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Ejercicio de la acción penal dependiente de instancia privada.


Una vez optada la acción por parte el sujeto para que el estado inicie o prosiga la investigación:

¿Cual es la tarea del abogado del optante? ¿Que presentaciones hay que realizar?

Nunca lleve adelante una de estas acciones y me gustaría que me den un panorama.

GerBoxer UNLZ

Respuestas
UNLAR
Flor803 Cursando Ingreso Creado: 08/09/13
Hola, si el instante quisiera participar en el proceso tedria que constituirse en querellante particular, porque el delito dependiente de instancia privada solo tiene ese obstaculo al comienzo del proceso que impide al organo publico acusar pero una vez que se remueve el mismo el proceso continua como cualquier otra accion penal publica y el instante no tendria otra participacion.
Si el delito fuera de los llamados "acciones privadas" del art. 73 del codigo penal ahi si el querellante tiene disposicion sobre el proceso, pero son cosas distintas reguladas en art distintos que se prestan a confucion.
Espero que te haya sido util mi aporte

UNLZ
GerBoxer Ingresante Creado: 10/09/13
Gracias, Flor.

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