MINISTERIO DE ECONOMIA
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución S.I.P. Nº 45/2001
Bs. As., 5/9/2001
VISTO el Expediente Nº 321-000542/2001 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y el Convenio de Recaudación suscripto con la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL TABACO el 8 de junio de 2001, relacionado con el Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio de Venta de CigarrillosLey Nº 24.625, y
CONSIDERANDO:
Que en el último párrafo de la Cláusula Primera del Convenio citado en el Visto, se establece la creación de una Comisión Mixta ad-hoc para la lucha contra el contrabando, en el ámbito de la SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, la que tendrá como misión y funciones las de elevar un proyecto legislativo consensuado de reforma del Código Aduanero; realizar una campaña pública con fuerte mensaje social, que tenga como objetivo privilegiar el trabajo argentino, combatiendo la evasión y el contrabando, cuyo costo estará a cargo exclusivo de la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL TABACO; e implementar un paquete de medidas discutidas y aceptadas por la Comisión.
Que dicha Comisión estará integrada por representantes de la SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA y representantes de la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL TABACO.
Que los Titulares de los Organismos convocados han procedido a informar a esta Secretaría la designación de sus respectivos representantes.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, dictaminando que la medida es legalmente viable.
Que la presente se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 373 de fecha 28 de marzo de 2001.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase constituida la Comisión Mixta ad-hoc para la Lucha contra el Contrabando de Cigarrillos, en el ámbito de la SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, la que tendrá como misión y funciones: 1) Elevar un proyecto legislativo consensuado de reforma del Código Aduanero; 2) Realizar una campaña pública con fuerte mensaje social, que tenga como objetivo privilegiar el trabajo argentino, combatiendo la evasión y el contrabando, cuyo costo estará a cargo exclusivo de la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL TABACO; y 3) Implementar un paquete de medidas discutidas y aceptadas por la Comisión.
La Comisión estará integrada por los señores D. Jorge Joaquín VIVES (L.E. Nº 5.378.468), D. Jorge Raúl BASSO DASTUGUE (D.N.I. Nº 4.277.746) y D. Diego SEGURA (D.N.I. Nº 16.877.188), en carácter de miembros titulares, y los señores D. Nicolás DENIS (D.N.I. Nº 93.717.829), D. Luis GONZALEZ ESTEVES (C.l. Nº 4.586.209) y D. Alberto RAGUZI (D.N.I. Nº 13.275.098), en carácter de miembros alternos en representación de la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL TABACO; el Ingeniero Agrónomo D. Lucio Omar FARINA (D.N.I. Nº 13.664.387), D. Raúl BUSTOS CARA (L.E. Nº 7.617.084) y D. Hugo GOMEZ (L.E. Nº 8.659.822) en representación de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA; y en representación de la SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, el Asesor D. Roberto Sixto FERNANDEZ (M.l. Nº 4.386.903).
ARTICULO 2º — Las disposiciones de la presente resolución tendrán vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JOSE MARIA FABRE, Secretario de Ingresos Públicos.
e. 11/9 Nº 362.370 v. 11/9/2001