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MINISTERIO DE ECONOMIA




MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 982/2000

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura Organizativa de la Dirección General Impositiva. S/modificación.

Bs. As., 27/12/2000

VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997 y 62 del 29 de enero de 1999 y por la Disposición Nº 128 (AFIP) del 9 de marzo de 1998 (t. o. por Disposición Nº 37 (AFIP) del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 62/99 citado en el Visto contempla el funcionamiento de tres (3) Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas, encontrándose actualmente una de ellas no operativa.

Que es facultad de esta Administración Federal asignar jurisdicción a las Subdirecciones Generales, determinando las unidades que actuarán bajo su dependencia.

Que atendiendo a la importancia y complejidad de los procesos vinculados con la atención de los contribuyentes y responsables de mayor significación fiscal en todo el país, resulta conveniente asignar esta jurisdicción a la Subdirección General de Operaciones Impositiva III, modificando a su vez la estructura de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales.

Que estas medidas permitirán una mejor organización de los procesos técnicos y operativos relacionados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a que está obligado el segmento de contribuyentes antes mencionado, potenciando su efectividad.

Que la propuesta respectiva ha sido formulada por la Dirección General Impositiva.

Que cuenta con la conformidad de las Subdirecciones Generales de Planificación y Administración y de Recursos Humanos en los aspectos de su respectiva competencia.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997 el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

ARTICULO 1° — Asignar a la Subdirección General de Operaciones Impositivas III jurisdicción sobre la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos interiores, incluidos los recursos de la seguridad social de los contribuyentes y/o responsables de mayor significación fiscal en todo el país.

ARTICULO 2° — Eliminar de la estructura organizativa vigente la unidad orgánica con nivel de Dirección denominada "Grandes Contribuyentes Nacionales" y todas sus unidades dependientes.

ARTICULO 3° — Crear dos (2) unidades orgánicas con nivel de Dirección denominadas "Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales" y "Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales", dependientes jerárquicamente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas III.

ARTICULO 4° — Crear una (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Técnico Legal Grandes Contribuyentes Nacionales", dependiente jerárquicamente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas III.

ARTICULO 5° — Crear tres (3) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Penal Tributaria", "Jurídica" y "Determinaciones de Oficio", dependientes jerárquicamente del Departamento Técnico Legal Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTICULO 6° — Crear cuatro (4) unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas: "Devoluciones y Trámites" y "Gestión de Cobro" dependientes de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales e "Inspección" e "Investigación" dependientes de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTICULO 7° — Crear dos (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas: "Grandes Contribuyentes Individuales" dependiente de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales y "Control de Gestión" dependiente de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTICULO 8° — Crear siete (7) unidades orgánicas con nivel de División denominadas: "Verificaciones", "Trámites y Consultas", "Fiscalización de Devoluciones", "Devoluciones y Recuperos N° 1" y "Devoluciones y Recuperos N° 2" dependientes del Departamento Devoluciones y Trámites y "Cobranzas Judiciales y Sumarios" y "Recaudación" dependientes del Departamento Gestión de Cobro, en el ámbito de la Dirección Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTICULO 9° — Crear cinco (5) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Fiscalización Externa I", "Fiscalización Externa II", "Fiscalización Externa III", "Fiscalización Externa VI" y "Comprobaciones Externas", dependientes del Departamento Inspección, en el ámbito de la Dirección Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTICULO 10. — Reemplazar de la estructura organizativa vigente los Anexos A05, B05 y C por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 11. — La presente disposición tendrá vigencia a partir del 2 de enero de 2001.

ARTICULO 12. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. HECTOR CONSTANTINO RODRIGUEZ, Administrador Federal.




ANEXO B05

DIRECCION DE FISCALIZACION GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar, realizar y supervisar las tareas inherentes a la investigación, selección, fiscalización y control, de los contribuyentes y/o responsables de mayor significación fiscal de todo el país, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales y las emergentes del sistema de seguridad social.

ACCIONES

1. Seleccionar los contribuyentes a fiscalizar de acuerdo con los planes elaborados por la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización, así como disponer cargos para verificar rubros específicos de los planes mencionados.

2. Efectuar la verificación del cumplimiento por parte de los contribuyentes, de los tributos por los cuales éstos son responsables.

3. Ejercer las funciones de Juez Administrativo, con los alcances y facultades que se establecen en la materia.

4. Entender en lo relativo a las funciones de determinación y fiscalización de las obligaciones con el sistema de la seguridad social.

5. Entender en la recepción, registro y despacho de la documentación que ingrese a la Dirección; realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales; atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DIVISION CONTROL DE GESTION
ACCION

Realizar la recopilación de información que permita establecer el resultado de la gestión de las distintas dependencias de la Dirección, y elaborar informes que permitan el seguimiento de las tareas y la toma de acciones correctivas por parte de la Superioridad.

TAREAS

1. Supervisar y evaluar la aplicación de los programas, normas y procedimientos dictados por la Superioridad para la investigación de contribuyentes y/o responsables y para la inspección de los gravámenes a cargo de la Dirección.

2. Entender en los descargos provenientes de los equipos de fiscalización y de comprobaciones de la Dirección, estableciendo los posibles desvíos e informando a la Superioridad de los mismos.

3. Entender en la evaluación de las tareas realizadas y efectuar el análisis de las informaciones obtenidas a fin de verificar el estado de gestión.

4. Analizar los desvíos o inconvenientes detectados informando a la Superioridad.

5. Propiciar cursos de acción para la corrección de los desvíos detectados

6. Efectuar el seguimiento de aquellas tareas que la Superioridad determine específicamente.

7. Entender en la elaboración de informes y estadísticas.

DEPARTAMENTO INVESTIGACION
ACCION

Entender en las tareas de investigación selección y asignación de los casos que serán sometidos a fiscalización y/o comprobación externa; y en la tramitación de documentación para la ejecución de las funciones de verificación, control o prevención, realizadas en el ámbito de la Dirección.

TAREAS

1. Entender en la investigación de los contribuyentes y/o responsables de la jurisdicción de la Subdirección y efectuar la selección de los mismos para proceder a su fiscalización y/o comprobación, incluyendo la requisitoria de información para su evaluación.

2. Realizar los análisis técnicos de las declaraciones juradas presentadas, de la información que brindan las base de datos del Organismo y la proveniente de terceros, para determinar posibles brechas de evasión, a fin de diseñar e instrumentar cursos de acción para reducirlas.

3. Producir y brindar todo tipo de información previa al cargo, a requerimiento de la Superioridad.

DEPARTAMENTO INSPECCION
ACCION

Coordinar y supervisar las tareas necesarias para cumplir con los planes dispuestos por la Superioridad, con el fin de verificar el grado de cumplimiento de los tributos y obligaciones de los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, como así también verificar el cumplimiento de los aportes y contribuciones con destino al sistema de seguridad social.

TAREAS

1. Entender en la inspección de los contribuyentes y obligados conforme a los planes de la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización, mediante la aplicación de procedimientos internos y externos de auditoría, tendientes a mejorar el grado de cumplimiento de sus obligaciones fiscales y los que correspondan al sistema seguridad social.

2. Efectuar controles a fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes y/o responsables.

3. Elevar a la Dirección todas las sugerencias que considere necesarias para lograr un adecuado funcionamiento del área a su cargo.

4. Participar en la preparación de la información de su competencia.

DIVISION FISCALIZACION EXTERNA
(Tipo)
(corresponde a 4 unidades iguales I, II, III y IV)
ACCION

Entender, dentro del ámbito de su jurisdicción, en las tareas necesarias para el desarrollo de los planes tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, así como entender en la tramitación externa de documentación con finalidad de verificación, control o prevención, teniendo a su cargo las intervenciones permanentes inherentes a los tributos comprendidos en las leyes de Impuestos Internos y Varios.

TAREAS

1. Efectuar en todo el ámbito de su jurisdicción la fiscalización de los tributos de acuerdo con los planes, normas y procedimientos que dicte la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización.

2. Inspeccionar en el domicilio de los contribuyentes y/o responsables, las informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados con su situación impositiva, cuando la importancia de las mismas así lo aconseje.

3. Ejercer las funciones de contralor fiscal en los establecimientos industriales, comerciales, centros de distribución, consumo y circulación.

4. Entender en toda tarea externa, no originada en órdenes de intervención constituida por trámites de documentación de contribuyentes y/o responsables.

5. Efectuar el control y verificación de productos gravados y mercaderías controladas por las Leyes de Impuestos Internos y Varios.

6. Entender en toda tarea de intervención permanente y en el control de los elementos técnicos relacionados con la operatoria de Impuestos Internos.

DIVISION COMPROBACIONES EXTERNAS
ACCION

Realizar, dentro del ámbito de su competencia, las tareas necesarias para el desarrollo de los planes tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones fiscales y de los recursos de la seguridad social, de acuerdo con las normas fijadas por la Superioridad.

TAREAS

1. Realizar en todo el ámbito de su jurisdicción la verificación preventiva de los impuestos a cargo de la Dirección, de acuerdo con los planes, normas y procedimientos que dicte la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización.

2. Inspeccionar en el domicilio de los contribuyentes y responsables las informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados con su situación impositiva, cuando la importancia de las mismas así lo aconseje.

DIRECCION DE OPERACIONES GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar, realizar y supervisar las tareas inherentes a la percepción y devolución de los gravámenes y la aplicación de normas técnico tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables de mayor significación fiscal de todo el país, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales y las emergentes del sistema de seguridad social.

ACCIONES

1. Efectuar las tareas relacionadas con la evaluación y el control de la percepción de los gravámenes a su cargo, de acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados al efecto.

2. Efectuar la verificación del cumplimiento por parte de los contribuyentes, de los impuestos por los cuales éstos son responsables.

3. Entender en todo lo relativo a devoluciones, reintegro y recuperos de gravámenes correspondientes a contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.

4. Coordinar y supervisar las tareas inherentes a la preparación, captura, sistematización y procesamiento de la información a ser utilizada por la Dirección, de acuerdo a las pautas y/o normas establecidas por la Dirección de Informática.

5. Ejercer las funciones de Juez Administrativo, con los alcances y facultades que se establecen en la materia.

6. Entender en lo relativo a las funciones de percepción de las obligaciones con el sistema de la seguridad social.

7. Entender en la recepción, registro y despacho de la documentación que ingrese a la Dirección; realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales; atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DIVISION GRANDES CONTRIBUYENTES INDIVIDUALES
ACCION

Entender en la coordinación y supervisión de las tareas inherentes a la percepción y fiscalización de gravámenes y de aportes sobre la nómina salarial y en la aplicación de normas técnicotributarias con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes personas físicas del ámbito metropolitano que se seleccionen, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Superioridad, administrando los sistemas que se desarrollen para su gestión.

TAREAS

1. Ejercer, en todo el ámbito de su jurisdicción, el control de la percepción de los tributos a cargo del Organismo.

2. Entender en la fiscalización de los tributos a cargo de los contribuyentes de la jurisdicción de acuerdo a los programas, normas y procedimientos dictados al efecto.

3. Entender, dentro de las materias de su competencia, en el diligenciamiento de trámites y solicitudes presentadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción realizando las tareas necesarias para el logro de tal objetivo.

4. Entender en la evacuación de consultas de carácter impositivo y de los recursos de la seguridad social.

5. Entender en la elaboración de las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas a fin de evitar que se produzcan situaciones no previstas.

6. Entender en la ejecución de las tareas inherentes a la verificación del cumplimiento de las obligaciones en el sistema de seguridad social.

7. Entender en la atención del debido suministro, mantenimiento y control de los bienes a su cargo.

DEPARTAMENTO GESTION DE COBROS
ACCION

Entender en el control, en todo el ámbito de su jurisdicción, de las tareas necesarias para el cumplimiento de los planes de recaudación dispuestos por la Superioridad.

TAREAS

1. Entender en el control y evaluación en todo el ámbito de su dependencia de la percepción de los impuestos y de los aportes sobre la nómina salarial, de acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.

2. Entender en la representación del Fisco Nacional en las causas de percepción de créditos fiscales.

3. Entender en la atención del debido suministro, mantenimiento, conservación y control de los bienes a su cargo.

DIVISION RECAUDACION
ACCION

Entender, dentro del ámbito de su jurisdicción, en las tareas de preparación, registro, revisión e información, necesaria para el control de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes y/o responsables, coordinando la administración de los recursos inherentes a los sistemas que se desarrollen para su gestión.

TAREAS

1. Entender, de acuerdo con los sistemas y normas establecidos, en el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y/o responsables.

2. Efectuar las tareas inherentes a la percepción de gravámenes a su cargo, de acuerdo con los programas establecidos.

3. Administrar los sistemas descentralizados de aplicación de su jurisdicción, realizando la coordinación necesaria entre las tareas de recepción de documentación, captura de la recaudación bancaria, procesamiento de las distintas obligaciones y control de los estados de cuentas resultantes, manteniendo operativo el sistema en todos sus aspectos.

DIVISION COBRANZAS JUDICIALES Y SUMARIOS
ACCION

Entender en la gestión judicial de los créditos fiscales que competen a la Dirección, así como también en el dictado de resoluciones sobre la aplicación de multas por infracciones formales y en la representación y patrocinio jurídico del Fisco Nacional en los juicios universales de su jurisdicción y en la transferencia de fondos de comercio.

TAREAS

1. Entender en la gestión judicial de cobro de los créditos fiscales y en el registro y control de los juicios que se tramitan.

2. Intervenir en los juicios o incidentes en que la Repartición sea parte, para correr vistas y oficios por los asuntos relacionados con los gravámenes a su cargo.

3. Entender en el patrocinio y representación del Fisco en los juicios de ejecución fiscal.

4. Asesorar en los aspectos de su competencia a las dependencias de la Dirección.

5. Efectuar el control de la tramitación de los juicios universales ante los tribunales respectivos.

6. Controlar la observancia de los términos procesales y/o administrativos tendientes a la verificación de los créditos.

7. Supervisar y controlar el desempeño de los Representantes del Fisco de su jurisdicción, en materia de juicios universales.

8. Entender en la conveniencia de la concurrencia a la Junta de acreedores en los casos que así se solicite.

9. Entender en la sustanciación de sumarios formales en el ámbito de su competencia.

DEPARTAMENTO DEVOLUCIONES Y TRAMITES
ACCION

Entender en las devoluciones, reintegros y recuperos de impuestos y en la tramitación y resolución de las solicitudes presentadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.

TAREAS

1. Entender dentro del ámbito de su competencia en el diligenciamiento de trámites y solicitudes presentadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, ejecutando las acciones necesarias para el logro de tal objetivo.

2. Supervisar el tratamiento de las consultas de carácter impositivo en lo atinente a impuestos internos y varios.

3. Coordinar el diligenciamiento de los trámites y resolución de solicitudes de reintegros, devoluciones, transferencias o acreditaciones formuladas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.

DIVISION VERIFICACIONES
ACCION

Entender, dentro del ámbito de su competencia, en las tareas necesarias para cumplir con los planes dispuestos por la Superioridad a fin de efectuar la verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y previsionales por parte de los contribuyentes y/o responsables, como así también en las verificaciones previsionales con el fin de determinar el crédito fiscal que se verifique en los concursos y quiebras.

TAREAS

1. Dirigir y supervisar la verificación de los impuestos y recursos de la seguridad social a cargo de los contribuyentes de su jurisdicción, de acuerdo con los programas, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.

2. Realizar la revisión de declaraciones juradas impositivas y previsionales, de acuerdo con los planes de verificación establecidos, ya sea por actuaciones originadas en la División o en otras dependencias.

3. Verificar las informaciones suministradas por terceros, relativas a aspectos vinculados con la situación fiscal de los contribuyentes y/o responsables.

4. Efectuar las verificaciones previsionales necesarias para la determinación del crédito fiscal que se verifique en los concursos y quiebras.

DIVISION TRAMITES Y CONSULTAS
ACCION

Entender en el diligenciamiento de las solicitudes de naturaleza impositiva y/o previsional presentadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, incluidas las correspondientes a la tramitación y resolución para el reconocimiento del crédito fiscal previsto por la normativa vigente relacionada con los quebrantos impositivos anteriores al 31/03/91; impulsando los ajustes pertinentes en los casos que corresponda, como asimismo intervenir en la consideración de las consultas efectuadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.

TAREAS

1. Entender en la consideración y trámite de las solicitudes presentadas por los contribuyentes y/ o responsables de su jurisdicción.

2. Realizar la verificación de las declaraciones juradas presentadas y de la documentación aportada por los contribuyentes o la que se requiera al efecto, de acuerdo con las normas y procedimientos dictados a tales fines, y ejecutar aquellas acciones que mejor posibiliten el cumplimiento de las obligaciones cuyo control está a cargo del Organismo, así como impulsar los ajustes pertinentes en los casos que corresponda.

3. Resolver las solicitudes que hubieren cumplimentado los requisitos reglamentarios y aquellas que ameriten su denegatoria o impugnación parcial o total.

4. Entender en la evacuación de consultas de carácter impositivo y de los recursos de la seguridad social y las atinentes a Impuestos Internos y Varios.

5. Entender en la tramitación y control de la documentación relacionada con importaciones, exportaciones, remisiones a Zona Franca y "rancho".

6. Remitir las actuaciones en condiciones de proseguir su trámite, al área correspondiente que por jurisdicción administrativa de la Repartición corresponda.

7. Participar en la preparación de la información de su competencia.

8. Entender en la atención del debido suministro, mantenimiento, conservación y control de los bienes a su cargo.

DIVISION DEVOLUCIONES Y RECUPEROS
(Tipo)
(corresponde a 2 unidades iguales N° 1 y N° 2)
ACCION

Entender en el diligenciamiento de las solicitudes de reintegros, devoluciones, imputaciones y recuperos de exportaciones formuladas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, de acuerdo con lo establecido con la legislación vigente.

TAREAS

1. Entender en la consideración de las solicitudes de reintegros, devoluciones, imputaciones y recuperos de exportaciones formuladas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, de acuerdo con lo establecido con la legislación vigente.

2. Coordinar y controlar las verificaciones necesarias para determinar la procedencia de las solicitudes, cuando así estuviera establecido.

3. Impulsar —cuando se detecten anomalías— la realización de los ajustes pertinentes, dando intervención al área que corresponda.

4. Participar en la preparación de la información de su competencia.

5. Entender en la atención del debido suministro, mantenimiento, conservación de los bienes a su cargo.

DIVISION FISCALIZACION DE DEVOLUCIONES
ACCION

Entender en la revisión de las informaciones suministradas por los contribuyentes y/o responsables, y en la realización de los ajustes en los casos que corresponda.

TAREAS

1. Entender en la revisión de las declaraciones juradas presentadas por los responsables y/o en planes de fiscalización interna preparados a los efectos de mejorar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de esta Repartición.

2. Entender en la realización de los ajustes pertinentes generados como consecuencia de la gestión descripta en el punto anterior.

3. Entender en la verificación de las informaciones suministradas por terceros relativas a aspectos vinculados con la situación fiscal de los contribuyentes y/o responsables.

4. Entender en la verificación que corresponda a movimientos físicos de mercaderías.

5. Efectuar la liquidación a solicitud del área competente de los gravámenes correspondientes a mercaderías ingresadas al país.

6. Participar en la preparación de la información de su competencia.

7. Entender en la atención del debido suministro, mantenimiento, conservación y control de los bienes a su cargo.

DEPARTAMENTO TECNICO LEGAL GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
ACCION

Entender en la aplicación de las normas técnico tributarias y jurídicas respecto de los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción y asesorar a la Dirección en temas de su especialidad.

TAREAS

1. Entender en el control de la viabilidad de las actuaciones provenientes de las áreas de fiscalización para iniciar el proceso de determinación de oficio.

2. Entender en el control del desarrollo de los procedimientos determinativos de impuestos y sus accesorios y aplicación de multas.

3. Entender en la supervisión del trámite de los reclamos de repetición.

4. Entender en el control de las resoluciones correspondientes a solicitudes de reconocimiento de exenciones impositivas y a otras de su competencia.

5. Entender directamente en la aplicación de las normas técnicotributarias y en la aplicación de multas por decisión superior o por avocación.

6. Interponer denuncias y promover querellas, en aquellos casos que, por su índole, se encuadren como probables delitos tributarios y/o previsionales, originados en la actividad cumplida por sus dependencias, respecto de contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.

DIVISION PENAL TRIBUTARIA
ACCION

Efectuar la actividad administrativa y judicial de aquellos casos que, por su índole, se encuadren como probables delitos penal tributarios y/o previsionales.

TAREAS

1. Intervenir en las comunicaciones judiciales y en las denuncias de los casos susceptibles de configurar delitos penal tributarios y/o previsionales, en el ámbito de su competencia.

2. Intervenir en las querellas promovidas por el Departamento Técnico Legal, teniendo a su cargo el control y seguimiento de las mismas.

3. Participar en la coordinación del manejo de la información jurídica y la aplicación de criterios uniformes.

4. Intervenir en la contestación de informes judiciales vinculados con la materia penal tributaria.

DIVISION DETERMINACIONES DE OFICIO
ACCION

Entender en las determinaciones de oficio de impuestos, accesorios y multas.

TAREAS

1. Entender en el dictado de resoluciones cuando se deba determinar de oficio obligaciones impositivas de los contribuyentes y/o responsables en el ámbito de su jurisdicción.

2. Asesorar en los aspectos de su competencia al Departamento Técnico Legal de Grandes Contribuyentes Nacionales y sus dependencias.

DIVISION JURIDICA
ACCION

Entender en la aplicación de multas y otras sanciones y dictaminar en los asuntos que sean necesarios por razones del servicio o por requerirlo normas legales, como asimismo entender en la sustanciación de las impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social.

TAREAS

1. Entender en la instrucción y resolución de sumarios materiales por infracciones a las normas que rigen la aplicación de los distintos impuestos a cargo del Organismo en el ámbito de su jurisdicción.

2. Entender en el procedimiento de clausura de establecimientos comerciales e industriales que incurran en los hechos u omisiones previstos por ley, en la jurisdicción antes citada.

3. Entender en la emisión de dictámenes jurídicos en los casos determinados por normas legales o por necesidades del servicio.

4. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos administrativos e impugnaciones de la seguridad social y en las elevaciones de carácter jurídico que deba efectuar el Departamento Técnico Legal de Grandes Contribuyentes Nacionales y de la Subdirección General de Operaciones Impositivas III.

5. Participar en la consideración de la conducta fiscal de contribuyentes y responsables en actuaciones con determinaciones de oficio en curso.

6. Entender en la resolución de solicitudes de índole impositiva de los contribuyentes o responsables de su jurisdicción, que impliquen exenciones relacionadas con el Impuesto de Sellos y Varios.





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