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MINISTERIO DE ECONOMIA




MINISTERIO DE ECONOMIA

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Síntesis Resolución Conjunta SSN N° 29.006 — SAFJP N° 012/2002 del 06 NOV 2002.

VISTO... Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS Y EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Sustitúyase en el apartado Nomenclatura del punto 5 —Definiciones y Nomenclatura — de la Nota Técnica del Anexo I de la Resolución Conjunta SSN-SAFJP N° 28.925-10/02 la definición de la probabilidad pe(x j ,t) por la siguiente:

"pe(x j ,t) Probabilidad de permanecer con derecho a partir de los 21 años, de un hijo, descendiente o colateral con derecho a beneficio activo de edad x j , a causa de invalidarse antes de los 21 años o con motivo de hallarse estudiando y a cargo del trabajador damnificado."

ARTICULO 2° — Modifícase el punto 8- Determinación de la P.P.U.U. de la Nota Técnica del Anexo I de la Resolución Conjunta SSN-SAFJP N° 28.925-10/02 de acuerdo a lo establecido en el punto 1 del Anexo de la presente Resolución.

ARTICULO 3° — Modifícase el punto 10- Cálculo de Probabilidades de la Nota Técnica del Anexo I de la Resolución Conjunta SSN-SAFJP N° 28.925-10/02 conforme el punto 2 del Anexo a la presente Resolución.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Fdo.: CLAUDIO O. MORONI, Superintendente de Seguros. — Fdo.: Dr. ENRIQUE HORACIO PICADO, Superintendente de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.

––––––––––
NOTA: La versión completa de la presente Resolución, se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721, P. B. y en Tucumán 480, Capital Federal.

e. 18/11 N° 399.158 v. 18/11/2002

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