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MINISTERIO DE ECONOMIA




MINISTERIO DE ECONOMIA

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

Disposición N° 10/2000

Bs. As., 21/9/2000

VISTO, el Expediente N° 080-005471/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 348 y FINANZAS N° 129 de fecha 12 de setiembre de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 348 y FINANZAS N° 129 de fecha 12 de setiembre de 2000 se aprobaron los procedimientos para la licitación, emisión, colocación, adjudicación, liquidación y registro de los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO.

Que el punto I) 5.1.7 del Anexo I de la Resolución mencionada en el considerando precedente, prevé que la SECRETARIA DE FINANZAS o la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de este Ministerio o quien alguna de ellas designe, conformarán la adjudicación de las Letras del Tesoro para su posterior envío a la Tesorería General de la Nación.

Que el punto I) 5.1.2 del Anexo II de la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 348/00 y FINANZAS N° 129/00, establece que la SECRETARIA DE FINANZAS o la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de este Ministerio o quien alguna de ellas designe, conformarán la adjudicación de los Bonos de Mediano y Largo Plazo.

Que se entiende conveniente la designación de otro funcionario para conformar las adjudicaciones en las licitaciones de Letras del Tesoro y Bonos de Mediano y Largo Plazo, en caso de ausencia de los funcionarios autorizados.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio expresó su opinión con respecto al tenor de la presente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 348 y FINANZAS N° 129 de fecha 12 de setiembre de 2000.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE FINANCIAMIENTO
DISPONE:

ARTICULO 1° — Autorízase a conformar la adjudicación de las licitaciones de las Letras del Tesoro y de los Bonos de Mediano y Largo Plazo, o a declararla desierta, en los términos de la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 348/00 y FINANZAS N° 129/00, al Señor Subsecretario de Coordinación, Dr. Roberto Julio EILBAUM, en caso de ausencia de los funcionarios autorizados.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Lic. JULIO DREIZZEN, Subsecretario de Financiamiento.
e. 28/9 N° 330.491 v. 28/9/2000

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