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DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Disposición 37




DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 37.755/2004
Apruébase la distribución de las jurisdicciones de cada una de las Delegaciones. Déjase sin efecto el Artículo 1º de la Disposición Nº 7908/2002.
Bs. As., 15/11/2004
VISTO la Disposición Nº 7.908/02, del Registro de esta Dirección Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que la estructura funcional de esta Dirección Nacional prevé el funcionamiento de las Delegaciones y Oficinas Migratorias en el interior del país.
Que se hace necesario establecer pautas precisas para la toma de los trámites de residencias temporarias y permanentes que se gestionan en las diferentes Delegaciones del interior del país tomando en cuenta el domicilio del peticionante.
Que asimismo, resulta necesario actualizar y/o modificar las jurisdicciones de las Delegaciones en el interior del país, teniendo en cuenta el ámbito jurisdiccional de la Justicia Provincial, las Jefaturas Departamentales y de los Registros Civiles, evitando de esta manera los perjuicios temporales y económicos que ocasiona la remisión de actuaciones administrativas, como así también incluir en la presente la apertura de la Delegación La Rioja establecida mediante la Disposición DNM Nº 29.662/04.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565 y el Decreto Nº 1410 de fecha 3 de diciembre de 1996.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
Artículo 1º — DEJESE sin efecto el artículo 1º de la Disposición Nº 7.908 del 11 de julio de 2002.
Art. 2º — APRUEBESE la distribución de las jurisdicciones de cada una de las Delegaciones, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Art. 3º — ESTABLECESE que toda actividad migratoria que cumpla la Policía Auxiliar migratoria u otra autoridad en la que la Dirección Nacional de Migraciones delegue el ejercicio de sus funciones y facultades, pasarán a depender de la jurisdicción de cada una de las Delegaciones.
Art. 4º — La presente comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación.
Art. 5º — Comuníquese, Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y Archívese. — Ricardo E. Rodríguez.
ANEXO I










































































































































































































































































































Delegación

Departamento/Localidad

Provincia

Bahía Blanca

Adolfo Alsina

Buenos Aires

Bahía Blanca

Adolfo Gonzáles Chaves

Buenos Aires

Bahía Blanca

Atreuco

La Pampa

Bahía Blanca

Bahía Blanca

Buenos Aires

Bahía Blanca

Caleu Caleu

La Pampa

Bahía Blanca

Capital

La Pampa

Bahía Blanca

Carlos Casares

Buenos Aires

Bahía Blanca

Carlos Tejedor

Buenos Aires

Bahía Blanca

Catriló

La Pampa

Bahía Blanca

Conhelo

La Pampa

Bahía Blanca

Coronel de Marina L. Rosales

Buenos Aires

Bahía Blanca

Coronel Dorrego

Buenos Aires

Bahía Blanca

Coronel Pringles

Buenos Aires

Bahía Blanca

Coronel Suárez

Buenos Aires

Bahía Blanca

Curacó

La Pampa

Bahía Blanca

Chalileo

La Pampa

Bahía Blanca

Chapaleufú

La Pampa

Bahía Blanca

Chical Có

La Pampa

Bahía Blanca

Daireaux

Buenos Aires

Bahía Blanca

General Villegas

Buenos Aires

Bahía Blanca

Guaminí

Buenos Aires

Bahía Blanca

Guatraché

La Pampa

Bahía Blanca

Hipólito Yrigoyen

Buenos Aires

Bahía Blanca

Hucal

La Pampa

Bahía Blanca

Limay Mahuida

La Pampa

Bahía Blanca

Loventué

La Pampa

Bahía Blanca

Maracó

La Pampa

Bahía Blanca

Monte Hermoso

Buenos Aires

Bahía Blanca

Patagones

Buenos Aires

Bahía Blanca

Pehuajó

Buenos Aires

Bahía Blanca

Pellegrini

Buenos Aires

Bahía Blanca

Puán

Buenos Aires

Bahía Blanca

Puelén

La Pampa

Bahía Blanca

Quemú Quemú

La Pampa

Bahía Blanca

Rancul

La Pampa

Bahía Blanca

Realicó

La Pampa

Bahía Blanca

Rivadavia

Buenos Aires

Bahía Blanca

Saavedra

Buenos Aires

Bahía Blanca

Salliqueló

Buenos Aires

Bahía Blanca

Toay

La Pampa

Bahía Blanca

Tornquist

Buenos Aires

Bahía Blanca

Trenel

La Pampa

Bahía Blanca

Trenque Lauquen

Buenos Aires

Bahía Blanca

Tres Arroyos

Buenos Aires

Bahía Blanca

Tres Lomas

Buenos Aires

Bahía Blanca

Uhuel Calel

La Pampa

Bahía Blanca

Utracán

La Pampa

Bahía Blanca

Villarino

Buenos Aires

Bariloche

Cushamen

Chubut

Bariloche

Collón Curá

Neuquén

Bariloche

Huiliches

Neuquén

Bariloche

Lacar

Neuquén

Bariloche

Los Lagos

Neuquén

Bariloche

25 de Mayo

Río Negro

Bariloche

Bariloche

Río Negro

Bariloche

El Cuy

Río Negro

Bariloche

Ñorquinco

Río Negro

Bariloche

Pilnaniyeu

Río Negro

Rawson

Florentino Ameghino

Chubut

Rawson

Futaleufú

Chubut

Rawson

Gaiman

Chubut

Rawson

Gastre

Chubut

Rawson

Languiñeo

Chubut

Rawson

Martires

Chubut

Rawson

Paso de los Indios

Chubut

Rawson

Rawson

Chubut

Rawson

Tehuelches

Chubut

Rawson

Telsen

Chubut

Rawson

Biedma
(Rectificado por art. 1° de la Disposición N° 41667/2004 Dirección Nacional de Migraciones, B.O.16/12/2004)

Chubut

Comodoro Rivadavia

Deseado-Desde la margen Norte del Río Deseado hasta el límite con la Provincia de Chubut

 
 
Santa Cruz

Comodoro Rivadavia

Lago Buenos Aires-Desde la margen Norte del Río Deseado hasta el límite con la Provincia de Chubut

 
 
Santa Cruz

Comodoro Rivadavia

Escalante

Chubut

Comodoro Rivadavia

Río Senguer

Chubut


 
 




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