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Division de Bienes, automotores anteriores a 1986???como se tasan?


Hola!!mi duda es porque tengo que hacer una division de bienes de una pareja divorciada (ya hay sentencia) y tienen en comun ademas de un inmueble dos camiones modelos 1979 y 1982. El problema es que no se como se valuan ya que esos modelos no figuran en la tabla del RPA y no se si llamo a una aseguradora me daran un valor..? Como se hace en estos casos???
Otra duda es sobre la partición privada, por escritura publica, una escribana me dijo que igual hay que presentarla ante el juez del divorcio ....aunque eso me hace ruido si ya esta acordado privadamente cual es la finalidad de la presentacion judicial?
Espero su ayuda, saludos cordiales

delabog UCASAL

Respuestas
UNLP
Lamudita Cursando Materias Creado: 19/07/12
Hola, en cuanto a la valuación tengo entendido que lo que se suele hacer es presentar 2 ó más tasaciones del valor de venta hechas por comerciantes habituales de la zona pertinente y en el ramo de la compraventa de ese tipo de bien .
En cuanto a lo del convenio tal vez lo que la escribana te quiso decir es que por más que hagas un convenio privado con firma certificada para darle fuerza de Ley lo tenés que presentar a homologar judicialmente, de la otra manera lo que te queda es un instrumento público que en caso de litigio va a ser una prueba que para destruirla hay que promover un incidente de redargución de falsedad. En definitiva lo que quiero decir es que la trascendencia se da en las vías que quedan abierta a los fines de exigir el cumplimiento del acuerdo en caso de ser necesario. Si lo homologaste tenés una sentencia y lo que hacés es ejecutarla, se arma un incidente de ejecución, y si solo contás con un convenio por más certificadas que estén las firmas vas a tener que presentarlo se le dará traslado a la otra parte, etc.etc. y la fuerza del mismo consiste en que para negar que ese convenio existía tienen que atacar un documento público.

UCASAL
delabog Ingresante Creado: 20/07/12
Entiendo, pero el tema es que por el inmueble se considera la valuación fiscal y por los automotores el de mercado. Va a resultar injusto para mi cliente que le dejó la casa completa a la ex....y encima le va a tener q dar un camion porq de otro modo no dan las cuentas, es alli donde radica mi mayor inquietud!!!

UNLP
Lamudita Cursando Materias Creado: 25/07/12
Hola, a mi parecer la valuación fiscal del inmueble a los fines de la negociación acerca de como se dividirán los bienes lo cónyuges no tiene injerencia, pues el valor del inmueble también ha de basarse en el valor de mercado. En realidad si no se ponen de acuerdo entre ellos, los abogados podrán "mediar" por así decirlo y tratar de que lleguen a un acuerdo en el que puedan dividir sus bienes sea materialmente, sea liquidandolos ó bien compensando (como parece que quiere hacer tu cliente), si no lo logran lo decidirá el Juez a petición de parte previa tasación, etc. etc.
La valuación importa por el monto imponible a los fines del pago de la tasa de justicia en una sucesión por ejemplo, pero en la div. se soc. cony. lo que importa es el valor real de los bienes y la negociación a la que arriben, pues para tu cliente los camiones seguramente son herramientas de trabajo pero para su ex mujer no, por lo tanto puede que para él tengan mayor utilidad y ceda a que le compensen el valor del inmueble que le entrega a ella, todo depende del valor que cada uno le asigne y a lo que estén dispuestos a ceder.
Saludos

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