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contestacion de una demanda!!!

juju86 Sin Definir Universidad

Respuestas
UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 24/03/11
Fijate en la seccion apuntes en la parte de "practicas procesales"

Saludos

UNNE Derecho
mordisco1 Estudiante a Recibirse Creado: 25/03/11
Es muy vaga la forma en que formula su inquietud, debería dar más detalles sobre como acontecieron los hechos, tipo de proceso, contesta y reconviene, o contesta y opone excepciones,

-ej


CONTESTA DEMANDA Y RECONVIENE




EXCMO. TRIBUNAL DE FAMILIA


xxxxxxxxxxxxx, por derecho propio, con patrocinio letrado del Dr. Julio César Rodríguez, MP Nº xxxxxxxx del CPAF, con domicilio real en la Avenida xxxxxxxxxxx Nº xxxxxx y constituyendo el legal, en la Avenida xxxx Nº xxxxxxxxx de la ciudad de Formosa, dentro de los autos caratulados “R.R.A C/ L.R.P S/ DIVORCIO POR CAUSAL OBJETIVA“, Expte Nº XXX– Fº XXX– Año XXX, ante V.E. comparezco y respetuosamente DIGO:

I) CONTESTACIÓN DE DEMANDA
Que vengo en tiempo oportuno a contestar la demanda incoada en mi contra y solicito su rechazo con costas, en mérito de los extremos fácticos y jurídicos que expondré:

II) NEGACIONES GENERALES Y PARTICULARES
Niego todos y cada uno de los hechos expuestos en la demanda por la parte actora, excepto las que expresamente reconozca como ciertos, y en especial:
1) NIEGO haber decidido y/o acordado la separación.
2) NIEGO haber manifestado mi voluntad de continuar separada.
3) NIEGO absolutamente la procedencia de la causal invocada por el actor en la presente causa, y que más adelante dejaré legalmente acreditado.

III) RECONOCIMIENTOS
Reconozco que:
1) Es cierto, que hace aproximadamente 12 años, el actor, se retiró voluntaria e intempestivamente del hogar.
2) Es cierto, que de nuestra unión nacieron Laura Noemí, Analía Elizabeth, Liza Carolina y Eliseo David, y que actualmente todos son mayores de edad.
3) Es cierto, que formalizamos un reclamo judicial contra el actor, caratulado “L.R.P C/ R.R.A. S/ ALIMENTOS”, Expte. XXX- Fº XXX- Año XXX”.

IV REALIDAD DE LOS HECHOS.
Que en la fecha 19 de mayo de 1998, a las 16 horas aproximadamente, se retiro mi cónyuge del hogar conyugal, intempestiva y voluntariamente, llevando todas sus vestimentas y nuestra camioneta, un automotor Ford F-100, dejándonos a mi y a nuestros 4 hijos menores de edad, XXXXX de 15 años de edad, XXX de 12 años, XXXX de 11 años y XXXX de 9 años, en una situación de desamparo, siendo los ingresos que él percibía, como funcionario de la policía de la provincia de Formosa, la principal fuente de ingresos del grupo familiar.
Que albergaba la posibilidad de que recapacitara y volviera al hogar, y luego de una espera prudencial, decidí formalizar una exposición policial en la comisaría seccional tercera, individualizada como “XXXXX S/ EXPOSICIÓN” Nro XXX/98-S-3ra. donde expuse sobre el abandono del hogar y posteriormente promoví un juicio por alimentos y tenencia en su contra caratulado “L.R.P. C/ R.R.A S/ ALIMENTOS”, Expte. XXX- Fº XXX- Año XXX”.
Que mi marido reconoce expresamente, en la Exposición policial Nº…………….. y que se encuentra agregado en autos “L.R.P C/ R.R.A. S/ ALIMENTOS”, Expte. XXX- Fº XXX- Año XXX que decidió retirarse del hogar y no acredita causa razonable alguna que justifique su separación, y que por lo tanto pasa a constituir así, la conducta "culpable" prevista en el art. 202 inc. 5º.
Que el día 17 de septiembre de 1999, siendo aproximadamente las 15 horas, encontrándome en esa oportunidad en compañía de los señores………………………………
Quiénes observaron y darán fiel testimonio de que mi marido se presento en el hogar conyugal y me solicito la entrega de un aire acondicionado, que le pertenecía a mi hijo, y ante mi negativa me tomo del cuello con ambas manos y me arrincono contra la pared ocasionándome lesiones y ante mi gritos de pedido de auxilio, mis vecinos de inmediato solicitaron la presencia policial, vía telefónica, y al notar esta situación, mi marido opto por desistir de dicha actitud y se marcho, de todo lo cual expuse en la comisaría seccional tercera, mediante Exposición Nº XXX/99-S-3ra.
Que en muchas oportunidades tratamos con mis hijos, de que recapacitara y regresara al hogar conyugal, invitándolo para que participara en los cumpleaños de nuestros hijos como así también de nuestros dos nietos, incluso en el juicio por alimentos y tenencia que promoví en su contra tenía fijado un régimen de visitas, pero sólo, en dos oportunidades visito a sus hijos, y la tenencia que se me adjudicara, no implico la sustracción del padre al cumplimiento puntual de los deberes que le impone el recto ejercicio de la patria potestad, cfr el art. 206 del Código Civil, al no participar en la educación, desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
No habiéndose evidenciado a través de la prueba ofrecida por el actor, en estos autos y en las agregadas en juicio de alimentos que tuvo razones valederas para adoptar esa conducta -en pro de la integridad psico-física de los componentes del grupo familiar-, cabe presumir la voluntariedad y maliciosidad de tal actitud por parte del que se alejó del mismo.

RECONVIENE POR ABANDONO VOLUNTARIO Y MALICIOSO DEL HOGAR

IV- RELEVAMIENTO SOCIAL:
Solicito la designación de un Asistente social y/o que el Tribunal adopte la medida que considere oportuna, para que en el domicilio denunciado como real del actor, por su mandatario judicial, se efectúe un pormenorizado informe sobre si el actor reside en el domicilio indicado en el escrito de la demanda, de quiénes habitan en el mismo, conviviendo con el actor, como así también desde cuando. Llamativamente en el mandato judicial otorgado al Dr. XXXXX, el actor manifiesta que esta domiciliado en el barrio San José Obrero, pero contrario sensu, en la demanda manifiesta que su domicilio esta ubicado en la calle XXXX y a mi y a nuestros hijos nos consta que el actor no reside en los domicilios indicados y por otra parte, nos comentaron que estaría residiendo en la provincia de Corrientes, según……………

V-INFORMATIVA:
A tales fines solicito se libre Oficio a ....... para que informe a este tribunal:....................

VI-DOCUMENTAL:
....................................


VI- DERECHO Y JURISPRUDENCIA:
En el escrito de demanda los hechos narrados por la parte actora resultan ser muy imprecisos, no contribuyendo a dejar en claro, las razones por las cuales decidió retirarse del hogar conyugal, o sea que su alejamiento obedeció a razones legítimas, y su carácter malicioso resulta no sólo de esa falta de justificación demostrativa del hecho de haberse sustraído al cumplimiento del deber de cohabitación sin requerir la autorización judicial pertinente, sino además por la omisión de cumplimiento de sus deberes de asistencia espiritual, moral o material. (arts. 198 y 199 del Cód. Civil).
El alejamiento del hogar conyugal se presume iuris tantum voluntario y malicioso e incumbe a quién lo hizo acreditar que tuvo causas legítimas y valederas para actuar así. Claro es que la convivencia matrimonial no supone el sacrificio, pero quién se excluye deberá probar que el dato objetivo del alejamiento no se corresponde con un ingrediente subjetivo sugerible: el propósito de ruptura de la cohabitación.
La jurisprudencia tiene establecido que el alejamiento del hogar se presume iuris tantum, voluntario y malicioso, e incumbe al cónyuge que debe acreditar que tuvo causas legítimas y valederas para adoptar esa actitud (cf. Borda-Familia T. I v 64, Zanoni, Derecho de Familia T. II pág. 98 a 100, Cám. Nac. Civil L.L. 96-320, L.L. 98-692). Busso y Borda definen el abandono como el alejamiento de uno de los cónyuges con el ánimo de sustraerse a las obligaciones que nacen del matrimonio, en particular la de cohabitación y asistencia. Resulta evidente que el denunciante no incorporó elementos probatorios que acrediten que tuvo como causa legítima y valedera para alejarse del hogar conyugal, no siendo argumento suficiente la que menciona en la exposición policial, su carácter violento y para evitar males mayores se retiraba, inclusive lo había amenazado en forma verbal y "que lo iba a perjudicar personal y laboralmente". Ello no fue acreditado en el subexamen ya que las exposiciones policiales no son consideradas prueba por la doctrina y la jurisprudencia, son simples manifestaciones unilaterales que deben ser corroboradas por otros elementos probatorios que en el subexamen no fueron incorporados. Por otra parte, al no surgir ninguna otra prueba que su retiro se debió a causas legítimas y valederas, debe considerarse acreditada la causal de abandono voluntario y malicioso. Voto del Dr. Eidler. Opinión de la Mayoría. Sentencia Nº 229/01 de fecha 07/11/2001 por el Exmo. Tribunal de Familia de Formosa.
A quien invoca el abandono le basta con la acreditación material de ese hecho y al cónyuge que se alejó le incumbe acreditar las causas legítimas y valederas que hagan verosímil los fundamentos que abonan su alejamiento del hogar conyugal. Incumbe al cónyuge que se alejó del hogar conyugal demostrar que tuvo causas legítimas y valederas para hacerlo, infiriéndose, en caso contrario, su carácter de voluntario y malicioso. Así acreditado el alejamiento, lo está también el abandono, salvo que quien se ha ausentado aporte pruebas que lo justifiquen.

VII- CONEXIDAD:
Coincidiendo con el mandatario judicial de la parte actora, solicito por razones de conexidad, economía procesal y celeridad, se agregue por cuerda los autos caratulados: “L.R.P C/ R.R.A. S/ ALIMENTOS” Expte Nº XXX- Fº XXX- Año XX,


5. PETITORIO:
Por lo expresado al Tribunal solicito:
a) Se me tenga por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, otorgándoseme la participación que por derecho corresponde.-
b) Se tenga por iniciada demanda de DIVORCIO VINCULAR contra la................................................ ...................... por la causal de abandono voluntario y malicioso del hogar.-
c) Se cite y emplace a la demandada para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a estar a derecho, conteste la demanda y ofrezca prueba.-
d) Se tenga presente la prueba ofrecida.-
e) En su oportunidad se dicte sentencia haciendo lugar a lo solicitado, con costas.-

Provea V.S. de conformidad

POR SER JUSTICIA.

UNNE Derecho
mordisco1 Estudiante a Recibirse Creado: 26/03/11
El item referido al RECONVIENE, me olvide de transcribir, en realidad la reconvención fue por abandono malicioso y por injurias graves (la exhibiciones con otra mujer no alcanza para configurar un adulterio pero si para considerarse gravemente injuriado), lamentablemente este modelo era el bosquejo, y el escrito final lo tengo en la otra compu, pero apenas pueda lo subo en la sección de apuntes

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