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Decreto 125/97 del 12/2/97





MONUMENTOS CONMEMORATIVOS



Decreto 125/97



Establécese que la Secretaría de Cultura de la
Presidencia de la Nación, llamará a concurso público
nacional de proyectos para la realización del monumento
que perpetúe la memoria de María Eva Duarte de Perón,
en la Ciudad de Buenos Aires.



Bs. As., 12/2/97



VISTO y CONSIDERANDO:



Que es deber ineludible del Gobierno Nacional mantener viva en
el pueblo argentino la memoria de doña María Eva
Duarte de Perón.



Que, oportunamente, el Honorable Congreso de la Nación,
a través de la Ley N° 23.376, dispuso la erección
de un monumento destinado a perpetuar el reconocimiento de la
sociedad por la labor desarrollada en favor de los sectores más
humildes y desposeídos.



Que ese texto legal previó, además, que dicho homenaje
debía realizarse en la Ciudad de Buenos Aires, en algún
lugar próximo a aquellos en los que la señora de
Perón desarrollaba habitualmente su trascendente labor
humanitaria.



Que, en ese sentido, se estima procedente proponer la ubicación
del mismo dentro del predio comprendido por las Avenidas General
Las Heras y del Libertador General San Martín y las calles
Agüero y Austria.



Que, por otra parte, corresponde solicitar al Gobierno Autónomo
de la Ciudad de Buenos Aires la adopción de las medidas
pertinentes a tal fin.



Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes
del artículo 99,incisos 1 y 2, de la Constitución
Nacional y las otorgadas por el artículo 3° de la
Ley N° 23.376.



Por ello.



EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:



Artículo 1°-En cumplimiento de las disposiciones
de la Ley N° 23.376, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA
DE LA NACION, en un plazo máximo de TREINTA (30) días
contados a partir de la fecha de publicación del presente
Decreto, llamará a concurso público nacional de
proyectos, para la realización de un monumento que perpetúe
la memoria de la señora María Eva Duarte de Perón,
en el que podrán intervenir solamente artistas plásticos
argentinos.



Art. 2°-La selección de la obra escultórica
estará a cargo de un jurado constituido por UN ( I ) representantes
de cada una de las siguientes jurisdicciones: Ministerio del Interior,
Ministerio de Cultura y Educación, e Instituto Nacional
Juan Domingo Perón de Estudios e investigaciones Históricas,
Sociales y Políticas.



La SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION designará
a los integrantes del jurado a que se refiere el presente artículo.
a propuesta de cada una de las mencionadas entidades.



Art. 3°-Por el Ministerio del Interior se invitará
al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION para que designe un representante
por cada Cámara Legislativa, a efectos de integrar el jurado.




Art. 4°-A los mismos fines y por el Ministerio de
Cultura y Educación se invitará a la Facultad de
Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la universidad de Buenos
Aires y al Instituto Universitario del Arte.



Art. 5°-Por el Ministerio del Interior se solicitará
al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que arbitre las medidas
que fuere menester a fin de emplazar el monumento a la señora
María Eva Duarte de Perón en el predio delimitado
por las Avenidas General Las Heras y del Libertador General San
Martín y las calles Agüero y Austria.



Art. 6°-Facúltase a la SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION para dictar las normas complementarias
y aclaratorias que estime necesarias para el cumplimiento del
presente Decreto.



Art. 7°-El gasto que demande el cumplimiento del presente
Decreto será imputado a las partidas que, a tal efecto,
se asignen de la Jurisdicción 2000 - PRESIDENCIA DE LA
NACION.



Art. 8°-Comuníquese. publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese
MENEM-Carlos V. Corach.


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