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COMUNICACION "A" 2751 del 14/08/98




BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "A" 2751, 14/08/98. Ref.: Circular. RUNOR 1 - 293. Alcances de la difusión de las evaluaciones de entidades financieras.

B.O.: 27/8/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"1. Sustituir el primer párrafo del punto 5.1. y el punto 5.3. de la Sección 5. de las Normas sobre evaluación de entidades financieras (texto según las Comunicaciones "A" 2735 y 2688, respectivamente), por los siguientes:

"5.1. Dentro de los 5 días corridos de haber presentado el informe a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, las entidades financieras deberán poner el resultado de la evaluación (o evaluaciones) a disposición del público que lo requiera, sin costo alguno para el solicitante. La información a proporcionar deberá concretarse en forma impresa especificando su significado, según el detalle contenido en la Sección 4., con indicación de la denominación de la/s sociedad/es calificadora/s. Asimismo, las entidades deberán tener en cuenta que no podrán utilizar las evaluaciones o expresiones alusivas a ellas con fines publicitarios u otros tendientes a la promoción institucional, directamente o a través de alguno/s de los productos y/o servicios ofrecidos.

 
..."

"5.3. Las sociedades calificadoras no podrán difundir, total o parcialmente, el contenido y/o los resultados de los informes."

2. Disponer que la puesta a disposición de los interesados de las notas según lo previsto en el punto 5.1. de la Sección 5, de las Normas sobre evaluación de entidades financieras, entrará en vigencia a partir del 31-8-98."

e. 27/8 N° 242.007 v. 27/8/98

Administracionius UNLP

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