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IMPEDIMENTO DE CONTACTO CON EL HIJO Ley 24.270 no se cumple?


Me gustaria saber jurisprudencia ssobre la aplicaciòn de la Ley Penal 24.270 y comentarios, presentaciones,apelaciones realizadas de algo que esta muy de auge y se le da poca importancia inclusive no se harian efectivas las penas de acuerdo a lo que estipula la 24.270

eldany2007 Sin Definir Universidad

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Sin Definir Universidad
nicoking Cursando Ingreso Creado: 09/03/07
me sumo

UNC
RAB Usuario VIP Creado: 09/03/07
Mando estos sumarios:

DELITO DE IMPEDIMENTO DE CONTACTO. Imputado que no reúne la calidad de autor del delito, por no ser “padre conviviente”. Inexistencia de delito. Desestimación de denuncia. Posible comisión del delito de “sustracción de menores”. Rechazo. Padre que no ha sido privado o suspendido de la patria potestad por sentencia judicial.

C. 27.451 – “C., J. s/desestimación” – CNCRIM Y CORREC - Sala VI – 02/09/2005

“Para reunir la calidad de autor del delito previsto y reprimido en el art. 1º de la ley 24.270 resulta menester ser el padre “conviviente” pues, es éste quien, abusando de esa circunstancia, impide y/u obstruye ilegalmente el contacto del menor de edad con el progenitor “no conviviente”.”

“En el sub examine es dable advertir que el imputado no es quien convive con el niño, de modo tal que, se encontraría ausente uno de los requisitos típicos de la figura en cuestión.”

“En segundo lugar, la quejosa introduce la posible comisión -por parte del encartado- del delito previsto y reprimido en el art. 146 del código de fondo.”

“Al respecto, los suscriptos -en casos similares- ya se han expedido respecto a que pueden ser autores de este hecho típico los padres del menor, sólo cuando fueron privados o suspendidos de la patria potestad por sentencia judicial, pues entonces quien sustrae ya no tiene derecho de custodia. Evidentemente, esta situación de excepción, no se ha corroborado en la especie.”

IMPEDIMENTO DE CONTACTO. Reanudación de las visitas. Accionar doloso. Revocación del sobreseimiento.-

C. 23.664 - "C., E. V. s/ ley 24.270" - CNCRIM Y CORREC - Sala IV - 02/06/2004

"La reanudación de las visitas no implica la atipicidad de la conducta previa. La restauración del contacto entre padre e hijo, prevista en el art. 3 de la ley 24.270, tiene como finalidad poner fin a una situación irregular que podría llegar a encuadrar en el delito denunciado, mas ello no borra el accionar anterior y el tiempo que ese vínculo haya permanecido obstruido."
"Por ello, corresponde investigar si existió un accionar doloso por parte de la imputada, y debe revocarse el auto que dispuso su sobreseimiento."

DELITO DE IMPEDIMENTO DE CONTACTO. Ley 24.270. Firme negativa del menor que frustra el contacto con el progenitor no conviviente. Fin de la norma. SOBRESEIMIENTO.

. 107.617 – “N, N..M.” – CNCRIM Y CORREC – Sala V – 05/03/2005

“Es derecho inobjetable del niño mantener contacto con sus padres y esta vinculación es lo que protege la norma penal. La negativa de la menor a ver a su padre da cuenta que carece de interés en vincularse con su progenitor, que no quiere ejercer su derecho y de la razón del repudio en que este nunca prestó asistencia alimentaria alguna, además de los recuerdos desagradables.”

“Los fallidos intentos de revinculación de que dan cuenta tanto el sumario como los expedientes civiles no obstan a considerar que la imputada no ha frustrado el contacto.”

“En este caso, aun los profesionales del cuerpo médico forense estiman que no seria conveniente la revinculación, en este momento, dado los problemas psicológicos de V. y de la menor.”

“Por cuanto de allí se evidencia el acierto de la imputada en respetar los deseos de la menor de no mantener contacto con su padre, pues la norma tiende a afianzar una adecuada comunicación filial, ya que es importante la consolidación de los sentimientos de los menores con su padre o madre y de esta forma lograr la cohesión afectiva y eficaz de los vínculos familiares y, lograr en consecuencia el desarrollo de una estructura sólida y equilibrada del psiquismo de los menores, cosa que se aprecia que el padre en este momento no está capacitado para aportar.”

UNC
RAB Usuario VIP Creado: 09/03/07
Les mando esta nota publicada en Clarín (disponible en Clarín online) autora: Georgina Elustondo.
FAMILIAS SEPARADAS: EL DIVORCIO MATRIMONIAL Y LAS SECUELAS QUE SUFREN LOS HIJOS
Chicos que rechazan a sus padres.
Cada vez hay más casos en la Justicia.
Es un trastorno que aparece en los juicios de divorcios. Se lo llama Síndrome de Alienación Parental y es un proceso por el cual uno de los padres "programa" al hijo para que odie al otro sin justificación.

Más de una vez la separación de los padres es un alivio. Sucede cuando el nivel de agresividad o de indiferencia de una pareja asume un voltaje tal que la distancia entre ese papá y esa mamá que se miran con odio es lo mejor que le puede pasar a un hijo. Sin embargo, ocurre a veces que ni siquiera el fin de la convivencia logra enfriar las broncas. Y que la ruptura, lejos de arrimar tregua, no sólo agudiza el resentimiento sino dispara la utilización de los hijos como caballitos de batalla contra el ex cónyuge, en una guerra que, en la "destrucción" del otro, incluye la decisión de desprestigiarlo y atacarlo hasta romper su vínculo con los chicos.

No es algo nuevo ni excepcional; lo novedoso es que las consecuencias de esa actitud ya tienen nombre: se llama Síndrome de Alienación Parental (SAP), un trastorno definido hace apenas cinco años por el psiquiatra estadounidense Richard Gardner, muy controvertido por sus opiniones profesionales respecto al abuso. "Es un proceso por el cual uno de los padres programa al hijo para que odie al otro progenitor sin justificación. Suele ocurrir cuando el progenitor que vive con el niño crea un vínculo de dependencia afectiva y establece con él un pacto de lealtad inconsciente que termina destruyendo el vínculo con el otro padre".

En Argentina, el debate por el reconocimiento médico y jurídico de este síndrome es fuerte y complejo, pero los expertos reconocen que la problemática existe y que empieza a resonar en los Tribunales de Familia y en los consultorios psicológicos. "Los jueces son renuentes a hablar de síndrome porque es difícil respaldar un diagnóstico tan grave, pero vemos cada vez más casos. En las causas de divorcio contradictorio notamos una tendencia a estimular el alejamiento del hijo del padre no conviviente. Los abogados lo llamamos de otra forma porque hasta los psicólogos que hacen psicodiagnósticos prefieren usar otras palabras para hablar del tema", dice la defensora de Menores María Teresa Porsile de Veltri.

La psicóloga forense Cristina Nudel, experta en familia, coincide: "Vemos bastante seguido este problema porque estos trastornos están más difundidos. Es frecuente que los peritos de parte pidan una evaluación psicológica cuando el juez otorga la tenencia a uno de los progenitores y éste termina obstruyendo el vínculo de los hijos con el otro llenándoles la cabeza. Pero yo no suelo hablar de SAP; diagnostico que hay un padre que no puede discriminar al hijo del otro padre y sugiero un trabajo de revinculación con el padre ausente".

También la Defensora de Menores Carolina Paladini reconoce que la problemática se repite cada vez más y que los psicólogos, en sus informes, empiezan a hablar del SAP. "Aparece mucho en los incidentes sobre regímenes de visita, cuando los padres involucran a los chicos en la separación y terminan usándolos como carne de cañón, generando un juego de alianzas muy jorobado. Los chicos terminan repitiendo el discurso del padre conviviente como si fueran ellos los que se divorcian. Es tan grave el lugar donde ponen a los chicos que a veces les pido que intenten salir de la escena un minuto para ver lo que están haciendo. No bien logran algún acuerdo el alivio de los chicos es impactante".

La ruptura de una pareja —y el duelo de tantos sueños y proyectos que el fin supone— puede hacer que sus miembros saquen a la luz lo peor de sí. Y lo peor incluye la manipulación de los hijos en beneficio propio. ¿El costo? Altísimo: según los psicólogos, saldar las cuentas adultas sobre el cuero blando de los hijos no sólo es una forma de abuso (sutil, subjetivo, difícil de detectar) sino, también, otra de las caras de la violencia familiar.

"En un chico alienado se pueden desencadenar muchos problemas: dificultades en el desarrollo intelectual y afectivo, depresión, problemas de socialización, trastornos de identidad (hasta puede afectar su identidad sexual), comportamiento hostil, trastornos de memoria y atención, etc.", enumera Nudel.

"Es grave cuando uno de los padres, a través de la prédica constante contra el otro ('nos abandonó, no tenemos para comer, quiere otra familia') capta la voluntad del niño y lo manipula hasta lograr que sea él mismo el que diga 'no lo quiero ver'. Cuando la obstrucción del vínculo es física (se oculta al niño, no se cumple con los horarios pautados) se puede corregir acudiendo a un juez. Pero cuando la acción apunta a que sea el niño quien decida no ver al padre es más difícil de remediar", dice Daniel Rubín, asesor legal de Asociación Nuevos Padres (ANUPA).

"En casos de lavado de cerebro claro pedimos un psicodiagnóstico de interacción familiar y sugerimos terapia urgente para los padres. Si no hay cambios hasta se puede cambiar la tenencia, pero es complicado: hubo un caso de tanto odio al otro padre que hubo que buscar una familia sustituta", revela Porsile.

Algunos jueces creen que estas actitudes ceden con el tiempo, que forman parte de las pulseadas típicas de los primeros meses post separación, pero no siempre terminan espontáneamente. "Las medidas judiciales coercitivas (multas por incumplimiento del régimen de visitas, advertencia de cambios en la tenencia) pueden ser útiles. Cuando la Justicia pone límites claros los resultados suelen ser notables", dice Rubín.

Porsile también hace hincapié en la importancia de una respuesta urgente: "Una vez que la situación está instalada es difícil de revertir. No termina hasta que los chicos cumplen 21 años y deciden por sí mismos. La Justicia no debe demorarse porque la ruptura del vínculo filial condena el futuro del chico

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