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DONACION


Hola compañeros de Planeta Ius, tengo la siguiente consulta..
Para realizar una donacion de un inmueble (de gran valor) entre un abuelo y una nieta, hay algun tipo de limite? los hijos del donante, pueden pedir algun tipo de nulidad?

Otra pregunta.. es posible dividir un terreno de 1500 mt2 en dos, para personas diferentes sin importar el valor de las construcciones que en ellos existiera? como se haria?


Mas que una pregunta practica, es una pregunta personal que aun no estoy capacitada para entender sola.
Desde ya, si se tomaron el tiempo para leer, les agradezco. Si me pueden orientar, les agradezco mucho mas!
Sean todos bienvenidos a Bariloche, que tambien estamos presentes en Planeta ius.

Jesi03 Sin Definir Universidad

Respuestas
Sin Definir Universidad
JoseSantiagoMarano Usuario VIP Creado: 19/10/07
Mira los descendientes tiene una porcion llamada legitima, que en este caso seria de 4/5 del patrimonio de el eventual causante, sujeto a un regimen de proteccion especifico regulado en el Codigo Civil. Asi que cuando el abuelo se muera sus hijos van a poder iniciar una accion para proteger la legitima (no empiezo con la terminologia especifica de derecho de familia porque te vas a confundir mas, si queres te lo explico con mas detenimiento), a los fines de atacar esa donacion.
Y como poder dividir el terreno podes (hay que ver el regimen administrativo del lugar) pero ello no quiere decir que este a cubierto de la eventual accion que va a tener el consideracion el valor del inmueble/inmuebles.
Nunca esta de mas aclarar que la donacion es una transmision extremadamente fragil para decir de alguna manera, lo que se hace (no digo ni que este bien ni que este mal) es simular una compraventa.

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