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Resúmen de Introducción al Derecho

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Nombre del Contenido Jurídico: Resúmen de Introducción al Derecho
Autor: Desconocido (Subido por antony2)
Fecha de Subida: 13/01/15
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RESUMEN DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO CONFLICTOS DE INTERESES.- Suspenden a Juan del trabajo – Acude al Ministerio de Trabajo – Optó por una mediación (mecanismo de solución del conflicto de interés de HETEROCOMPOSICION. Pedro debe entregar el Dpto. que alquila el día 24/06 de acuerdo al contrato. Por el incumplimiento se le inicia una demanda de desalojo para la devolución del Dpto. La propietaria ante el incumplimiento del inquilino de entregar el inmueble, opta por la vía del proceso judicial (mecanismo de solución del conflicto de interés de HETEROCOMPOSICION) – El Juez tiene facultades para dirimir el conflicto, aún por medio de la fuerza.- Dos esposos divorciados, después de varias conversaciones, llegan a un convenio para la distribución de los bienes matrimoniales.- (mecanismo de solución del conflicto de interés de AUTOCOMPOSICIÒN) ya que no interviene un 3º ajeno al conflicto entre las partes.- Le roban la billetera, persigue al ladrón y con un golpe de puño, recupera sus pertenecías (mecanismo de solución del conflicto de interés de AUTOCOMPOSICIÓN) la vía de la violencia o fuerza como forma de dirimir conflictos, poner pretensiones y hacer valer supuestos derechos. No es la más deseable ni correcta.- PROCESO DE ELABORACIÓN DE LEYES Son elaboradas en un proceso de seis etapas.- Proceso de elaboración Iniciativa: Presentada al Poder Legislativo. De leyes.- Discusión: Se debate el proyecto. Sanción: Aprobación del proyecto- Promulgación: El P.E. promulga la ley. Publicación: A través del Boletín Oficial. Entrada en vigencia: La establecida u ocho días después El Poder Legislativo (P.L.) es el Congreso donde funciona la Cámara de Senadores y la de Diputados - Donde se presenta el proyecto se llama “CAMARA DE ORIGEN” - La otra cámara donde pasa el proyecto luego de ser aprobado por la primera, se denomina “CAMARA REVISORA”. Se puede decidir si va a debate “EN COMISION” o se trata sobre tablas (directamente) En general: todo el contenido del proyecto. En particular: artículo por artículo. Luego de aprobado el proyecto en las dos cámaras, se decide la sanción de la Ley.” Decretan y sancionan con fuerza de Ley… se comunica a toda la población por medio del Boletín Oficial (B.O.) donde se menciona la fecha para la entrada en vigencia de dicha ley.- RELACION DE FUNCIONES SOCIALES DEL DERECHO CON LOS CARACTERES DEL ESTADO DE DERECHO El derecho cumple una serie de funciones sociales como “Prevención y Resolución de conflictos” que surgen de la sociedad civil. Otra función es la de control social, la que se encarga de la prevención y represión de las conductas desviadas. EL ESTADO DE DERECHO: Vemos cuatro caracteres que son: Imperio de la ley División de poderes Caracteres del estado de derecho La legalidad de la Administración Pública La vigencia de los derechos Individuales Y libertades fundamentales.- La relación existe en que si no hay Estado de derecho no podría llevarse a cabo las funciones sociales del derecho Por eso es importante el Imperio de la ley en un Estado, ya que es la que garantiza el poder del Estado por medio de las diferentes normas jurídicas y poderes.- NORMAS JURIDICAS Y NORMAS MORALES Las normas morales son unilaterales, ya que ante el sujeto obligado no hay personas autorizadas a exigirle el cumplimiento de su deber. Son imperativas, ya que imponen deberes o sea que establecen su conducta a seguir respecto de ese mismo sujeto.- Nos prescribe, P. Ej.: Que debemos pagar nuestras deudas, frente a otra posibles conducta nuestra: no pagarlas.- Las normas jurídicas son bilaterales, ya que imponen derechos, pero también obligaciones a una o más personas, se dice que las obligaciones jurídicas no son deberes sino deudas.- Son impero – atributivas, imponen deberes y atribuyen facultades, estableciendo una relación entre dos sujetos : El titular de la facultad y el titular del deber.- Establece la conducta de un sujeto con relación a otro sujeto.- NORMAS JURIDICAS: SON PREDOMINANTEMENTE EXTERIORES.- NORMAS MORALES: SON PREDOMINANTEMENTE INTERIORES. CLASIFICAR LEY 7191 – PROVINCIA DE CORDOBA.- En razón del lugar que ocupa en el ordenamiento: Es secundaria a la Constitución Nacional, como a las leyes nacionales 25028 que modifica al decreto ley 20266. En razón del sujeto activo: Hay dos posibilidades –Personal o colectiva.- Es una norma colectiva, ya que es necesario que la misma fuese elaborada por órganos colegiados o que intervengan varios órganos en su creación.- P. Ej.: Las leyes, las ordenanzas, son colectivas.- En razón del sujeto pasivo: Es el destinatario de la prescripción establecida por la norma en nuestro caso son los Martilleros y Corredores públicos. Esta norma a su vez es general ya que sus destinatarios son una clase o categoría de personas.- En razón del contenido: Según la naturaleza se clasifican en típicas o concretas. La 7191 es de carácter típico, ya que establece un modelo de conductas. ORDENAMIENTO JURIDICO Se presenta en una estructura en donde las normas están dispuestas en un orden jerárquico, por lo que existen normas superiores y normas inferiores, al estar conformado de esta manera, cada norma obtiene su validez de una norma de grado superior y a su vez otorga validez a una norma de grado inferior. Derechos subjetivos: De un empleado a percibir su aguinaldo: (derecho subjetivo relativo) Corresponde a un deber particular de una o varias personas determinadas.- Del Congreso a dictar el Código de Comercio: (derecho subjetivo público del Estado) Es lo que posee en su carácter de poder público, P.Ej.: atribuciones conferidas por la Constitución Nacional a los poderes.- A la jurisdicción de demandar ante los tribunales por los derechos. (Derecho público de los particulares)El sujeto pasivo de las obligaciones es el Estado a través de sus distintos órganos. P.Ej.: El Poder Judicial.- De Ramírez a cobrar una deuda. (Derecho relativo) derechos creditorios – existe un deudor y un acreedor – reclamo al moroso el pago.- TIPOS DE COSTUMBRE EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO Costumbre fuera de la ley: Son costumbres jurídicas cuyas normas regulan los casos no previstos por la ley.- Costumbre contra la ley: Son las que contradicen a las instituidas por las normas legisladas- Costumbre derogatoria: El contenido es contrario con el de una ley a la que hace perder su vigencia.-

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Comentarios del Contenido Jurídico
     
 
cudel dijo:
 
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