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III CONGRESO INTERNACIONAL




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III CONGRESO INTERNACIONAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA
Decreto 802/2003
Créase la Comisión Ejecutiva del mismo. Integración.
Bs. As., 4/4/2003
VISTO el Expediente Nº 4591/02 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que en la ceremonia de inauguración del II CONGRESO INTERNACIONAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA, realizada en la CIUDAD DE VALLADOLID (REINO DE ESPAÑA), Su Majestad el Rey de España y el entonces Presidente de la Nación Argentina anunciaron que la siguiente edición de dicho evento se realizaría en la REPUBLICA ARGENTINA en el año 2004.
Que los CONGRESOS DE LA LENGUA ESPAÑOLA constituyen la manifestación pública más relevante y prestigiosa sobre temas vinculados a nuestra lengua común y conforman un ámbito que convoca tanto a figuras del mundo académico como de la industria de bienes culturales de contenido hispano y de la ciencia y tecnología.
Que la SECRETARIA DE COMUNICACIONES del MINISTERIO DE ECONOMIA es responsable del Programa Nacional para la Sociedad de la Información, y viene desarrollando acciones para promover la industria ligada a contenidos hispanohablantes de base digital y otras aplicaciones relativas a las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
Que la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION tiene entre sus responsabilidades la instrumentación de acciones tendientes a promover el desarrollo cultural mediante manifestaciones de distinta índole.
Que el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA tiene entre sus responsabilidades la promoción del desarrollo educativo y en particular la instrumentación de la enseñanza del español.
Que la ACADEMIA ARGENTINA DE LETRAS tiene entre sus funciones dar unidad y expresión al estudio de la lengua y de las producciones nacionales, para conservar y acrecentar el idioma.
Que, por iniciativa de la REPUBLICA ARGENTINA, el III CONGRESO INTERNACIONAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA tendrá como título "El idioma español, las tecnologías y la nueva integración".
Que la sinergia producida por la unión de estos conceptos, será la base que enriquecerá las ponencias de los especialistas y los debates con el público presente, constituyéndose así el III CONGRESO INTERNACIONAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA en un ámbito fundamental para el desarrollo de las potencialidades que brinda nuestra lengua común.
Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION se ha expedido favorablemente.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Créase la COMISION EJECUTIVA del III CONGRESO INTERNACIONAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA, que estará integrada por representantes de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES del MINISTERIO DE ECONOMIA, de la SECRETARIA DE EDUCACION del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, y de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Dicha Comisión estará compuesta por OCHO (8) miembros, que se desempeñarán con carácter "ad-honorem", debiendo cada Secretaría designar UN (1) representante titular, con rango no inferior a Secretario y UNO (1) alterno, con rango no inferior a Director Nacional. Será presidida por el representante titular de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 2º — Invítase a la ACADEMIA ARGENTINA DE LETRAS a integrar la COMISION EJECUTIVA DEL III CONGRESO INTERNACIONAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA, para lo cual designará UN (1) representante titular y UNO (1) alterno.
Art. 3º — La COMISION EJECUTIVA podrá invitar a participar en sus actividades a otras instituciones relacionadas con la temática del III CONGRESO INTERNACIONAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA.
Art. 4º — Encomiéndase a la COMISION EJECUTIVA la elaboración, en un plazo de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de la fecha del presente decreto, de una propuesta que incluya los aspectos inherentes a los contenidos, las actividades, la administración y el financiamiento del III CONGRESO INTERNACIONAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA.
Art. 5º — El presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DUHALDE. — Carlos F. Ruckauf.

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