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Ayuda con LABORAL


GENTE, tengo este caso práctico, alguien me puede dar una mano?
- Durante el horario de trabajo, se produce un incidente violento entre dos operarios que finaliza con la intervención del capataz. El Sr. Arosteguy registraba una antiguedad de 19 años y el Sr. Tittarelli una antiguedad de 7 años. Al día siguiente y con motivo de lo ocurrido, se les notifica a ambos una suspensión por 20 días.
A) Impugne a través del medio que considere idoneo tal situación...

Gracias a los que ayuden! Saludos.

VERITO =)

veroFN Sin Definir Universidad

Respuestas
UNLP
Nadia Moderador Creado: 24/10/09
Alguna sugerencia?

LCT
Art. 67. — Facultades disciplinarias. Limitación.
El empleador podrá aplicar medidas disciplinarias proporcionadas a las faltas o incumplimientos demostrados por el trabajador. Dentro de los treinta (30) días corridos de notificada la medida, el trabajador podrá cuestionar su procedencia y el tipo o extensión de la misma, para que se la suprima, sustituya por otra o limite según los casos. Vencido dicho término se tendrá por consentida la sanción disciplinaria.


Art. 218. —Requisitos de su validez.

Toda suspensión dispuesta por el empleador para ser considerada válida, deberá fundarse en justa causa, tener plazo fijo y ser notificada por escrito al trabajador.
Art. 219. —Justa causa.
Se considera que tiene justa causa la suspensión que se deba a falta o disminución de trabajo no imputable al empleador, a razones disciplinarias o a fuerza mayor debidamente comprobada.
Art. 220. —Plazo máximo. Remisión.
Las suspensiones fundadas en razones disciplinarias o debidas a falta o disminución de trabajo no imputables al empleador, no podrán exceder de treinta (30) días en un (1) año, contados a partir de la primera suspensión.

http://www.google.com.ar/url?sa=t&so...vt6jYWstT1w_sg
Abogado Laboral - Derecho Laboral - Telegramas laborales
http://www.aleara.com.ar/pdf/comm/fi...ciplinaria.pdf

Y según leí por alguna lugar, si el convenio colectivo de trabajo establece un trámite especial para la sanción, se debe seguir ese procedimiento.

Todo es por telegrama laboral o carta documento (?) Por último la vía judicial.

Moderandote(?)
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"Como será de noble este país que tenemos quinientos años de estar tratando de acabar con el, y todavía no lo logramos"

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