Participar en la coordinación de las actividades prejudiciales orientadas al recupero de los créditos a favor del ESTADO NACIONAL.
2.- Elaborar, proponer y evaluar los programas de administración y liquidación de bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades subsistentes luego del proceso de privatización, así como de los entes que fueren disueltos o que dejen de operar por cualquier causa.
3.- Coordinar las actividades post-liquidatorias correspondientes a los procesos liquidatorios concluidos.
4.- Asistir y asesorar técnicamente a las autoridades que entienden en el régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público y el Sector Privado.
5.- Participar y asistir en la coordinación de los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado en los que resulte acreedor el sector público, en el marco de los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522.
6.- Participar en la coordinación y asistir a las autoridades que entienden en la dirección y unificación de la representación de los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, en los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522.
7.- Participar en la coordinación y asistir a las autoridades que entienden en las actividades vinculadas a los procesos de reconversión empresaria.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Facilitar el acceso al insumo de información.
ACCIONES
1.- Desarrollar y coordinar investigaciones bibliográficas.
2.- Capacitar los recursos necesarios para el procesamiento de la información.
3.- Facilitar el intercambio de información con las distintas bibliotecas, del país y del exterior.
4.- Asistir y asesorar a las distintas unidades y al público usuario en general en lo que es materia de su competencia.
5.- Coordinar la Red NAPLAN Argentina.
6.- Mantener y actualizar la base de datos de información general, de Planes y Programas Nacionales, de Evaluación de Proyectos de Institutos de Investigación, de Especialistas, de Proyectos, de Publicaciones Periódicas y el Catálogo Institucional.
7.- Coordinar la recopilación y actualización de la legislación nacional en materia económica, sus normas interpretativas y antecedentes.
8.- Conducir todo lo vinculado con el Centro de Documentación e Investigación de la Arquitectura Pública.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION DE ORGANIZACION Y SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Efectuar la evaluación y propuesta de proyectos relativos a organizaciones pertenecientes a dependencias de la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA y la fiscalización de la correcta aplicación de la normativa vigente en la materia.
Coordinar la correcta administración de tecnologías y sistemas de información administrativa y la racional utilización edilicia.
ACCIONES
1.- Realizar la evaluación técnica de los proyectos de estructuras y propuestas de organizaciones funcionales de los organismos de la jurisdicción, así como también los de creación, transferencia o fusión de organismos y otras formas que impliquen cambios en las organizaciones, controlando la efectiva aplicación de las normas vigentes en la materia.
2.- Asesorar y evaluar técnicamente a nivel jurisdiccional en materia de análisis de tareas, sistemas administrativos, métodos y medición de trabajo administrativo, análisis y diseño de formularios.
3.- Realizar la evaluación técnica y asesorar en materia de administración de espacios físicos y equipamiento de oficinas. Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos, desarrollado a través de la Comisión de Coordinación Operativa.
4.- Realizar relevamientos integrales o parciales, cuando se lo considere conveniente, de las distintas unidades de la jurisdicción ministerial, en los distintos aspectos de su competencia específica.
5.- Realizar el análisis y diagnóstico organizacional de los organismos de la Administración Centralizada y Descentralizada de la Jurisdicción.
6.- Representar a la jurisdicción en los temas de su competencia.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y los servicios de medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.
ACCIONES
1.- Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.
2.- Dirigir la gestión de las actividades inherentes al desarrollo de la carrera administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño, promoción y capacitación.
3.- Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.
4.- Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.
5.- Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de la medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo.
6.- Analizar el esquema general de incentivos y proponer las medidas pertinentes.
7.- Proponer las normas de administración internas de personal y efectuar los estudios y formular las propuestas tendientes a optimizar los regímenes vigentes.
8.- Mantener relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.
9.- Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los temas de su competencia.
10.- Coordinar la prestación del servicio médico de la jurisdicción.
11.- Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir las actividades relativas a los servicios contables, económicos, financieros, de administración, de mantenimiento, suministros e informática.
ACCIONES
1.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos.
2.- Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores.
3.- Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del Estado y por la Ley de Obras Públicas, así como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.
4.- Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales de la jurisdicción.
5.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y el mantenimiento de los edificios y bienes de la jurisdicción ministerial. Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos, desarrollado a través de la Comisión de Coordinación Operativa .
6.- Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia de infraestructura.
7.- Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.
8.- Supervisar y coordinar el funcionamiento del servicio de informática.
SECRETARIA DE LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asegurar la recepción y salida de la documentación administrativa del MINISTERIO DE ECONOMIA y la proveniente de otras jurisdicciones ministeriales, Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACION, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y entes descentralizados o dirigida a los mismos; recibir y despachar la documentación de particulares; efectuar el registro, protocolización de resoluciones del señor Ministro, de los señores Secretarios, disposiciones de los señores Subsecretarios y archivo de la documentación administrativa de todas las áreas de la jurisdicción, con excepción de las notas y otra documentación de carácter interno; coordinar la publicación de las normas en el Boletín Oficial, autenticar las firmas de funcionarios de este Ministerio y de Bancos Oficiales, llevar el despacho del señor Ministro elevando para su intervención todos aquellos proyectos que se encuentren analizados desde el punto de vista técnico-legal; efectuar el seguimiento de los trámites administrativos de la jurisdicción, cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos, asimismo determinar, para cada trámite administrativo, la unidad o unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el mismo.
Asesorar al señor Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial respecto al grado de cumplimiento de los plazos establecidos para el diligenciamiento de la documentación, así como también supervisar dentro de su ámbito específico la tramitación de aquellos proyectos de carácter prioritario, efectuando el control de gestión administrativo que corresponda.
ACCIONES
1.- Coordinar la recepción, registro, tramitación, protocolización y comunicación de expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas y Resoluciones del señor Ministro, señores Secretarios y Disposiciones de los señores Subsecretarios, así como toda la documentación destinada al señor Ministro.
2.- Coordinar el giro de la documentación a las distintas unidades conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.
3.- Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar al señor Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial cuando éste lo requiera.
4.- Brindar información a los que acrediten condición de parte acerca del estado de tramitación de expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones del señor Ministro, señores Secretarios y Disposiciones de los señores Subsecretarios.
5.- Coordinar el registro y guarda de los expedientes y Resoluciones del señor Ministro, Secretarios Ministeriales y Disposiciones de los Subsecretarios Ministeriales; así como proceder a la protocolización de las resoluciones y disposiciones indicadas.
6.- Otorgar vistas.
7.- Elaborar planillas de seguimiento y control de gestión administrativa de los trámites para información del señor Ministro y Secretarios Ministeriales.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA LEGAL
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la jurisdicción ministerial, con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias, en el análisis de los anteproyectos de legislación económica y en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos. Asumir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en los juicios correspondientes a la jurisdicción ministerial.
ACCIONES
1.- Asesorar y redactar, desde el punto de vista jurídico, los proyectos de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se sometan a la consideración del Ministerio, sus Secretarías y Subsecretarías.
2.- Disponer la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en todas las causas judiciales en que el MINISTERIO DE ECONOMIA, o sus entes descentralizados, deba intervenir, estableciendo los sistemas que permitan controlar la marcha de las actuaciones.
3.- Emitir dictámenes y tramitar recursos, reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos administrativos producidos en la jurisdicción ministerial.
4.- Entender en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos, siempre que éstas afecten temas de competencia específica del MINISTERIO DE ECONOMIA.
5.- Entender en la realización de los estudios vinculados con su especialidad, con el objeto de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
6.- Dictaminar en las solicitudes de autorización que presente la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS para apelar las sentencias del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.
7.- Asesorar en los aspectos jurídicos y legales, en todas las negociaciones económicas nacionales e internacionales, ya sean bilaterales o multilaterales.
8.- Representar al MINISTERIO DE ECONOMIA ante otras autoridades oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, en toda gestión que requiera específicos conocimientos jurídicos.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA LEGAL DIRECCION SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Efectuar todo lo vinculado con la información y/o sumarios administrativos disciplinarios que corresponda promover al personal de la jurisdicción ministerial.
ACCIONES
1.- Realizar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.
2.- Realizar las investigaciones de aquellos hechos u omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a la realización de un sumario.
3.- Supervisar la recopilación de los informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.
4.- Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte necesaria.
5.- Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en trámite en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA.
SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA
DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar estimaciones sobre las condiciones de oferta y demanda futuras en el mercado energético.
ACCIONES
1.- Supervisar, en colaboración con las áreas específicas de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES, la elaboración de escenarios futuros para la evolución del sector energético.
2.- Definir criterios técnicos, económicos y ambientales para el desarrollo de la normativa del despacho eléctrico y otras cuestiones vinculadas con el poder concedente del ESTADO NACIONAL en materia de Servicio Público de Electricidad.
3.- Administrar el Banco de Datos Sectorial.
4.- Pronosticar tendencias sobre los precios de la energía en los distintos segmentos del mercado eléctrico: mayorista, distribuidor, minorista y transportista frente a los escenarios alternativos, evaluando tendencias internacionales y locales de los diferentes mercados energéticos.
5.- Elaborar y publicar los planes energéticos orientativos.
6.- Definir criterios para la actualización de la normativa vinculada con el diagnóstico, evaluación del impacto y monitoreo del ambiente, en relación con la actividad energética.
7.- Desarrollar esquemas básicos de aprovechamiento de cuencas hídricas coordinando con otras áreas las compatibilidades y usos prioritarios.
8.- Evaluar las posibilidades de intercambios comerciales e integración energética con países de la Región, particularmente del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).
SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA
DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Promover el desarrollo de actividades de conservación de energía, utilización de nuevas fuentes, incorporación de oferta hidroeléctrica convencional y de investigación aplicada a estos campos.
ACCIONES
1.- Colaborar con las áreas específicas de la SECRETARIA DE ENERGIA y del MINISTERIO DE ECONOMIA, así como con otras áreas del Gobierno Nacional que en cada caso pudiere corresponder, en la programación y ejecución de actividades vinculadas con el Uso Racional de la Energía, la diseminación de nuevas fuentes de energía renovable, el desarrollo de proyectos demostrativos de nuevas tecnologías y la incorporación de oferta hidroeléctrica.
2.- Evaluar y proponer proyectos que resulten prioritarios en el ámbito provincial y en los campos de su incumbencia específica, a través de acuerdos con los Gobiernos Provinciales respectivos.
3.- Coordinar con la Dirección Nacional de Prospectiva, la elaboración de hipótesis a incorporar en los diferentes escenarios de los planes orientativos, en relación con resultados esperables de acciones de promoción del uso racional de la energía y el desarrollo de fuentes alternativas, así como la propuesta de normativa en relación con la eficiencia energética y el uso de recursos renovables.
4.- Proponer y promover la ejecución de programas sectoriales que se hagan factibles en la medida de la disponibilidad técnica y de la viabilidad económica, de nuevas tecnologías energéticas.
5.- Proponer y promover proyectos de demostración de tecnologías innovativas en el área de la energía general, que se evalúen como de alto impacto potencial a nivel Nacional y Regional.
6.- Entender en el desarrollo de estudios sobre inserción institucional sustentable de las actividades de su incumbencia.
7.- Coordinar las acciones de Cooperación Internacional, asegurando la adecuada aplicación de estos recursos en cuanto a su temática, calidad y oportunidad.
8.- Poner a disposición pública, las bases de datos del Banco de proyectos y toda otra información que pueda facilitar la toma de decisiones sobre estas actividades del sector energético.
SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
DIRECCION NACIONAL DE ECONOMIA DE LOS HIDROCARBUROS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Efectuar los estudios pertinentes en materia de economía de hidrocarburos integrando cada una de las etapas productivas, supervisando, controlando y fiscalizando los aspectos económicos de todas las actividades del sector y asistir, en materia de análisis económico, financiero y contable, a las distintas áreas de la SECRETARIA DE ENERGIA.
ACCIONES
1.- Mantener un sistema de información actualizado sobre los distintos mercados de petróleo crudo y derivados, y efectuar análisis y proyecciones sobre su evolución.
2.- Coordinar las tareas de actualización del registro de operadores y operaciones en el mercado mayorista de gas natural, efectuando los estudios y análisis que resulten necesarios.
3.- Participar en el análisis de tarifas reguladas de servicios de transporte por ductos y monoboyas, y la actualización de tarifas del Gas Natural Comprimido (GNC).
4.- Analizar el impacto sobre el sector, de la política impositiva nacional, provincial y municipal, y de la política arancelaria y pararancelaria, y participar en los trabajos y estudios económicos vinculados a los procesos de integración regional, en el área de combustibles.
5.- Analizar el impacto económico de las políticas ambientales, sobre el sector hidrocarburífero y carbonífero.
6.- Evaluar el cumplimiento, por parte de los operadores del sector de hidrocarburos, de los requisitos económicos, financieros y societarios requeridos para la inscripción en registros sectoriales y para la obtención de permisos y concesiones en el sector.
7.- Participar en la fiscalización y control de regímenes de reintegros impositivos y subsidios en materia de hidrocarburos y fiscalizar el régimen de canon.
8.- Asistir a la Comisión de Control y Fiscalización de la concesión del complejo Carbonífero y Ferroportuario de Río Turbio, en sus tareas específicas.
9.- Asistir a la SECRETARIA DE ENERGIA en el análisis económico de los marcos regulatorios de la actividad y sus eventuales modificaciones.
SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HIDROCARBURIFEROS Y COMBUSTIBLES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Desarrollar planes y programas de exploración y explotación de los recursos hidrocarburíferos, para lograr un adecuado horizonte de reservas y una racional y coordinada explotación de las mismas, y consecuentemente elaborar y ejecutar planes y programas de combustibles a fin de efectivizar la política nacional en el área.
ACCIONES
1.- Implementar, ejecutar, fiscalizar y coordinar los planes de otorgamiento de permisos de reconocimiento superficial, permisos de exploración y concesiones de explotación y de transporte.
2.- Mantener actualizadas las normas técnicas en materia de venteo de gas y explotación racional de los yacimientos.
3.- Receptar y analizar las auditorías de reservas hidrocarburíferas en todo el país.
4.- Proponer normativa en función de la regulación del almacenaje y del transporte de productos de petróleo crudo y subproductos y controlar el cumplimiento del marco regulatorio vigente.
5.- Implementar los programas y proponer normativas, en materia de nafta ecológica, refinación de petróleo y seguridad de gas licuado, ejerciendo el poder de policía sobre este tipo de gas.
6.- Realizar la caracterización técnica de los derivados del petróleo, a los efectos de su comercialización interna y externa, y de la aplicación del régimen impositivo.
7.- Diseñar programas y desarrollar normas vinculadas a nuevas fuentes de energía y a la protección ambiental en todas las etapas de la actividad.
8.- Fiscalizar el régimen de canon, superficiarios y expedición de servidumbres, y fiscalizar y controlar las obligaciones de permisionarios y concesionarios en materia de pago de regalías.
9.- Supervisar el relevamiento de información estadística de su competencia y procesar y analizar la información y documentación generada como consecuencia del ejercicio de sus funciones. Supervisar su aplicación al banco de datos y a los registros de empresas petroleras (Exploración y Explotación) y empresas operadoras (Refinación y Distribución de Combustibles).
SECRETARIA DE ENERGIA
DIRECCION GENERAL DE COOPERACION Y ASISTENCIA FINANCIERA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Preparar, programar y realizar el seguimiento físico, económico y financiero de la SECRETARIA DE ENERGIA, mediante la administración de los recursos asignados. Programar y ejecutar los préstamos internacionales asignados al sector.
Coordinar los proyectos con financiamiento internacional en el ámbito de la Secretaría e intervenir en las negociaciones vinculadas a la obtención de asistencia financiera sectorial.
ACCIONES
1.- Garantizar la aplicación de los principios de regularidad financiera, legalidad, economicidad y eficiencia en la obtención y aplicación de los recursos públicos asignados a la SECRETARIA DE ENERGIA.
2.- Sistematizar las operaciones de programación, gestión y evaluación de los recursos que administra la Secretaría.
3.- Desarrollar sistemas que proporcionen información oportuna y confiable, útil para la toma de decisiones del Secretario de Energía y evaluar la gestión de los responsables de cada una de las áreas administrativas.
4.- Coordinar la elaboración del presupuesto de la SECRETARIA DE ENERGIA y controlar la ejecución presupuestaria a los efectos de la toma de decisiones.
5.- Realizar las propuestas de prioridades presupuestarias en general sobre la base de políticas nacionales y juntamente con proyecciones de variables macroeconómicas.
6.- Asistir a la SECRETARIA DE ENERGIA en el desarrollo de tareas vinculadas a la culminación del proceso de privatización de las empresas prestadoras de servicios del área de su competencia y las empresas generadoras pertenecientes al ESTADO NACIONAL y a Entes Binacionales.
7.- Coordinar la elaboración de estudios relativos a la evolución tarifaria de los sectores del área de su competencia, a los efectos de la comparación y respectiva toma de decisiones.
8.- Coordinar los sistemas de información de la SECRETARIA DE ENERGIA manteniendo compatibilidad entre los bancos de datos de otros organismos relacionados a los sectores del área de su competencia.
9.- Participar en las etapas de negociación, a través del asesoramiento financiero con los representantes de los entes del sector privado y estatal vinculados a los servicios de competencia de la Secretaría.
10.- Proponer y evaluar el seguimiento de los diferentes convenios que se realicen entre la SECRETARIA DE ENERGIA y los consultores o instituciones participantes en sus proyectos.
11.- Participar en las reuniones de coordinación de proyectos con financiamiento internacional.
SECRETARIA DE COMUNICACIONES
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS Y REGULACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Secretario de Comunicaciones en los aspectos de su competencia y en la propuesta, elaboración y ejecución de las políticas, regulaciones, planes y programas referidos al sector.
ACCIONES
1.- Evaluar los diferentes avances tecnológicos que puedan determinar la adecuación de las políticas de telecomunicaciones.
2.- Proponer los marcos regulatorios y la normativa tendiente a la ejecución de las políticas de telecomunicaciones de la Secretaría.
3.- Asistir al Secretario de Comunicaciones en el ejercicio de su facultad de contralor y supervisión de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado bajo su dependencia.
4.- Ejecutar las políticas, planes y programas determinados por la Secretaría.
5.- Asistir al Secretario de Comunicaciones en lo vinculado con la fijación de tarifas, tasas, aranceles y cánones.
6.- Elaborar los presupuestos anuales de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES para ser propuestos al MINISTERIO DE ECONOMIA.
SECRETARIA DE COMUNICACIONES
DIRECCION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en los aspectos relacionados con las nuevas aplicaciones tecnológicas en el área de telecomunicaciones, así como en las cuestiones relativas a la protección de los derechos de los usuarios y en la participación de la REPUBLICA ARGENTINA en los organismos y entidades internacionales, en materia de telecomunicaciones.
ACCIONES
1.- Efectuar los estudios de los diferentes avances tecnológicos en materia de telecomunicaciones.
2.- Asistir al Secretario de Comunicaciones en la coordinación y generación de propuestas sobre el desarrollo de mecanismos y sistemas para la protección de los derechos de los clientes y usuarios en materia de telecomunicaciones.
3.- Proponer al Secretario de Comunicaciones las acciones tendientes a garantizar la participación de la REPUBLICA ARGENTINA ante los organismos y entidades internacionales de telecomunicaciones.
4.- Entender en los estudios necesarios para la aprobación, por parte del Secretario de Comunicaciones, del "Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico de la REPUBLICA ARGENTINA".
5. Asistir al Secretario de Comunicaciones en la evaluación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones para el otorgamiento de licencias y/o frecuencias para los servicios de telecomunicaciones.
SECRETARIA DE COMUNICACIONES
DIRECCION NACIONAL DE ACTIVIDAD POSTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Secretario de Comunicaciones en los aspectos de su competencia y en la supervisión de las cuestiones relativas al mercado postal.
ACCIONES
1.- Efectuar los estudios de los diferentes avances tecnológicos que generen la necesidad de adecuación y/o actualización de la normativa en materia postal.
2.- Asistir al Secretario de Comunicaciones en la coordinación y generación de propuestas sobre el desarrollo de mecanismos y sistemas para la protección de los derechos de los clientes y usuarios en materia postal.
3.- Proponer al Secretario de Comunicaciones las acciones tendientes a garantizar la participación de la REPUBLICA ARGENTINA ante los organismos y entidades internacionales de correos.
4.- Entender en los estudios necesarios para la aprobación, por parte del Secretario de Comunicaciones, de la renta postal y de las tasas aplicables a las empresas prestadoras de servicios postales y al Correo Oficial.



 
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 4°
 
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION:










































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































































N

G

FE

APELLIDO /S

NOMBRE / S

TIPO

Nº DOC.

A

6

III

CZABAN

ISABEL

LC

6.207.165

A

3

III

KRAMER

JOSE CARLOS

DU

4.625.137

A

2

.

COBOS

HECTOR ERNESTO

DU

7.984.316

B

6

.

BASSO

OSVALDO RUBEN

LE

8.514.409

B

6

IV

SEILER

GUILLERMO RODOLFO

LE

4.982.306

B

4

.

RODRIGUEZ

HECTOR HUGO

DU

13.677.699

B

2

IV

CERAIN

RODOLFO RUBEN

LE

8.351.136

B

1

.

GOBERNA

ALEJANDRO GUSTAVO

DU

12.285.434

C

8

V

ARMANA

NORA ESTHER

DU

10.136.782

C

8

V

SPIDALIERI

GRACIELA ADRIANA

DU

10.709.906

C

8

.

SUAREZ

IRENE

DU

12.719.673

C

8

.

UVA

CARLOS ALBERTO ANTONIO

DU

5.268.469

C

8

.

ZEPILLI

PATRICIA ANTONIA

DU

13.130.864

C

7

.

KURZER

OTILIA

DU

10.894.661

C

7

.

LAVIA

HAYDEE ANGELA

LC

3.283.958

C

7

.

LLUIS

RUBEN ARMANDO

DU

12.446.105

C

5

.

ANTAÑON

ANDREA SILVIA

DU

20.610.554

C

5

.

SORIANO

RAFAEL

LE

4.374.046

C

5

.

STOIKOFF

LEONOR ESTER

LC

9.749.129

C

5

.

UMERES

HECTOR ANTONIO

DU

12.386.326

C

3

.

CRIADO

MARIA LUISA

DU

10.539.008

C

2

V

AGUIRRE

LUIS OSVALDO

DU

11.724.311

C

2

.

BLUVOL

MARTA HERMINIA

DU

10.203.578

C

2

V

GARCIA

ALVARO HERNAN

DU

4.397.571

C

2

V

MASSONI

JORGE MARCOS

DU

4.745.215

C

2

V

RODRIGUEZ

HECTOR CARLOS

DU

13.237.432

D

9

.

BAGO

NORBERTO

DU

11.667.330

D

9

.

LEIVA

ELENA LILIANA

DU

14.987.585

D

9

.

MERCADO

JOSE LUIS

DU

8.321.580

D

9

.

MONTEGRANDE

JORGE EDUARDO

LE

4.423.476

D

9

.

SCHENO

ANA

LC

3.971.484

D

9

.

SIMONE

ANA MARIA

DU

4.523.454

D

9

.

WALTON

MARIA ENRIQUETA

LC

6.231.234

D

8

.

ACOSTA

PATRICIA BEATRIZ

DU

13.566.764

D

8

.

BERATTI

MARIA CRISTINA ISABEL

DU

10.149.738

D

8

.

GUERRERO

DOLORES DEL CARMEN

DU

13.687.333

D

8

.

LOMBARDO

EDUARDO

DU

14.789.105

D

8

.

SOLE

PEDRO MARTIN SANTOS

LE

4.891.231

D

8

.

VIACAVA

MARIA MARTA

DU

14.223.490

D

7

.

COVELLO

JUAN CARLOS

LE

4.307.678

D

7

.

IBARRA

FELIX OSCAR

LE

5.614.645

D

7

.

MANZANOS

CRISTINA EVELIA

DU

13.314.384

D

7

.

SANTILLAN

NORMA ISABEL

DU

12.589.573

D

7

.

VARGAS

CELESTINO

LE

5.183.962

D

6

.

ACIN

MARIA HILDA

DU

4.252.806

D

6

.

ALMENDRO

OSVALDO EZEQUIEL

LE

4.881.132

D

6

.

CAÑAS

CARLOS

DU

4.283.242

D

6

.

CIVILE

VIVIANA SANDRA

DU

20.198.755

D

6

.

COLERIO

OROSIA ALICIA

LC

5.129.335

D

6

.

FUERTES

DANIEL OSCAR

DU

11.597.445

D

6

.

GIROUSSENS

JUAN ANTONIO

LE

4.318.470

D

6

.

GOLAN

MIGUEL

DU

8.490.258

D

6

.

GONCEBAT

GLADYS NORMA

DU

16.936.878

D

6

.

GONZALEZ

MIRTA EDIT

DU

5.626.412

D

6

.

IRAIZOZ

OSCAR ALBERTO

DU

14.142.081

D

6

.

NAPOLI INES

HAYDEE

DU

14.884.271

D

6

.

NOVO

ALBERTO EVARISTO

LE

4.316.246

D

6

.

NUÑEZ

RUBEN HORACIO

DU

10.413.722

D

6

.

ORELLANA

JOSE ANTONIO

DU

11.334.646

D

6

.

POGGIO

MARTA MABEL

DU

11.470.392

D

6

.

RODRIGUEZ

ADALBERTO DANIEL

DU

17.489.672

D

6

.

ROS

ROMILDA

LC

3.679.252

D

6

.

TEDIN

HORACIO OMAR

DU

17.577.917

D

5

.

CAIRO

JUAN

LE

4.476.724

D

5

.

RENNO

STELLA MARIS

DU

16.913.457

D

5

.

RETAMOZA

ANTONIO PASCUAL

LE

4.172.964

D

5

.

SERGIO

CLAUDIO GUSTAVO

DU

11.957.471

D

5

.

VALLEJOS

AURELIO

LE

5.751.767

D

5

.

VANOTTI

CARLOS ALBERTO

DU

16.202.740

D

5

.

VEGA

VICTOR FERNANDO

DU

14.300.476

D

4

.

BORLENGHI

MARIA CONSTANZA

DU

23.256.501

D

4

.

VINCIGUERRA

JUAN CARLOS

DU

14.990.592

D

3

.

BONATO

FLAVIA ANALIA

DU

23.473.361

D

3

.

LESCANO

LUIS ARMANDO

LE

4.367.393

D

2

.

OCAMPO

ROBERTO HUGO

LE

7.996.612

E

10

.

ACOSTA

EUGENIO

LE

7.869.796

E

9

.

CORREA

MARIA ELENA

DU

12.961.433

E

9

.

DE FRANCISCO

MARTA

DU

12.046.820

E

9

.

ESTEVES

OSCAR

LE

4.282.263

E

9

.

GARCIA

LUIS ALFREDO

DU

11.096.010

E

8

.

ACUÑA

ARCENIO

LE

7.096.199

E

8

.

GARCIA

LUIS ALFREDO

LE

4.439.091

E

8

.

GIORLANDO

OSCAR ALBERTO

LE

8.234.094

E

8

.

LOPEZ

HECTOR FABIAN

DU

16.940.316

E

8

.

PERNICE

HUMBERTO ANTONIO

LE

4.424.345

E

8

.

RIVEIRA

HECTOR MARTIN

LE

4.602.412

E

8

.

SUAREZ

MARIA EVA

DU

10.746.838

E

8

.

UMERES

JACINTO

LE

5.646.514

E

7

.

ARAYA

JORGE CARLOS

LE

5.083.977

E

7

.

BLANCO

DANIEL ORLANDO

DU

16.491.878

E

7

.

BLANCO

HECTOR

LE

5.071.317

E

7

.

CORONEL

JOSE ANTONIO

LE

5.613.530

E

7

.

DELUCHI

INES NOEMI

DU

13.855.942

E

7

.

ERDINI

ELENA BEATRIZ

LC

9.986.944

E

7

.

FELUCA

CARLOS ALBERTO

LE

7.777.033

E

7

.

FERNANDEZ

JORGE ROLANDO

DU

13.087.061

E

7

.

GALLUZZI

RAUL CESAR

LE

4.894.576

E

7

.

GODOY

LUIS MARIA

DU

6.808.776

E

7

.

LAVEZZI

NESTOR EULOGIO

LE

4.441.735

E

7

.

LOPEZ

ALBERTO CARLOS

LE

4.167.382

E

7

.

MACIEL MOREIRA

INOCENCIO DAVID

DU

14.120.446

E

7

.

MAYA

ALICIA CELIA

LC

3.296.265

E

7

.

NOVILLO

SILVERIO ALFREDO

DU

11.153.210

E

7

.

PARODI

AIDA ISABEL

LC

5.571.115

E

7

.

PIRIS

YOLANDA

DU

12.819.703

E

7

.

SANCHEZ

LILIANA PILAR

DU

11.459.425

E

7

.

SEGOVIA

ALFREDO ROBERTO

DU

14.051.219

E

6

.

ALVAREZ

DARDO

LE

8.015.300

E

6

.

CAMPANA

GRACIELA MARIA

DU

12.485.801

E

6

.

CHAVEZ

JOSE

LE

8.404.393

E

6

.

CORTEZ

ARQUIMIDES ADALBERTO

LE

7.920.978

E

6

.

DE MATEO

MONICA INES

DU

12.013.811

E

6

.

GANGALLO

CARLOS ALBERTO

DU

12.176.484

E

6

.

GONZALEZ

HECTOR FRANCISCO

DU

16.511.475

E

6

.

MAGNELLI

GASPAR

DU

12.916.567

E

6

.

SOTO

OSCAR

LE

5.172.369

E

6

.

VERA

MARIA ALICIA

LE

12.447.556

E

5

.

PEREZ

JUAN JOSE

LE

4.309.824

E

4

.

GONZALEZ

RAUL ERNESTO

DU

14.945.118

E

4

.

QUIROGA

CLAUDIO RUBEN

DU

23.672.885

E

3

.

BALDASSINI

CARLOS

DU

4.992.646

E

3

.

BARZOLA

HECTOR DANIEL

DU

13.092.503

E

3

.

RODRIGUEZ

ENRIQUE MANUEL

DU

4.362.944

E

2

.

ARBIA RAMON

RAFAEL

DU

5.221.089

E

2

.

BROCHERO

RUBEN

DU

5.189.540

E

2

.

CORTEZ

RUBEN CESAR

DU

6.148.850

E

2

.

GALLARDO

HECTOR DANIEL

DU

8.319.427

E

2

.

LLANES

JUAN

DU

5.037.367

E

2

.

MASSERO

EDUARDO LUIS

DU

16.071.272

E

2

.

PEREYRA

FELISA

DU

4.160.993

E

2

.

PEREZ

MIRTA PATRICIA

DU

18.401.466

E

2

.

TOLEDO

JUAN RAMON

DU

22.167.395

E

1

.

AYALA

CARLOS ALBERTO

DU

13.547.476

E

1

.

BRELANDO

FERNANDO PABLO

DU

22.326.954

E

1

.

CARRASCO

SARA DEL VALLE

LC

4.557.297

E

1

.

GOMEZ

CARLOS SEBASTIAN

DU

23.246.630

E

1

.

GOMEZ

JUAN HUGO

DU

6.054.960

E

1

.

MAC INTYRE

OSVALDO NICOLAS

DU

11.160.730

E

1

.

RODO

ANA MARIA BEATRIZ

DU

5.010.715

E

1

.

STIMOLI

JUAN CARLOS ANTONIO

LE

7.610.251

F

10

.

PAZ

JUAN SEGUNDO

LE

5.521.147

F

9

.

ASTURI

OMAR ANIBAL

DU

12.274.263

F

9

.

FLORES

CIRIACO

DU

8.205.425

F

9

.

GARCIA

MALLON ALBERTA

DU

14.038.872

F

9

.

PADIN

RUBEN

LE

7.598.570

F

9

.

TAURIZANO

ROQUE ANGEL

DU

10.661.559

F

8

.

ABAL

MARIA PEREGRINA

LC

3.977.763

F

8

.

AGUILAR

JORGE ALBERTO

LE

4.364.173

F

8

.

ARMELLA

ASUNCION

LC

1.740.696

F

8

.

ARMELLA

MARIA ESTHER

LC

4.921.797

F

8

.

BARREIRO

AMELIA PETRA

LC

4.025.626

F

8

.

CACERES

FRANCISCA BEATRIZ

DU

11.566.822

F

8

.

FARIAS

CARLOS ALBERTO

LE

7.590.500

F

8

.

GARAY

ELCIRA MICAELA

LC

2.795.780

F

8

.

GONZALEZ

MARIA TERESA DEL VALLE

LC

3.332.230

F

8

.

GONZALEZ

VICTORIA ROSA

LC

6.147.914

F

8

.

JOSE

OSVALDO

LE

4.865.860

F

8

.

LIZARDO

LORENZA MERCEDES

LC

1.632.695

F

8

.

QUINTEROS

JOSE OSCAR

LE

6.371.663

F

8

.

RETAMOZO

MARIA ELVIRA

LC

5.602.440

F

8

.

SEGOVIA

PETRONA

DU

16.822.385

F

7

.

ASTURI

ENRIQUE ARTURO

DU

11.340.575

F

6

.

BARRIOS

HECTOR

DU

12.088.582

F

6

.

GIMENEZ

RAUL

DU

16.470.014

F

3

.

FARIAS

SERGIO RICARDO

DU

24.997.440

F

3

.

RICARDO

HERNAN

DU

23.272.510

F

2

.

ACOSTA

DIEGO ALBERTO

DU

23.678.955

F

2

.

FARIAS

JOSE LUIS

DU

17.821.164

F

2

.

IKACZIJK

KARINA ELIZABETH

DU

22.799.518

F

2

.

PINTO

BRUNO JOAQUIN

DU

25.422.321

F

1

.

SANTANA

LIDIA PINA

LC

3.631.192

F

0

.

CAZABAT

JULIETA

DU

26.225.597


 
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS:


























































































































































































































N

G

. FE

APELLIDO /S

NOMBRE / S

TIPO

Nº DOC.

A

2

.

NARA

EMILIO OMAR

DU

10.086.499

B

(*)

.

AKIZAWA

CLELIA FABIANA

DU

17.453.699

C

1

.

BEGLIA

PAULA REGINA

DU

22.965.018

C

1

.

CORREA

MARTA BEATRIZ

DU

10.163.895

C

0

.

VALENZUELA

NORMA RAMONA

DU

14.153.112

D

8

.

PAZ GLORIA

ANGELA

DU

10.134.152

D

6

.

AGUILOZI

MARTA AZUCENA

DU

14.216.099

D

6

.

D’ERAMO DE MAGLIANO

MARIA ANGELICA

DU

6.145.498

D

6

.

LAURENZANO

OLGA MONICA

DU

11.593.744

D

6

.

PIÑEIRO

ANA MARIA

DU

3.333.276

D

6

.

VANONI

ARACELI

DU

13.071.156

D

5

.

CONTE

BEATRIZ ALEJANDRA

DU

17.997.855

D

5

.

COLLAZO

CARLOS ENRIQUE

DU

11.960.603

D

4

.

MEDINA

PATRICIA

DU

12.268.063

D

3

.

SORENSEN

SUSANA ISABEL

LC

4.420.395

D

(*)

.

SERRA

MARIA MARTHA

DU

14.140.527

E

8

.

BECERRA

LUIS ALBERTO

LE

6.514.906

E

8

.

BURGAT

DORA HILDA

DU

12.677.454

E

7

.

PARADELO

GRACIELA SUSANA

DU

17.902.287

E

5

.

GRANDE

MARIA LUISA

DU

17.525.152

E

4

.

LEONES

MIRTA

DU

16.437.166

E

4

.

PEREZ

STELLA MARIS

DU

18.235.531

E

3

.

PEREZ

MERCEDES LIA

DU

17.097.618

E

2

.

CALIGIURI

FRANCISCO

DU

23.958.423

E

2

.

CIFUENTES

CARLOS ALBERTO

DU

23.753.825

E

2

.

LESENDE

OSCAR FERNANDO

DU

8.382.901


(*) Personal con designación transitoria en Planta Permanente
 
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS:


























































































































































































































































































































































N

G

FE

APELLIDO /S

NOMBRE / S

TIPO

Nº DOC.

A

6

IV

STRUNC

HECTOR EDUARDO

DU

10.747.225

A

5

II

LLAURADO

GUILLERMO AGUSTIN

DU

11.997.599

A

2

.

CESARI

JORGE

LE

5.608.415

B

8

.

BELTRAN

NORMA LIDIA

LC

4.955.372

B

7

.

ESPEL

ANA MARIA

LC

3.975.608

B

7

III

FANTI

MARIA ESTER

LC

5.868.607

B

7

.

TERG DE CRISTINI

MARTA INES

LC

3.945.913

B

7

.

MARZIANO

ANUNCIACION IRENE

LC

3.474.997

B

5

.

COLLET

SUSANA MATILDE

LC

5.581.669

B

4

V

MERCADO

CRISTINA ALEJANDRA

DU

13.529.577

B

3

.

CASSANESE

MARIA TERESA

LC

6.406.101

B

0

.

DUARTE

GRACIELA

DU

16.138.817

B

2

V

CLERICI

EDUARDO ANGEL

LE

8.634.669

B

1

.

GARCIA

FABIAN ERNESTO

DU

17.046.881

B

1

.

SORIA

CARLOS HUMBERTO

LE

6.963.631

B

0

.

GUARAGNONE

CARLOS MARIA

LE

4.388.996

B

0

III

TORAL

FERNANDO JAVIER

DNI

17.806.196

B

1

.

NOVOTNY

MARIA VERONICA

LC

6.238.070

B

0

V

VACANTE.

.

.

.

C

9

.

NEYRA

JOSE ALBERTO

LE

8.557.043

C

6

.

CHAPARRO

GLORIA M.

DU

16.975.030

C

0

.

VACANTE.

.

.

.

C

8

.

ROVEGNO

NELIDA

LC

5.940.856

C

8

.

PEPPE

GRACIELA MONICA

DU

12.894.720

C

7

.

PEREZ DE LUZURIAGA

OTILIA

LC

4.428.071

C

4

.

ARBUCO REGUNAGA

MARIA BELEN

DU

18.323.720

C

4

.

GUARNERIO

HECTOR JAVIER

DU

13.931.352

C

3

.

RAVAZZINI

SILVIA MARIA GABRIELA

DU

17.453.898

C

1

.

BORDAS

ALICIA CRISTINA

LC

5.410.985

C

1

.

RIVEROS

FACUNDO

DU

17.652.603

C

0

.

VACANTE

.

.

.

C

0

.

ROSSETTI

IDELINDA CRISTINA

LC

4.111.009

D

9

.

PLITNIK

DANIEL JULIO

DU

13.976.438

D

7

.

GAMBOSO

GRACIELA ESTER

LC

6.647.673

D

5

.

ALICERA

ISMAEL ENRIQUE

DU

12.188.176

D

5

.

VIERA

RITA NARCISA

LC

5.070.822

D

5

.

CABRERA

CELIA LILIANA

DU

16.763.151

D

4

.

BARRIRERO

PAULA ELEONORA

DU

16.453.492

D

0

.

CAPURRO

Gloria Susana

DU

5.324.020

D

0

.

CASTILLO

CLAUDIA MONICA

DU

16.580.656

E

7

.

DIAZ DE SOSA

IGNACIA NORMA

LC

4.609.001

E

8

.

ROLLAN

LUIS OSCAR

LE

7.320.958


 
DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS:


















































































































































































































































































































N

G

FE

APELLIDO /S

NOMBRE / S

TIPO

Nº DOC.

A

6

.

BAÑARES

REINALDO

DU

13.827.098

A

5

.

ALONSO

RODOLFO AGUSTIN

DU

4.253.601

B

7

.

DEMATINE

OSCAR ROBERTO

DU

4.544.272

C

7

.

ITROSI

MONICA GRACIELA

DU

10.823.416

C

6

.

DIAZ

JULIO OSCAR

LE

4.206.998

C

5

.

ROLA

JORGE

DU

10.918.839

C

2

.

INTELISANO

JUAN PABLO

DU

22.278.421

D

8

.

RODRIGUEZ

SUSANA ESTER

DU

10.504.415

D

7

.

ALBERTI

JOSE FRANCISCO

LE

8.348.508

D

6

.

DI FABIO

ALEJANDRO

DU

11.031.627

D

6

.

FONDEVILA

ALICIA ELSA

DU

4.090.917

D

6

.

MOLINA

PATRICIA

DU

14.515.956

D

6

.

SAIRES DE DE SENSI

ESTELA MARY

DU

3.980.165

D

6

.

TAGLIORETTI DE DE LOS SANTOS

SILVIA

DU

11.822.286

D

5

.

AGUSTINI

JULIA TERESA

DU

12.086.173

D

5

.

BROCAL

CLAUDIA BEATRIZ

DU

16.893.353

D

5

.

CARRIZO

JULIAN DONATO

DU

14.283.171

D

5

.

MARTINEZ ROURA DE LIBAAK

LUISA NOEMI

LC

3.797.370

D

4

.

ALONSO DE IZZO

MANUELA

LC

4.676.309

D

4

.

BAUER

ADRIANA BEATRIZ

DU

22.551.616

D

4

.

OSORES

CLAUDIA MARISOL

DU

18.635.222

D

4

.

QUINTERO

FRANCISCO FLORENCIO

DU

7.853.510

D

2

.

VERON

JUAN

DU

18.142.540

D

1

.

PONCE

ADRIANA MABEL

DU

17.346.623

D

0

.

AURIOL

GERMAN GUSTAVO

DU

18.403.328

D

0

.

CABRERA

RODRIGO JAVIER

DU

22.411.884

E

10

.

TERMINIELLO DE CAMILLETTI

JUANA

DU

5.268.148

E

9

.

CHIARANTANO

MABEL CRISTINA

LC

4.539.055

E

9

.

MARTINEZ

ANA IRENE

LC

10.123.429

E

8

.

MUSTO

MARIA DEL CARMEN

DU

10.200.674

E

7

.

CANAZA HUANCA DE CUBA

VICTORIA

DU

13.416.420

E

7

.

MORENO DE BASTIANELLI

MERCEDES

DU

6.026.004

E

6

.

BARBIERI

JORGE OMAR

DU

13.935.408

E

6

.

RODRIGUEZ DOLDAN

MANUELA ELVIRA

DU

12.084.595

E

3

.

GIANINI

ROBERTO FRANCISCO

LE

5.539.950

E

2

.

MOLINA

CARLOS A

LE

8.368.571

E

0

.

RODRIGUEZ

EDUARDO RUBEN

DU

8.011.205


 
— FE DE ERRATAS —
Decreto N°67/2003
En la edición del 13 de enero de 2003, en la que se publicó el mencionado Decreto, se deslizó el siguiente error de imprenta al consignar la fecha de la norma:
DONDE DICE: 13 de enero de 2003.
DEBE DECIR: 10 de enero de 2003.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a MINISTERIO DE ECONOMIA