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Las leyes "y 1/2"


¿Alguien podría ayudarme a buscar información sobre las leyes "y 1/2" o conseguir algun resumen sobre este libro "Fundamentos de técnica legislativa". Ed. La Ley. Buenos Aires, 1999. páginas 402 .(ISBN 950-527-230-8)?
Gracias
Mariley - Universidad de Morón

mariley Sin Definir Universidad

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UNC
RAB Usuario VIP Creado: 05/09/08
Esto encontre en la web sobre ese libro:

Título: Fundamentos de técnica legislativa

Autor: Leiva Fernández, Luis F. P.

Edición: 1
Tapa: Encuadernada
Editorial: La Ley
Páginas: 448
Año: 1999
ISBN: 950-527-230-8


$169.00

Temas principales:
Primera obra que efectúa un estudio orgánico de la técnica legislativa en esta parte de América. Contiene un análisis de reglas extranjeras de legística, comparadas con las formas y contenido de medio centenar de constituciones extranjeras, todas las provinciales argentinas, y casi cincuenta códigos civiles incluido el argentino. Concluye cuáles deben ser las previsiones que contengan las reglas de técnica legislativa en la Argentina y los países de Sudamérica.

"Fundamentos de técnica legislativa". Ed. La Ley. Buenos Aires, 1999. páginas 402 .(ISBN 950-527-230-8)

PARTE PRIMERA. Nociones de Legística.
CAPITULO I. Conceptos generales
1. El Derecho, la Ciencia de la Legislación y la Legística. Concepto de Legística.
2. Antecedentes de los estudios de Técnica Legislativa.
3. Importancia de los estudios de Legística.
4. Tradición latina, anglosajona y germánica.
5. Razones actuales de la evolución de la Legística.
6. La Técnica Legislativa en la Argentina.

CAPITULO II. La inflación legislativa y las técnicas que la contrarrestan.
7. La contaminación o inflación legislativa.
8. Insuficiencia del derecho y los conceptos generales de la Ciencia de la Legislación para afrontar el fenómeno. El aporte de la Legística.
9. La consolidación : el Digesto Jurídico Argentino.
10. La Checklisten como técnica
11. Concepto de checklisten.
12. Las checklisten en Alemania, Estados Unidos, Suiza , Francia e Italia
13. El contenido de algunas checklisten
14. El ámbito de aplicación de las checklisten.
15. La obligatoriedad de uso de las checklisten
16. El control de uso de las checklisten
17. Algunos ítems que pueden incluirse en checklisten en la Argentina.

PARTE SEGUNDA . La estructura formal de las normas.

CAPITULO III. Las partes de las normas
18.Las partes de la ley.
19.Las partes de las constituciones.

CAPITULO IV. El título de la ley.
20. Concepto de "título de la ley"
21. El título de la ley y el nombre del legislador
22. Directrices referentes al título de las normas.
a) En España
b) En Italia
c) En Francia
d) En Austria
e) En la Unión Europea
f) En la Argentina.
23. El "buen título" en doctrina.
24. Partes del título.
25. Autocalificación normativa. Clasificación de la ley como nacional o local, federal, o común.
26. Fecha de la ley. Atribución de fecha, en consideración a la sanción, promulgación o publicación.
27. El número de la ley.
28. Nuestra opinión : identificar y no numerar.
29. La numeración "bis", "ter", "quater" etc.
30. Las leyes " y 1/2"
31. Numeración ordinal o cardinal. Las constituciones de las Provincias de Chubut, Entre Ríos, Salta y Tierra del Fuego.
32. Atribución del número en consideración a la sanción, promulgación o publicación. Poder que lo efectúa.
33. El título y la numeración de las leyes modificativas.
34. Neutralidad del título.
35. Imposición del título. Poder que lo efectúa.
36. Unicidad del título. El título en las leyes "ómnibus" (Omnibus bill) o "paquete" (Paketgesetze).
37. El título de las leyes y las normas "intrusas" o "Leges furtivae"
38. Valor hermenéutico del título. Consecuencias de su inadecuación.
39. El título de las leyes en la tradición anglosajona.
40. La identificación de la ley en el estado actual de la legislación nacional argentina.

CAPITULO V. La fórmula de sanción de las leyes.
41. La fórmula de sanción en la Constitución de la Nación Argentina.
42. La reforma constitucional de 1994 y el artículo 84 de la Constitución Nacional.
43. La fórmula de sanción utilizada luego de la reforma de 1994
44. Inadecuación de la norma del decreto 333/85 a la Constitución de la Nación Argentina reformada en 1994.
45. ¿Debe existir una fórmula de sanción o de promulgación de las leyes?
46. ¿Es conveniente que la fórmula de sanción de las leyes, o de su promulgación, tenga jerarquía constitucional?
47. La fórmula de sanción en las constituciones iberoamericanas
48. Las fórmulas de sanción en las Constituciones Provinciales Argentinas
49. Las fórmulas de sanción en normas de inferior jerarquía a la legal.

CAPITULO VI. El preámbulo o exposición de motivos en la constitución y en la ley.
50. Concepto de preámbulo o exposición de motivos
51. Conveniencia o inconveniencia del preámbulo.
52. Las reglas de redacción de los preámbulos y exposiciones de motivos son las de las leyes.
53. Contenido del preámbulo.
a) Justificación de la competencia en las leyes y de la personería en las constituciones.
b). Objetivo último.
c) Antecedentes.
d). Finalidad inmediata.
e) Breve reseña del contenido de la ley
f) La invocación a Dios.
54. Orden lógico de los elementos ideales de un preámbulo o una exposición de motivos
55. División de las partes expositivas.
56. El preámbulo o exposición de motivos como parte expositiva de la norma..
57. Utilización del preámbulo
a) Con fines ideológicos.
b) Con fines pedagógicos.
c) Con fines propagandísticos.
58. Estado actual de la valoración del preámbulo y de las exposiciones de motivos
59. Valor hermenéutico de los preámbulos y exposiciones de motivos
60. Los preámbulos en las constituciones.
61. Los preámbulos en las constituciones de Iberoamérica.
62. Los preámbulos constitucionales en la Argentina.
63. Las directrices sobre la exposición de motivos en las leyes
a) En España
b) En Italia.
c) En Francia.
d) En Austria
b) En la Unión Europea.
I.- Contenido.
II.- Fórmula introductoria.
III.- articione entre considerandos
b) Las articiones de motivos, o preámbulos, en los códigos.
b) La articione de motivos en la articiones nacional argentina.
b) Poder Ejecutivo Nacional.
I.- Respecto de los anteproyectos de ley.
II.- Respecto de los decretos.
b) Poder Legislativo
b) Anteproyecto de Reglas de Técnica Legislativa de la Secretaría de Asuntos Legislativos del Ministerio de Justicia de la Nación.

CAPITULO VII. Divisiones superiores al artículo.
b) Importancia de las divisiones en las normas.
b) Las divisiones superiores al artículo en los textos constitucionales
b) Los conjuntos o divisiones superiores en las articiones es Iberoamericanas
b) Nuestra conclusión sobre los conjuntos o divisiones superiores en las articiones es Iberoamericanas.
a) Cantidad de conjuntos o articiones superiores al artículo que se considera regular o "standard".
b) Cuáles son tales articiones, o como se denominan.
c) Orden de precedencia en que se deben ubicar.
d) Secuencia de su numeración.
e) Conclusión
71. Conjuntos o divisiones superiores en las Constituciones Provinciales Argentinas
72. Nuestra conclusión sobre los conjuntos o divisiones superiores en las constituciones Provinciales Argentinas
a) Cantidad de conjuntos o particiones superiores al artículo que se considera regular o "standard".
b) Cuáles son tales particiones, o como se denominan.
c) Orden de precedencia en que se deben ubicar.
d) Conclusión
73. Conclusión comparativa entre las divisiones o conjuntos superiores en las Constituciones Iberoamericanas y en las Provinciales Argentinas.
74. Las divisiones superiores al articulo en los códigos .
75. Nuestra conclusión sobre los conjuntos o divisiones superiores en los códigos.
a) Cantidad de conjuntos o particiones superiores al artículo que se considera regular o "standard".
b) Cuáles son tales particiones, o como se denominan.
c) Orden de precedencia en que se deben ubicar.
d) Conclusión
76. Conclusión comparativa entre la cantidad de particiones en las constituciones y en los códigos. Su extensión a normas inferiores.
77. Los conjuntos o divisiones superiores al artículo en la legislación nacional argentina.
78. Síntesis estadística de las leyes nacionales argentinas de los años 1988, 1989 y 1990.
79. Nuestras conclusiones sobre el uso de las divisiones superiores al artículo en las leyes nacionales argentinas
80. Nuestras conclusiones sobre el uso correcto de las divisiones superiores al artículo en las leyes nacionales argentinas
81. Numeración de las divisiones superiores al artículo.
82. Intitulación de las divisiones superiores al artículo.
83. Defectos de intitulación de las divisiones superiores en el Código Civil de la República Argentina.
84. Defectos de intitulación de las divisiones superiores en algunas leyes nacionales argentinas
85. El ordenamiento lógico de las divisiones superiores
86. Las divisiones superiores al artículo en las directrices.
a) En España
b) En Italia
c) En Francia
d) En Austria
87. Normas sobre las divisiones superiores al artículo en la legislación nacional argentina.

CAPITULO VIII. El artículo. La unidad normativa.
88. Concepto de artículo.
89. El contenido del artículo. Su autonomía.
90. La autonomía en los artículos del Código Civil argentino
91. La ausencia de autonomía por remisión a otra norma.
92. El ordenamiento lógico de los artículos .
93. La extensión del artículo.
94. La palabra "ARTICULO"
95. Numeración de los artículos.
a) Numeración ordinal
b) Numeración ordinal seguida de cardinal
c) Numeración cardinal.
d) Numeración cifrada.
96. Numeración en cifras o en letras
97. Numeración en cifras arábigas o romanas.
98. El punto separador de las centenas en la numeración arábiga
99. La puntuación luego del número del artículo.
100. Artículo "único".
101. Secuencia de la enumeración de artículos en las leyes y normas inferiores.
102. Secuencia en la numeración de artículos en las constituciones.
103. Nuestra opinión sobre la enumeración de los artículos
104. El epígrafe o rúbrica. Su utilidad.
105. Reglas para la elaboración de epígrafes.
106. Ubicación del epígrafe.
107. El epígrafe entre guiones o entre paréntesis
108. El uso de epígrafe o rúbrica en los párrafos
109. Valor hermenéutico del epígrafe.
110. El uso del epígrafe o rúbrica en la antigua legislación española.
111. El uso del epígrafe en las constituciones.
112. El uso del epígrafe en los códigos civiles.
113. El uso del epígrafe en el estado actual de la legislación nacional argentina.
114. Nuestra opinión sobre la utilización de epígrafe

CAPITULO IX. Divisiones inferiores al artículo.
115. Párrafo: concepto e identificación.
116. Apartado: concepto e identificación.
117. Inciso: concepto e identificación.
118. Aspectos comunes de las particiones inferiores al artículo.
119. Aspectos diferenciales de las particiones inferiores al artículo.
120. Identificación del inciso único.
121. Las particiones inferiores en las constituciones
122. Las particiones inferiores en los códigos.
123. Las particiones inferiores en el Código Civil de la República Argentina.
124. Nuestras conclusiones sobre el uso de las particiones inferiores en los códigos
125. Las particiones inferiores en las leyes y normas de menor jerarquía.

CAPITULO X. La parte final de la ley.
126. Disposiciones finales.
127. Las disposiciones finales en las constituciones Iberoamericanas
128. Las disposiciones finales en las constituciones provinciales argentinas.
129. La identificación de los artículos en la parte final de las constituciones.
130. La secuencia numérica de los artículos de la parte final en las constituciones.
131. Nuestra conclusión sobre la parte final de las constituciones
132. El uso de las disposiciones finales en la legislación argentina
133. El contenido y orden de las disposiciones finales en nuestra concepción
134. El inicio de la vigencia de la ley. La regla residual.
135. La cláusula de vigencia.
136. Vigencia de la ley sin vacatio legis. Vigencia inmediata.
137. Retroactividad de la ley .
138. Vigencia limitada en el tiempo.

CAPITULO XI. Los accesorios. Los anexos
139. El anexo. Concepto.
140. Los anexos en las directrices
141. Los anexos en la Argentina
142. El uso de los anexos en la legislación argentina

CAPITULO XII. Los accesorios. Las notas
143. Las notas al pie. ¿Que es una nota?
144. Las notas al pie de página en las directrices.
145. Uso escasísimo de las notas al pie de página en los códigos
146. La historia de las notas al pie de pagina del Código Civil de la República Argentina.
147. Ponderación de la existencia de notas al pie en el Código Civil de la República Argentina.
148. Breve análisis del contenido de las notas al pié en el Código Civil de la República Argentina.
149. Las fuentes del Código Civil argentino que surgen del oficio del día 21 de junio de 1865.
150. El apego al método de la exégesis
151. Valor hermenéutico de las notas al pie.
152. Las notas al pie en las sentencias judiciales.

CAPITULO XIII. Promulgación de la ley
153. La promulgación de la ley en el medioevo. Las Cortes en España.
154. ¿Que es la promulgación?
155. ¿Para que sirve la promulgación?
a) La promulgación como control de constitucionalidad formal de la ley
b) La promulgación como fuente de un texto auténtico
156. No hay promulgación de los decretos.
157. El refrendo ministerial . Su origen
158. El refrendo ministerial en la Constitución de la Nación Argentina
159. El refrendo ministerial en la Argentina.
160. Refrendo por el Jefe de Gabinete de Ministros

CAPITULO XIV. El veto de la ley
161. El veto en las constituciones Iberoamericanas y Provinciales argentinas.
162. Concepto de veto .
163. El veto y la división de poderes
164. Clasificación de los tipos de veto
165. Veto absoluto o suspensivo
166. Veto simple o condicional
167. Veto único o periódico
168. Veto "pocket"
169. Veto parcial o veto total
170. Consecuencias de esta última clasificación en orden a la denominación
171. El veto como deber y el veto como derecho.
172. Antigüedad de las constituciones y textos modificatorios
173. La facultad de colegislar y el derecho de iniciativa
174. El Poder Ejecutivo como colegislador
175. El derecho de iniciativa en la formación de las leyes
176. El veto total y parcial en las Constituciones Iberoamericanas.
177. El veto total y parcial en las Constituciones Provinciales Argentinas
178. La promulgación tácita de las leyes
179. Subrogación en la función de promulgar
180. Plazos para vetar
181. Plazo para vetar en proporción a la cantidad de artículos
182. Plazo único para vetar cualquier proyecto sancionado
183. Cómius del plazo para vetar
184. Extensión y modo de computar el plazo para vetar en las Constituciones Provinciales Argentinas
185. Materias no vetables
186. Proyectos que no requieren promulgación
187. Proyectos no vetables
188. Requisitos de la insistencia parlamentaria en las constituciones Iberoamericanas
189. Requisitos de la insistencia parlamentaria en las constituciones provinciales argentinas.
190. Subrogación en la función de publicar la ley
191. Algunas conclusiones acerca del veto de la ley

CAPITULO XV. La publicación de la ley.
192. Distingo entre "publicación" y "promulgación"
193. Los dos sistemas de publicidad de las leyes.
194. El sistema de publicidad material
195. El sistema de publicidad formal
196. Primacía de la publicidad formal
197. Publicación necesaria e innecesaria
198. Una consecuencia de orden hermenéutico vinculada al carácter meramente declarativo de la publicación de la ley.
199. La publicación completa de la ley vigente
200. El exceso del sistema de publicación formal. La doble publicación.
201. El sistema de la publicidad de las leyes en la Argentina
202. La publicación de las leyes en el Boletín Oficial
203. La correlatividad del número de publicación
204. La forma de la publicación en el Boletín Oficial
205. Efectos jurídicos de la falta de publicación. La invocación por los particulares. La oponibilidad al Estado.
206. Responsabilidad civil del Estado por falta de publicación de la ley
207. Las leyes sancionadas en sesión secreta
208. Las leyes secretas.
209. El conocimiento de la existencia de las leyes secretas y el conocimiento de su contenido.
210. ¿Pueden haber leyes parcialmente secretas?
211. Sociología de las leyes secretas en la Argentina

CAPITULO XVI. La modificación de las leyes
212. Consideraciones previas
213. El sistema de modificaciones normativas en el derecho romano.
214. Alcance actual del concepto de modificación de la ley
215. Modificación única o múltiple.
216. Título de la ley modificatoria.
217. Terminología o redacción empleada por la ley modificatoria.
218. Incorporación normativa
219. Modificación de un texto anteriormente modificado.
220. El sistema de modificación normativa en la Argentina.

CAPITULO XVII. La derogación de la ley
221. Derogación normativa expresa o tácita. Necesidad de la derogación expresa.
222. La cláusula de derogación normativa expresa.
223. Derogación relativa o derogación "a los efectos de la presente ley"
224. Derogación de leyes que todavía "no han entrado en vigencia"
225. Derogación respecto a los hechos y respecto a las consecuencias de los hechos
226. Suspensión de los efectos de la ley como sucedáneo de la derogación.
227. Inaplicabilidad de leyes que requieren reglamentación, por no estar reglamentadas
228. ¿El Estado incurre en responsabilidad civil por no reglamentar una ley ?
229. La cláusula de salvaguardia.
230. Las reglas y proyectos de reglas sobre derogación expresa en la legislación argentina
231. La derogación en el estado actual de la legislación nacional argentina.
232. Derogación de la norma derogatoria. Reviviscencia de la ley.
233. La responsabilidad civil como efecto no querido de alguna derogación.
a). Principios generales sobre la responsabilidad del Estado.
b). Fundamentos de la responsabilidad del Estado.
c). La responsabilidad del Estado existe por actos de cualquiera de los tres poderes.
I. Generalidades.
II. Existencia de lesión patrimonial.
d). Responsabilidad por actos lícitos.
I. Constituye una especie de la responsabilidad extracontractual .
II. Afirmación de la doctrina.
III. La responsabilidad por actos lícitos existe aun en el Código Civil.
IV. Estado actual en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de Nación y en la doctrina jurídica argentina.
V. Requisitos de procedencia del resarcimiento.
e). Límites de la responsabilidad del Estado

CAPITULO XVIII. El texto ordenado.
234. Concepto de texto ordenado.
235. Necesidad de textos ordenados
236. La norma y las propuestas referidas al texto ordenado en la Argentina.
237. Normas que autorizan a la elaboración de textos ordenados por el Poder Ejecutivo
238. El uso de textos ordenados en la práctica legislativa argentina.
239. Nuestras conclusiones sobre las características de los textos ordenados argentinos
240. Reglas que pueden inferirse sobre la elaboración de textos ordenados.

PARTE TERCERA. La redacción de la ley

CAPITULO XIX. El lenguaje de la ley
241. ¿Quién redacta la ley?
242. Finalidad del lenguaje jurídico.
243. ¿A quien se dirige el lenguaje de la ley?
244. Los defectos del lenguaje y la necesidad de un lenguaje normalizado
245. El lenguaje jurídico como lenguaje parcialmente técnico. El vocabulario.
246. El lenguaje de la ley como modalidad del lenguaje jurídico.
247. Características del lenguaje de la ley con relación a los restantes usos del lenguaje jurídico.
248. La formulación canónica de las oraciones.
249. Quid del tiempo de verbo en la redacción de las leyes
250. El tiempo de verbo en la redacción de los textos constitucionales.
251. El uso de gerundios.

CAPITULO XX. El uso de definiciones en la ley
252. Las definiciones
253. Las definiciones legislativas.
254. Tipos de definiciones.
255. Conveniencia o inconveniencia de las definiciones legislativas.
256. Sugerencias para redactar una correcta definición legislativa.
257. El uso de definiciones en el Código Civil de la República Argentina.
258. El uso de definiciones en el estado actual de la legislación nacional argentina.
259. El uso de definiciones en los acuerdos, convenciones y tratados internacionales suscriptos por la República Argentina.
260. "Definición", "concepto" y "noción".
261. Los "principios"

CAPITULO XXI. Los sinónimos en la ley
262. El uso de sinónimos.

CAPITULO XXII. Otros elementos de la redacción legislativa
263. El concepto principal y el accesorio.
264. Los pronombres.
265. Lo masculino y lo femenino. El lenguaje sexista y el lenguaje sexuado.
266. Lo singular y lo plural.
267. Los absolutos (Todos, ninguno, siempre. nunca)
268. Enunciación de todas las especies de un género.
269. El uso de letras mayúsculas.
270. Los signos de puntuación; paréntesis, guiones, comillas, signos de admiración y de interrogación.
271. Las cantidades
272. Las conjunciones.

CAPITULO XXIII. Elementos inconvenientes en la redacción legislativa
273. El uso de ejemplos en la redacción de la ley
274. El uso de ejemplos en el Código Civil de la República Argentina.
275. Los circunloquios
276. Los neologismos , palabras extranjeras y latinazgos
277. Las siglas.
278. Uso inadecuado del adverbio "cuando".

APÉNDICE.

280 Leyes identificadas como " y 1/2"
281 Cuadro que individualiza las leyes que llevan título en la legislación nacional argentina desde el día 10 de diciembre de 1983 hasta el día 29 de mayo de 1997.
282 Cuadro comparativo de diferentes fórmulas de promulgación o sanción de las leyes utilizadas en constituciones de Iberoamérica.
283 Diversas fórmulas de sanción de las leyes utilizadas en las Constituciones Provinciales argentinas.
284 Uso de preámbulo o exposición de motivos en los códigos civiles.
285 Uso de las divisiones superiores en las constituciones iberoamericanas.
286 Cuadro comparativo sobre las divisiones superiores en las constituciones provinciales argentinas.
287 Uso de divisiones superiores en los códigos civiles.
288 Cuadro sobre las cantidades más frecuentes de divisiones superiores
289 Leyes nacionales argentinas promulgadas en los años 1988, 1989 y 1990.
290 Artículos no autónomos en el Código Civil argentino.
291 Uso de remisiones en el Código Civil argentino.
292 Uso de epígrafes en los códigos civiles (ordenados por antigüedad)
293 Uso de las particiones inferiores en los códigos civiles.
294 Obras citadas en las notas del Código Civil argentino.
295 Citas de leyes, códigos y constituciones en las notas del Código Civil argentino.
296 Citas de diccionarios, repertorios y revistas en las notas del Código Civil argentino.
297 Obras citadas y no listadas en las notas del Código Civil argentino.
298 Síntesis numérica de citas de fuentes doctrinarias y legales en las notas del Código Civil argentino.
299 Cuadro que desarrolla los temas expuestos acerca del veto en las constituciones iberoamericanas.
300 Cuadro que desarrolla los temas expuestos acerca del veto en las constituciones provinciales argentinas.
301 Leyes nacionales argentinas no publicadas.
302 Textos ordenados en la legislación nacional argentina.
303 Uso de las definiciones en los convenios internacionales suscriptos por la República Argentina.
Bibliografía.
Códigos Civiles citados en la obra
Proyectos y anteproyectos de reforma de códigos civiles citados en la obra.
Constituciones consultadas por Internet.

Estamos como estamos porque somos como somos

UNC
RAB Usuario VIP Creado: 05/09/08
En infoleg tenes el Manual de Tecnica legislativa y es gratis con ejemplos y todo:

http://infoleg.mecon.gov.ar/basehome/manual.htm

Saludos.

Sin Definir Universidad
mariley Ingresante Creado: 05/09/08
Empezado por RAB

"En infoleg tenes el Manual de Tecnica legislativa y es gratis con ejemplos y todo:

http://infoleg.mecon.gov.ar/basehome/manual.htm

Saludos.
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Sin Definir Universidad
mariley Ingresante Creado: 05/09/08
Empezado por RAB

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Título: Fundamentos de técnica legislativa

Autor: Leiva Fernández, Luis F. P.

Edición: 1
Tapa: Encuadernada
Editorial: La Ley
Páginas: 448
Año: 1999
ISBN: 950-527-230-8


$169.00

Temas principales:
Primera obra que efectúa un estudio orgánico de la técnica legislativa en esta parte de América. Contiene un análisis de reglas extranjeras de legística, comparadas con las formas y contenido de medio centenar de constituciones extranjeras, todas las provinciales argentinas, y casi cincuenta códigos civiles incluido el argentino. Concluye cuáles deben ser las previsiones que contengan las reglas de técnica legislativa en la Argentina y los países de Sudamérica.

"Fundamentos de técnica legislativa". Ed. La Ley. Buenos Aires, 1999. páginas 402 .(ISBN 950-527-230-8)

PARTE PRIMERA. Nociones de Legística.
CAPITULO I. Conceptos generales
1. El Derecho, la Ciencia de la Legislación y la Legística. Concepto de Legística.
2. Antecedentes de los estudios de Técnica Legislativa.
3. Importancia de los estudios de Legística.
4. Tradición latina, anglosajona y germánica.
5. Razones actuales de la evolución de la Legística.
6. La Técnica Legislativa en la Argentina.

CAPITULO II. La inflación legislativa y las técnicas que la contrarrestan.
7. La contaminación o inflación legislativa.
8. Insuficiencia del derecho y los conceptos generales de la Ciencia de la Legislación para afrontar el fenómeno. El aporte de la Legística.
9. La consolidación : el Digesto Jurídico Argentino.
10. La Checklisten como técnica
11. Concepto de checklisten.
12. Las checklisten en Alemania, Estados Unidos, Suiza , Francia e Italia
13. El contenido de algunas checklisten
14. El ámbito de aplicación de las checklisten.
15. La obligatoriedad de uso de las checklisten
16. El control de uso de las checklisten
17. Algunos ítems que pueden incluirse en checklisten en la Argentina.

PARTE SEGUNDA . La estructura formal de las normas.

CAPITULO III. Las partes de las normas
18.Las partes de la ley.
19.Las partes de las constituciones.

CAPITULO IV. El título de la ley.
20. Concepto de "título de la ley"
21. El título de la ley y el nombre del legislador
22. Directrices referentes al título de las normas.
a) En España
b) En Italia
c) En Francia
d) En Austria
e) En la Unión Europea
f) En la Argentina.
23. El "buen título" en doctrina.
24. Partes del título.
25. Autocalificación normativa. Clasificación de la ley como nacional o local, federal, o común.
26. Fecha de la ley. Atribución de fecha, en consideración a la sanción, promulgación o publicación.
27. El número de la ley.
28. Nuestra opinión : identificar y no numerar.
29. La numeración "bis", "ter", "quater" etc.
30. Las leyes " y 1/2"
31. Numeración ordinal o cardinal. Las constituciones de las Provincias de Chubut, Entre Ríos, Salta y Tierra del Fuego.
32. Atribución del número en consideración a la sanción, promulgación o publicación. Poder que lo efectúa.
33. El título y la numeración de las leyes modificativas.
34. Neutralidad del título.
35. Imposición del título. Poder que lo efectúa.
36. Unicidad del título. El título en las leyes "ómnibus" (Omnibus bill) o "paquete" (Paketgesetze).
37. El título de las leyes y las normas "intrusas" o "Leges furtivae"
38. Valor hermenéutico del título. Consecuencias de su inadecuación.
39. El título de las leyes en la tradición anglosajona.
40. La identificación de la ley en el estado actual de la legislación nacional argentina.

CAPITULO V. La fórmula de sanción de las leyes.
41. La fórmula de sanción en la Constitución de la Nación Argentina.
42. La reforma constitucional de 1994 y el artículo 84 de la Constitución Nacional.
43. La fórmula de sanción utilizada luego de la reforma de 1994
44. Inadecuación de la norma del decreto 333/85 a la Constitución de la Nación Argentina reformada en 1994.
45. ¿Debe existir una fórmula de sanción o de promulgación de las leyes?
46. ¿Es conveniente que la fórmula de sanción de las leyes, o de su promulgación, tenga jerarquía constitucional?
47. La fórmula de sanción en las constituciones iberoamericanas
48. Las fórmulas de sanción en las Constituciones Provinciales Argentinas
49. Las fórmulas de sanción en normas de inferior jerarquía a la legal.

CAPITULO VI. El preámbulo o exposición de motivos en la constitución y en la ley.
50. Concepto de preámbulo o exposición de motivos
51. Conveniencia o inconveniencia del preámbulo.
52. Las reglas de redacción de los preámbulos y exposiciones de motivos son las de las leyes.
53. Contenido del preámbulo.
a) Justificación de la competencia en las leyes y de la personería en las constituciones.
b). Objetivo último.
c) Antecedentes.
d). Finalidad inmediata.
e) Breve reseña del contenido de la ley
f) La invocación a Dios.
54. Orden lógico de los elementos ideales de un preámbulo o una exposición de motivos
55. División de las partes expositivas.
56. El preámbulo o exposición de motivos como parte expositiva de la norma..
57. Utilización del preámbulo
a) Con fines ideológicos.
b) Con fines pedagógicos.
c) Con fines propagandísticos.
58. Estado actual de la valoración del preámbulo y de las exposiciones de motivos
59. Valor hermenéutico de los preámbulos y exposiciones de motivos
60. Los preámbulos en las constituciones.
61. Los preámbulos en las constituciones de Iberoamérica.
62. Los preámbulos constitucionales en la Argentina.
63. Las directrices sobre la exposición de motivos en las leyes
a) En España
b) En Italia.
c) En Francia.
d) En Austria
b) En la Unión Europea.
I.- Contenido.
II.- Fórmula introductoria.
III.- articione entre considerandos
b) Las articiones de motivos, o preámbulos, en los códigos.
b) La articione de motivos en la articiones nacional argentina.
b) Poder Ejecutivo Nacional.
I.- Respecto de los anteproyectos de ley.
II.- Respecto de los decretos.
b) Poder Legislativo
b) Anteproyecto de Reglas de Técnica Legislativa de la Secretaría de Asuntos Legislativos del Ministerio de Justicia de la Nación.

CAPITULO VII. Divisiones superiores al artículo.
b) Importancia de las divisiones en las normas.
b) Las divisiones superiores al artículo en los textos constitucionales
b) Los conjuntos o divisiones superiores en las articiones es Iberoamericanas
b) Nuestra conclusión sobre los conjuntos o divisiones superiores en las articiones es Iberoamericanas.
a) Cantidad de conjuntos o articiones superiores al artículo que se considera regular o "standard".
b) Cuáles son tales articiones, o como se denominan.
c) Orden de precedencia en que se deben ubicar.
d) Secuencia de su numeración.
e) Conclusión
71. Conjuntos o divisiones superiores en las Constituciones Provinciales Argentinas
72. Nuestra conclusión sobre los conjuntos o divisiones superiores en las constituciones Provinciales Argentinas
a) Cantidad de conjuntos o particiones superiores al artículo que se considera regular o "standard".
b) Cuáles son tales particiones, o como se denominan.
c) Orden de precedencia en que se deben ubicar.
d) Conclusión
73. Conclusión comparativa entre las divisiones o conjuntos superiores en las Constituciones Iberoamericanas y en las Provinciales Argentinas.
74. Las divisiones superiores al articulo en los códigos .
75. Nuestra conclusión sobre los conjuntos o divisiones superiores en los códigos.
a) Cantidad de conjuntos o particiones superiores al artículo que se considera regular o "standard".
b) Cuáles son tales particiones, o como se denominan.
c) Orden de precedencia en que se deben ubicar.
d) Conclusión
76. Conclusión comparativa entre la cantidad de particiones en las constituciones y en los códigos. Su extensión a normas inferiores.
77. Los conjuntos o divisiones superiores al artículo en la legislación nacional argentina.
78. Síntesis estadística de las leyes nacionales argentinas de los años 1988, 1989 y 1990.
79. Nuestras conclusiones sobre el uso de las divisiones superiores al artículo en las leyes nacionales argentinas
80. Nuestras conclusiones sobre el uso correcto de las divisiones superiores al artículo en las leyes nacionales argentinas
81. Numeración de las divisiones superiores al artículo.
82. Intitulación de las divisiones superiores al artículo.
83. Defectos de intitulación de las divisiones superiores en el Código Civil de la República Argentina.
84. Defectos de intitulación de las divisiones superiores en algunas leyes nacionales argentinas
85. El ordenamiento lógico de las divisiones superiores
86. Las divisiones superiores al artículo en las directrices.
a) En España
b) En Italia
c) En Francia
d) En Austria
87. Normas sobre las divisiones superiores al artículo en la legislación nacional argentina.

CAPITULO VIII. El artículo. La unidad normativa.
88. Concepto de artículo.
89. El contenido del artículo. Su autonomía.
90. La autonomía en los artículos del Código Civil argentino
91. La ausencia de autonomía por remisión a otra norma.
92. El ordenamiento lógico de los artículos .
93. La extensión del artículo.
94. La palabra "ARTICULO"
95. Numeración de los artículos.
a) Numeración ordinal
b) Numeración ordinal seguida de cardinal
c) Numeración cardinal.
d) Numeración cifrada.
96. Numeración en cifras o en letras
97. Numeración en cifras arábigas o romanas.
98. El punto separador de las centenas en la numeración arábiga
99. La puntuación luego del número del artículo.
100. Artículo "único".
101. Secuencia de la enumeración de artículos en las leyes y normas inferiores.
102. Secuencia en la numeración de artículos en las constituciones.
103. Nuestra opinión sobre la enumeración de los artículos
104. El epígrafe o rúbrica. Su utilidad.
105. Reglas para la elaboración de epígrafes.
106. Ubicación del epígrafe.
107. El epígrafe entre guiones o entre paréntesis
108. El uso de epígrafe o rúbrica en los párrafos
109. Valor hermenéutico del epígrafe.
110. El uso del epígrafe o rúbrica en la antigua legislación española.
111. El uso del epígrafe en las constituciones.
112. El uso del epígrafe en los códigos civiles.
113. El uso del epígrafe en el estado actual de la legislación nacional argentina.
114. Nuestra opinión sobre la utilización de epígrafe

CAPITULO IX. Divisiones inferiores al artículo.
115. Párrafo: concepto e identificación.
116. Apartado: concepto e identificación.
117. Inciso: concepto e identificación.
118. Aspectos comunes de las particiones inferiores al artículo.
119. Aspectos diferenciales de las particiones inferiores al artículo.
120. Identificación del inciso único.
121. Las particiones inferiores en las constituciones
122. Las particiones inferiores en los códigos.
123. Las particiones inferiores en el Código Civil de la República Argentina.
124. Nuestras conclusiones sobre el uso de las particiones inferiores en los códigos
125. Las particiones inferiores en las leyes y normas de menor jerarquía.

CAPITULO X. La parte final de la ley.
126. Disposiciones finales.
127. Las disposiciones finales en las constituciones Iberoamericanas
128. Las disposiciones finales en las constituciones provinciales argentinas.
129. La identificación de los artículos en la parte final de las constituciones.
130. La secuencia numérica de los artículos de la parte final en las constituciones.
131. Nuestra conclusión sobre la parte final de las constituciones
132. El uso de las disposiciones finales en la legislación argentina
133. El contenido y orden de las disposiciones finales en nuestra concepción
134. El inicio de la vigencia de la ley. La regla residual.
135. La cláusula de vigencia.
136. Vigencia de la ley sin vacatio legis. Vigencia inmediata.
137. Retroactividad de la ley .
138. Vigencia limitada en el tiempo.

CAPITULO XI. Los accesorios. Los anexos
139. El anexo. Concepto.
140. Los anexos en las directrices
141. Los anexos en la Argentina
142. El uso de los anexos en la legislación argentina

CAPITULO XII. Los accesorios. Las notas
143. Las notas al pie. ¿Que es una nota?
144. Las notas al pie de página en las directrices.
145. Uso escasísimo de las notas al pie de página en los códigos
146. La historia de las notas al pie de pagina del Código Civil de la República Argentina.
147. Ponderación de la existencia de notas al pie en el Código Civil de la República Argentina.
148. Breve análisis del contenido de las notas al pié en el Código Civil de la República Argentina.
149. Las fuentes del Código Civil argentino que surgen del oficio del día 21 de junio de 1865.
150. El apego al método de la exégesis
151. Valor hermenéutico de las notas al pie.
152. Las notas al pie en las sentencias judiciales.

CAPITULO XIII. Promulgación de la ley
153. La promulgación de la ley en el medioevo. Las Cortes en España.
154. ¿Que es la promulgación?
155. ¿Para que sirve la promulgación?
a) La promulgación como control de constitucionalidad formal de la ley
b) La promulgación como fuente de un texto auténtico
156. No hay promulgación de los decretos.
157. El refrendo ministerial . Su origen
158. El refrendo ministerial en la Constitución de la Nación Argentina
159. El refrendo ministerial en la Argentina.
160. Refrendo por el Jefe de Gabinete de Ministros

CAPITULO XIV. El veto de la ley
161. El veto en las constituciones Iberoamericanas y Provinciales argentinas.
162. Concepto de veto .
163. El veto y la división de poderes
164. Clasificación de los tipos de veto
165. Veto absoluto o suspensivo
166. Veto simple o condicional
167. Veto único o periódico
168. Veto "pocket"
169. Veto parcial o veto total
170. Consecuencias de esta última clasificación en orden a la denominación
171. El veto como deber y el veto como derecho.
172. Antigüedad de las constituciones y textos modificatorios
173. La facultad de colegislar y el derecho de iniciativa
174. El Poder Ejecutivo como colegislador
175. El derecho de iniciativa en la formación de las leyes
176. El veto total y parcial en las Constituciones Iberoamericanas.
177. El veto total y parcial en las Constituciones Provinciales Argentinas
178. La promulgación tácita de las leyes
179. Subrogación en la función de promulgar
180. Plazos para vetar
181. Plazo para vetar en proporción a la cantidad de artículos
182. Plazo único para vetar cualquier proyecto sancionado
183. Cómius del plazo para vetar
184. Extensión y modo de computar el plazo para vetar en las Constituciones Provinciales Argentinas
185. Materias no vetables
186. Proyectos que no requieren promulgación
187. Proyectos no vetables
188. Requisitos de la insistencia parlamentaria en las constituciones Iberoamericanas
189. Requisitos de la insistencia parlamentaria en las constituciones provinciales argentinas.
190. Subrogación en la función de publicar la ley
191. Algunas conclusiones acerca del veto de la ley

CAPITULO XV. La publicación de la ley.
192. Distingo entre "publicación" y "promulgación"
193. Los dos sistemas de publicidad de las leyes.
194. El sistema de publicidad material
195. El sistema de publicidad formal
196. Primacía de la publicidad formal
197. Publicación necesaria e innecesaria
198. Una consecuencia de orden hermenéutico vinculada al carácter meramente declarativo de la publicación de la ley.
199. La publicación completa de la ley vigente
200. El exceso del sistema de publicación formal. La doble publicación.
201. El sistema de la publicidad de las leyes en la Argentina
202. La publicación de las leyes en el Boletín Oficial
203. La correlatividad del número de publicación
204. La forma de la publicación en el Boletín Oficial
205. Efectos jurídicos de la falta de publicación. La invocación por los particulares. La oponibilidad al Estado.
206. Responsabilidad civil del Estado por falta de publicación de la ley
207. Las leyes sancionadas en sesión secreta
208. Las leyes secretas.
209. El conocimiento de la existencia de las leyes secretas y el conocimiento de su contenido.
210. ¿Pueden haber leyes parcialmente secretas?
211. Sociología de las leyes secretas en la Argentina

CAPITULO XVI. La modificación de las leyes
212. Consideraciones previas
213. El sistema de modificaciones normativas en el derecho romano.
214. Alcance actual del concepto de modificación de la ley
215. Modificación única o múltiple.
216. Título de la ley modificatoria.
217. Terminología o redacción empleada por la ley modificatoria.
218. Incorporación normativa
219. Modificación de un texto anteriormente modificado.
220. El sistema de modificación normativa en la Argentina.

CAPITULO XVII. La derogación de la ley
221. Derogación normativa expresa o tácita. Necesidad de la derogación expresa.
222. La cláusula de derogación normativa expresa.
223. Derogación relativa o derogación "a los efectos de la presente ley"
224. Derogación de leyes que todavía "no han entrado en vigencia"
225. Derogación respecto a los hechos y respecto a las consecuencias de los hechos
226. Suspensión de los efectos de la ley como sucedáneo de la derogación.
227. Inaplicabilidad de leyes que requieren reglamentación, por no estar reglamentadas
228. ¿El Estado incurre en responsabilidad civil por no reglamentar una ley ?
229. La cláusula de salvaguardia.
230. Las reglas y proyectos de reglas sobre derogación expresa en la legislación argentina
231. La derogación en el estado actual de la legislación nacional argentina.
232. Derogación de la norma derogatoria. Reviviscencia de la ley.
233. La responsabilidad civil como efecto no querido de alguna derogación.
a). Principios generales sobre la responsabilidad del Estado.
b). Fundamentos de la responsabilidad del Estado.
c). La responsabilidad del Estado existe por actos de cualquiera de los tres poderes.
I. Generalidades.
II. Existencia de lesión patrimonial.
d). Responsabilidad por actos lícitos.
I. Constituye una especie de la responsabilidad extracontractual .
II. Afirmación de la doctrina.
III. La responsabilidad por actos lícitos existe aun en el Código Civil.
IV. Estado actual en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de Nación y en la doctrina jurídica argentina.
V. Requisitos de procedencia del resarcimiento.
e). Límites de la responsabilidad del Estado

CAPITULO XVIII. El texto ordenado.
234. Concepto de texto ordenado.
235. Necesidad de textos ordenados
236. La norma y las propuestas referidas al texto ordenado en la Argentina.
237. Normas que autorizan a la elaboración de textos ordenados por el Poder Ejecutivo
238. El uso de textos ordenados en la práctica legislativa argentina.
239. Nuestras conclusiones sobre las características de los textos ordenados argentinos
240. Reglas que pueden inferirse sobre la elaboración de textos ordenados.

PARTE TERCERA. La redacción de la ley

CAPITULO XIX. El lenguaje de la ley
241. ¿Quién redacta la ley?
242. Finalidad del lenguaje jurídico.
243. ¿A quien se dirige el lenguaje de la ley?
244. Los defectos del lenguaje y la necesidad de un lenguaje normalizado
245. El lenguaje jurídico como lenguaje parcialmente técnico. El vocabulario.
246. El lenguaje de la ley como modalidad del lenguaje jurídico.
247. Características del lenguaje de la ley con relación a los restantes usos del lenguaje jurídico.
248. La formulación canónica de las oraciones.
249. Quid del tiempo de verbo en la redacción de las leyes
250. El tiempo de verbo en la redacción de los textos constitucionales.
251. El uso de gerundios.

CAPITULO XX. El uso de definiciones en la ley
252. Las definiciones
253. Las definiciones legislativas.
254. Tipos de definiciones.
255. Conveniencia o inconveniencia de las definiciones legislativas.
256. Sugerencias para redactar una correcta definición legislativa.
257. El uso de definiciones en el Código Civil de la República Argentina.
258. El uso de definiciones en el estado actual de la legislación nacional argentina.
259. El uso de definiciones en los acuerdos, convenciones y tratados internacionales suscriptos por la República Argentina.
260. "Definición", "concepto" y "noción".
261. Los "principios"

CAPITULO XXI. Los sinónimos en la ley
262. El uso de sinónimos.

CAPITULO XXII. Otros elementos de la redacción legislativa
263. El concepto principal y el accesorio.
264. Los pronombres.
265. Lo masculino y lo femenino. El lenguaje sexista y el lenguaje sexuado.
266. Lo singular y lo plural.
267. Los absolutos (Todos, ninguno, siempre. nunca)
268. Enunciación de todas las especies de un género.
269. El uso de letras mayúsculas.
270. Los signos de puntuación; paréntesis, guiones, comillas, signos de admiración y de interrogación.
271. Las cantidades
272. Las conjunciones.

CAPITULO XXIII. Elementos inconvenientes en la redacción legislativa
273. El uso de ejemplos en la redacción de la ley
274. El uso de ejemplos en el Código Civil de la República Argentina.
275. Los circunloquios
276. Los neologismos , palabras extranjeras y latinazgos
277. Las siglas.
278. Uso inadecuado del adverbio "cuando".

APÉNDICE.

280 Leyes identificadas como " y 1/2"
281 Cuadro que individualiza las leyes que llevan título en la legislación nacional argentina desde el día 10 de diciembre de 1983 hasta el día 29 de mayo de 1997.
282 Cuadro comparativo de diferentes fórmulas de promulgación o sanción de las leyes utilizadas en constituciones de Iberoamérica.
283 Diversas fórmulas de sanción de las leyes utilizadas en las Constituciones Provinciales argentinas.
284 Uso de preámbulo o exposición de motivos en los códigos civiles.
285 Uso de las divisiones superiores en las constituciones iberoamericanas.
286 Cuadro comparativo sobre las divisiones superiores en las constituciones provinciales argentinas.
287 Uso de divisiones superiores en los códigos civiles.
288 Cuadro sobre las cantidades más frecuentes de divisiones superiores
289 Leyes nacionales argentinas promulgadas en los años 1988, 1989 y 1990.
290 Artículos no autónomos en el Código Civil argentino.
291 Uso de remisiones en el Código Civil argentino.
292 Uso de epígrafes en los códigos civiles (ordenados por antigüedad)
293 Uso de las particiones inferiores en los códigos civiles.
294 Obras citadas en las notas del Código Civil argentino.
295 Citas de leyes, códigos y constituciones en las notas del Código Civil argentino.
296 Citas de diccionarios, repertorios y revistas en las notas del Código Civil argentino.
297 Obras citadas y no listadas en las notas del Código Civil argentino.
298 Síntesis numérica de citas de fuentes doctrinarias y legales en las notas del Código Civil argentino.
299 Cuadro que desarrolla los temas expuestos acerca del veto en las constituciones iberoamericanas.
300 Cuadro que desarrolla los temas expuestos acerca del veto en las constituciones provinciales argentinas.
301 Leyes nacionales argentinas no publicadas.
302 Textos ordenados en la legislación nacional argentina.
303 Uso de las definiciones en los convenios internacionales suscriptos por la República Argentina.
Bibliografía.
Códigos Civiles citados en la obra
Proyectos y anteproyectos de reforma de códigos civiles citados en la obra.
Constituciones consultadas por Internet.
"

+Ver post citado
Si... exactamente lo que encontre tambien... te agradezco un monton por molestarte.

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