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INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL




[b] INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

Decreto 184/2006

Dase por designado Secretario de Desarrollo y Promoción.

Bs. As., 20/2/2006

VISTO el Expediente Nº 4948/2005 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, la Ley Nº 26.078, y el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.078 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2006.

Que por el Decreto Nº 721/00 se aprobó la Estructura Organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que el artículo 7º de la citada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en virtud de encontrarse vacante el cargo extraescalafonario del titular de la SECRETARIA DE DESARROLLO Y PROMOCION del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, Organismo Descentralizado dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el citado Instituto considera imprescindible su cobertura.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo previsto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.078.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el Servicio Jurídico Permanente del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1º y 7º de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 2º del Decreto Nº 565/05, los artículos 7º y 11 de la Ley Nº 26.078 y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/ 02 y el artículo 7º de la ley Nº 25.967.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

[b] Artículo 1º — Dase por designado a partir del 23 de noviembre de 2005 en el cargo de Secretario de Desarrollo y Promoción del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, al Ingeniero D. José Félix SANCHA DE DIEGO (D.N.I. Nº 18.645.476, como excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 25.967 y en el artículo 7º de la Ley Nº 26.078.

[b] Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL.

[b] Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Juan C. Nadalich.

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