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Decreto 1356/98 del 20/11/98




SALUD PUBLICA

Decreto 1356/98

Declárase de interés nacional la "Semana Nacional del Patio Limpio", bajo el lema "No Demos Lugar al Dengue".

Bs. As., 20/11/98

B.O: 27/11/98

VISTO lo propuesto por el Ministerio de Salud y Acción Social, y

CONSIDERANDO:

Que en distintas provincias del país se ha detectado la presencia del mosquito Aedes Aegypti, transmisor de graves enfermedades como lo son el Dengue y la Fiebre Amarilla.

Que por Decreto Nº 1146/97 se creó el "Comité Interministerial de Control del Aedes Aegypti", presidido por el Secretario de Programas de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social, cuyo principal cometido consiste en intensificar la programación de medidas que permitan controlar la dispersión del vector y prevenir el Dengue, enfermedad ésta que se ha extendido progresivamente en América del Sur.

Que, por tal motivo, resulta indispensable extremar las precauciones tendientes a evitar la propagación de esa enfermedad difundiendo acciones de prevención, movilizando a la ciudadanía y requiriendo la colaboración de organismos públicos y privados.

Que, a tales efectos, las autoridades sanitarias nacionales han resuelto denominar "Semana Nacional del Patio Limpio" el lapso comprendido entre el 23 y el 29 de noviembre de 1998, bajo el lema "No Demos Lugar al Dengue", período durante el cual se interiorizará a la población sobre las medidas que deben ser adoptadas para prevenir la enfermedad, eliminando posibles "criaderos" del mosquito.

Que se estima conveniente declarar de interés nacional la iniciativa de que se trata, habida cuenta que tiende a preservar la salud de la población ante la amenaza del Dengue.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo1º -Declárase de interés nacional la "Semana Nacional del Patio Limpio" comprendida entre el 23 y 29 de noviembre de 1998, bajo el lema "No Demos Lugar al Dengue".

Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Alberto Mazza.

Administracionius UNLP

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