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Dirección Nacional de Promoción del Empleo




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Dirección Nacional de Promoción del Empleo
PROGRAMA JEFES DE HOGAR
Disposición 6/2002
Establécese que los Municipios y Comunas deberán presentar un Inventario de los legajos de Postulantes a Beneficiarios del Programa Jefes de Hogar que se encuentren bajo su custodia.
Bs. As., 25/10/2002
VISTO el Decreto N° 565 de fecha 3 de abril de 2002; la Decisión Administrativa N° 22 de fecha 18 de abril de 2002; la Resolución MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.) N° 312 de fecha 16 de abril de 2002 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 565/02 se creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR destinado a jefes o jefas de hogar con hijos de hasta DIECIOCHO (18) años de edad, o discapacitados de cualquier edad, o a hogares donde la jefa de hogar o la cónyuge, concubina o cohabitante del jefe de hogar se hallare en estado de gravidez, todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.
Que el citado Decreto confirió al M.T.E. y S.S. el carácter de Autoridad de Aplicación del Programa.
Que la Resolución M.T.E. y S.S. N° 312/02 y sus modificatorias reglamentaron la instrumentación del PROGRAMA JEFES DE HOGAR.
Que el citado marco normativo establece que los Municipios o Comunas deberán custodiar los originales de los Formularios Unicos de Inscripción presentados por los postulantes a beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR y conformar con dichos Formularios y la documentación correspondiente un legajo individual por cada uno de ellos.
Que con el objeto de ordenar dicha documentación resulta necesario brindar a los municipios y comunas una herramienta que les permita tener un control de los legajos que obran en su poder.
Que dicha herramienta también será de utilidad para esta cartera de estado, en cuanto dará fe de la documentación que se encuentra en poder de los municipios y comunas, facilitando su control y fiscalización.
Que la Decisión Administrativa N° 22/02 fija como competencias de la DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION DEL EMPLEO la realización del control administrativo y el monitoreo de los programas de empleo centralizados o descentralizados a las provincias y municipios.
Que la presente se encuadra en el Decreto N° 565/02 y se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Decisión Administrativa N° 22/02.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE PROMOCION DEL EMPLEO
DISPONE:
Artículo 1° — Los Municipios y Comunas deberán presentar ante la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL (GEyCL) correspondiente a su jurisdicción, un Inventario de los Legajos de Postulantes a Beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR que se encuentran bajo su custodia, utilizando el Formulario que como ANEXO I forma parte integrantes de la presente Disposición.
Art. 2° — La presentación de dicho Inventario deberá ser acompañada del correspondiente soporte informático y efectuada antes del día 30 de noviembre de 2002, revistiendo carácter de declaración jurada la información contenida en el mismo.
Art. 3° — Los Municipios y Comunas deberán comunicar a la GEyCL que corresponda a su jurisdicción, toda modificación que se produzca en la información integrada al citado Inventario.
Art. 4° — Las GEyCL serán las encargadas de recibir, controlar y archivar los Inventarios y de enviar, una vez verificado, el soporte informático de los mismos a la DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION DEL EMPLEO.
Art. 5° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese. — Alejandro Keck.
 
PROGRAMA JEFES DE HOGAR - DECRETO 565/02
INVENTARIO DE LEGAJOS DE POSTULANTES EN BENEFICIOS DEL PROGRAMA
 







































































































































































































































































































































































Apellido y nombre del postulante

Cuil

Sexo (f/m/)

Fecha de nac. (dd/mm/aaaa)

Barrio

Calle


Cantidad de hijos menores de 18 años y/o discapacitados

Cantidad de partidas de nac. De hijos

Cantidad de hijos en edad escolar

Cantidad de certificados de escolaridad

Cantidad de hijos discapacitados

Postulante o conyuge en estado de gravidez (si:1/no:2)

Certificado de gravidez (si:1/no:2)

El postulante resultó ser beneficiario (si:1/no:2)

Si resultó beneficiario indique el número de proyecto, actividad o curso de capacitación y n° de programa

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


El que suscribe .................................................. .. en su carácter de Intendente/Presidente comunal (1) del/la Municipalidad/Comuna de ..............................................., provincia de.........................., manifiesta con carácter de DECLARACIÓN JURADA que la información aquí consignada es fidedigna.
 
......................................
Firma y Aclaración
(1) tachar lo que no corresponda

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