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Decreto 1109/97 del 24/10/97





MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Decreto 1109/97

Declárase monumento histórico nacional al conjunto
de edificios que integran las instalaciones del Cuartel de Palermo
del Regimiento de Granaderos a Caballo "General San Martín"
de la Ciudad de Buenos Aires.


Bs. As., 24/10/97.

B. O.: 29/10/97.

VISTO, el expediente N° 7.674/94 del registro del MINISTERIO
DE CULTURA Y EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente de referencia la COMISION NACIONAL DE MUSEOS
Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS de la SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION propone la declaración como
monumento histórico nacional del CUARTEL DE PALERMO del
REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN",
incluyendo los jardines y la barranca sobre la Avenida Luis María
CAMPOS.

Que nuestro país confirió al REGIMIENTO DE GRANADEROS
A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN" los títulos de
Benemérito de la Patria en grado Eminente y de Heroico
Defensor de la Patria, la REPUBLICA DEL PERU lo proclamó
Benemérito de la Patria Libertador del Perú y la
REPUBLICA DE COLOMBIA lo designó Benemérito en Grado
Eminente.

Que en la historia la tradición sanmartiniana identifica
al REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO en sus DOS (2) épocas.
La primera desde su creación por el General don José
de SAN MARTIN, en el año 1.812, hasta la disolución
del cuerpo, en el ano 1.826, luego de finalizada la Campaña
Libertadora. La segunda, a partir de que el entonces Presidente
de la Nación General Julio Argentino ROCA, dispone su recreación
por Decreto N° 118 del 29 de mayo de 1.903, fundado en "la
conveniencia de conservar en el Ejercito de la Nación,
la representación de uno de sus cuerpos mas beneméritos."

Que en 1.904 el Presidente Manuel QUINTANA dispuso que el Regimiento
se desempeñaría como escolta presidencial y el 17
de julio de 1.907 el Presidente José FIGUEROA ALCORTA decretó
que el Regimiento dependiera exclusivamente del Presidente de
la República y se desempeñara como guardia presidencial
y de la Casa de Gobierno.

Que el 31 de octubre de 1.911 se dispuso que el Regimiento recuperara
su denominación original de REGIMIENTO DE GRANADEROS A
CABALLO y el 23 de marzo de 1.918, el Presidente Hipólito
YRIGOYEN decretó que la unidad se llamara REGIMIENTO DE
GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN".

Que, a principios del ano 1.904, el Poder Ejecutivo Nacional adquiere
los terrenos delimitados por las calles CABILDO y LAS CANITAS,
luego Avenida GUTTEMBERG y actual Avenida Luis María CAMPOS
y las actuales calles Santos DUMONT, Concepción ARENAL
y 3 DE FEBRERO, mandándose construir allí el Cuartel
de Caballería, para albergar el REGIMIENTO DE GRANADEROS
A CABALLO.

Que, finalizada la construcción, desde el año 1.907
el Cuartel de Palermo ubicado en la Avenida Luis María
CAMPOS N° 554 de la Ciudad de BUENOS AIRES, es el asiento
del REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL SAN MARTIN."

Que el proyecto fue elaborado por la 5ª División del
Gabinete Militar y el cuartel construido en hormigón armado,
un método constructivo de absoluta vanguardia para la época.

Que el edificio central, llamado MAYORIA fue concebido en el estilo
conocido como Secesión Vienesa, fundado en Viena en 1.897
y que constituyó una revolución estética
a fines del siglo XIX y principios del siglo XX. Además
componen sus instalaciones los edificios de los escuadrones RIOBAMBA,
SAN LORENZO, JUNIN, MAYPO, CHACABUCO, AYACUCHO y MONTEVIDEO y
la fanfarria ALTO PERU; el casino de suboficiales, las caballerizas,
el picadero cerrado, la pista de salto, el depósito de
los uniformes de gala, cocinas comedores y dependencias de servicios.

Que el edificio principal, en el que funcionan la Jefatura, oficinas
de ceremonial, salas de visitas, el casino de oficiales, el museo
y la biblioteca fue enriqueciendo el patrimonio de la institución
y consolidando una identidad propia realzada por ilustres visitas
de mandatarios extranjeros.

Que el Museo, que conserva importantes testimonios de la gesta
sanmartiniana y de la historia de los Granaderos a Caballo, es
visitado por más de CUARENTA MIL (40.000) alumnos de escuelas
primarias y secundarias por año, con sus docentes.

Que por su trascendencia en la gesta de la independencia argentina,
el CUARTEL DE PALERMO del REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL
SAN MARTIN" constituye un referente valioso de nuestra identidad
nacional y de la historia de la REPUBLICA ARGENTINA y su preservación
y presencia física permitirá transmitir los valores
históricos encarnados en este bien patrimonial.

Que su declaratoria como monumento histórico nacional es
un justo reconocimiento al histórico Regimiento y a su
primer Jefe y creador, el General don José de SAN MARTIN.

Que los fundamentos expuestos precedentemente justifican de manera
acabada la calificación como monumento histórico
nacional del REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO "GENERAL
SAN MARTIN", de la Ciudad de BUENOS AIRES.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades emergentes
de la Ley N° 12.665.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- Declárase monumento histórico
nacional al conjunto de edificios que integran las instalaciones
del CUARTEL DE PALERMO del REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO
"GENERAL SAN MARTIN", a los jardines donde se encuentran
esos edificios incluyendo la barranca sobre la Avenida Luis María
CAMPOS, sito en Avenida Luis María CAMPOS N° 554 de
la Ciudad de BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción
17, Sección 23, Manzana 8, Parcela D).

Art. 2°- La COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS
Y LUGARES HISTORICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA
DE LA NACION inscribirá el citado bien en el REGISTRO NACIONAL
DE BIENES HISTORICOS E HISTORICO-ARTISTICOS, convendrá
con la autoridad jurisdiccional competente el modo de asegurar
la conservación del mismo y el dictado de normas para su
preservación en el contexto que lo contiene.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
MENEM.- Jorge A. Rodríguez.- Jorge Domínguez.- Roque
B. Fernández.

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